REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Cumaná, 03 de Junio de 2.010
200° y 151°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano ARGENIS JOSE GAMARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.185.920, asistido por el abogado en ejercicio JORGE JUAN BADARACCO ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 39.780, mediante la cual solicita: a) la ejecución de la sentencia recaída en el presente proceso, b) la expedición de cuatro (04) juegos de copia certificada de dicha sentencia, de la referida diligencia y del auto que la provea; y c) que se ordene mediante oficio a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, el registro de la sentencia en los libros respectivos y el asiento de las correspondientes notas marginales; y habiéndosele dado cuenta a la Juez de la referida diligencia, este Tribunal advierte la imposibilidad de acordar la ejecución de la sentencia definitiva dictada en el presente procedimiento por ser ésta de naturaleza “declarativa”, siendo que las únicas sentencias susceptibles de ejecución son las llamadas “sentencias de condena”., razón por la cual se niega lo peticionado por el diligenciante sobre este particular, y corresponderá entonces a los accionantes gananciosos en la causa que nos ocupa, realizar los trámites para la protocolización de la resolución judicial de marras. Conste.
En cuanto a las copias certificadas solicitadas, este Órgano jurisdiccional acuerda su expedición por secretaría y posterior entrega al solicitante de las mismas. Utilícese el sistema fotostático por aplicación analógica del Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se autoriza suficientemente a la ciudadana GUSVEIDA TINEO, asistente de este Juzgado para la elaboración de los fotostatos, quien firmará al pie del presente auto y, conjuntamente con la secretaria, las copias cuya certificación se ordena.-
La Juez Prov.,


Abg. GLORIANA MORENO MORENO.


La Secretaria.,

Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA.








Juicio: Prescripción Adquisitiva
Partes: Argenis Josè Gamardo y Antonio Josè Aparicio Figueroa Vs. Carmen Cristina Bolañoz.
Exp. N° 19.009
GMM/gt.