REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 23 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-000154
ASUNTO : RP01-P-2010-000154

Vista la solicitud de Protección presentada por el Ciudadano: HECTOR MIGUEL NARVAEZ ANDRADE, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.222.391, quien es Victima indirecta en la causa penal identificada con el N° 19-F3-1C-026-2010, nomenclatura de la Fiscalia Tercera del Ministerio Público donde aparece como acusado CARLOS EDUARDO URRIETA LIMPIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO remitida a este Despacho por el Fiscal Superior del Ministerio Público Dr. GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCIA, señalando: como consta en Acta de Entrevista que se anexa a la solicitud que “El (2) de Enero de este año mi sobrino FRANK JOSE NARVAEZ fue asesinado en el peñón, por este hecho esta solamente detenido CARLOS EDUARDO URRIETA LIMPIO el caso lo tiene la Fiscalía Tercera del Ministerio Público…y el caso ya esta en la Fase de Juicio con el Tribunal Cuarto, pero resulta que desde hace días JUAN PABLO MELCHOR BRITO quien es el que acompañaba a CARLOS EDUARDO URRIETA cuando asesinan a mi sobrino, y que aún lo lo han capturado, se ha dedicado a pasar por el frente de mi casa, ha visto a mis otros sobrinos que viven en mi casa y los ha amenazado con matarlos, mi familia siente mucho temor por lo que pueda hacer este hombre, ya que para evitar que se declare en contra de CARLOS puede hacernos daño, como dispararnos o matarnos, y como para el día miércoles se encuentra fijado el juicio yo quisiera que me dieran una Protección porque realmente sentimos mucho miedo porque JUAN PABLO es muy amigo de CARLOS EDUARDO URRIETA LIMPIO y como vive en el peñón igual que nosotros yo pienso que va a tomar venganza en contra de mía por declarar y en contra de mi familia, por que sino por que pasa cada por frente de mi casa a veces en carro y otras en moto, y se queda viendo, hace como una semana mis sobrinos estaban sentados en la puerta de la casa conversando y cunado lo vieron que venía en una moto corrieron para dentro de la casa por miedo a que les hiciera algo, y ese día les grito que los iba a matar, así como pienso que también puede atacar a CARLOS EDUARDO MATA SILVA quien estaba con mi sobrino cuando lo mataron y quedó vivos de los tiros que le dieron también…”


En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION PARA LA VICTIMA INDIRECTA HECTOR MIGUEL NARVAEZ ANDRADE, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 12.322.391 y para su grupo familiar, por considerar que existe un inminente peligro para su vida y la de su grupo familiar, CUSTODIA POLICIAL PERMANENTE CON RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS POR LA RESIDENCIA DE LA VICTIMA HECTOR MIGUEL NARVAEZ ANDRADES, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 12.322.391, CON DOMICILIO EN EL SECTOR EL PEÑON, CALLE PINCIPAL CASA 8695, LA CUAL QUEDA UBICADA EN LA ESQUINA. CUMANA ESTADO SUCRTE. La misma tendrá una duración de SEIS (06) MESES y podrá ser prorrogada en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido SE ORDENA oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos al Destacamento Policial N° 11 con sede en la Urbanización Brasil para que cumplan con el mandato de protección a la victima. Igualmente Ofíciese al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión.

Esta decisión tiene por objeto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que ordena tomar las medidas necesarias para el resguardo de la victima. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTA DE JUICIO

ABOG. MARTHA CESPEDES HERNÁNDEZ

EL SECRETARIO

NICKSON SALAZAR