REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
JUZGADO SEXTO DE CONTROL
CUMANA
Cumaná, 17 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-001906
ASUNTO : RP01-P-2010-001906
AUTO ACORDANDO
MANDATO DE CONDUCCIÓN
Por recibido escrito procedente de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público con Competencia en Defensa Ambiental de este Circuito Judicial y suscrito por la Abogada GABRIELA MOREIRA, mediante el cual solicita de este Juzgado se expida MANDATO DE CONDUCCION, para hacer comparecer ante ese despacho fiscal al ciudadano VIDAL VENTURA SÁNCHEZ HENRIQUEZ, con cédula de identidad N° 2.645.980, domiciliado en el Sector Espuga, vía Campearito, cerca del puente del Valle San Bonifacio, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, con la finalidad de que designe defensor que le asita en investigación que adelanta la Fiscalía solicitante y de ser impuesto de los cargos por los cuales es objeto de investigación N° 19FDA2/0025/2009; siendo que consta a las actuaciones la emisión de Citación por parte del Despacho Fiscal, con acuse de recibo de parte del destinatario según se desprende de las actuaciones que rielan a los folios 32 y 33 del expediente, con ese objetivo; sin haber acatado el investigado el llamado fiscal, se estima ajustada a derecho la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia a los fines de materializar la garantía del debido proceso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 310 del Código Orgánico Procesal Penal y 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial SE ACUERDA EXPEDIR MANDATO DE CONDUCCION, para que con el uso de la fuerza pública y con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sea conducido de manera inmediata el ciudadano VIDAL VENTURA SÁNCHEZ HENRIQUEZ, con cédula de identidad N° 2.645.980, domiciliado en el Sector Espuga, vía Campearito, cerca del puente del Valle San Bonifacio, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, con la finalidad de que designe defensor que le asita en investigación que adelanta la Fiscalía solicitante y de ser impuesto de los cargos por los cuales es objeto de investigación N° 19FDA2/0025/2009; hasta la sede de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público con Competencia en Defensa Ambiental de este Circuito Judicial solicitante, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción que deberá efectuarse el día 21 de junio de 2010, a las 2:00 de la tarde; en consecuencia a los fines de su ejecución por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre destacados en el Municipio Andrés Eloy Blanco del Municipio Sucre, se acuerda la remisión del mandato a su Comandante junto con Oficio al Director General del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines de que gire las instrucciones pertinentes, asimismo se ordena que el o los funcionarios autorizados para su ejecución, presenten junto con el Mandato de Conducción, sus respectivas credenciales y se acuerda remitir inmediatamente las presentes actuaciones al despacho fiscal. Cúmplase.-
LA JUEZA SEXTA DE CONTROL
ABOG. CARMEN LUISA CARREÑO BETANCOURT
LA SECRETARIA
ABOG. MARÍA ALEJANDRA JIMÉNEZ
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