REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 22 DE JUNIO DEL 2.010
200° Y 151°

Exp. N° 11.572.

DEMANDANTE: JUAN MANUEL ORTIZ PAYAREZ, Titular
de la Cédula de Identidad N° 1.462.594.

APODERADO (S): RENAN JOSE GONZALEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 30.221.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

DEMANDADO: FREDDY ENRIQUE BLANCO, titular de la Cédula
de Identidad N° 2.996.900.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Pichincha con Calle Ecuador, Taller Industrial,
La Ciencia Carúpano Estado Sucre.

MOTIVO: INTIMACIÓN AL PAGO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Revisadas como han sido las presentes actuaciones que conforman el presente expediente y por cuanto se observa: Que en fecha 10 de Agosto de 1998, el ciudadano JUAN MANUEL ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.462.594, asistido del Abogado MIGUEL MALAVÉ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.269, desistió de la presente causa, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Así se decide.- En consecuencia se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas Campos.

Exp. Nro. 11.572.
SGDM/rbg.-