REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-004283
ASUNTO : RP01-P-2007-004283
Visto el escrito presentado por la ABG. Carolina Martínez. en su carácter de Defensora Pública Séptima Penal Ordinario, en donde le solicita a este tribunal el cese de la medida impuesta a su defendida imputada DAYANA CAROLINA RODRIGUEZ CORDOVA, venezolana, natural de Cumaná Estado sucre, nacida en fecha 21-08-1986, de 21 años de edad, soltera, estudiante, nutricio de comedor comunitario, titular de la cédula de identidad n° 17.539.412, hija de Luisa de Rodríguez y José Rodríguez, residenciada en la Llanada , sector II vereda 19 N° 15, cerca del ambulatorio de esta ciudad, en fecha: 13-11-07, en razón de que el mismo; cumplió con las obligaciones impuestas por este tribunal y siempre esta a derecho, asimismo solicita se oficie a la unidad de alguacilazgo a los fines de que se estampe la nota respectiva en el libro donde se lleva el control de sus presentaciones; y visto el control de las presentaciones del referido imputado este tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, puede observar que este tribunal efectivamente le acordó en fecha: 13-11-07 Medida Cautelar Sustitutiva consistente en presentaciones periódicas cada treinta (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, por un lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al referido imputado por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES LEVES en perjuicio de Franklin José Patiño y Dickson Rafael Bastardo y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionados los artículos 416 y 218 ambos del código Penal en perjuicio del Estado Venezolano evidenciándose que ha transcurrido más del lapso de los seis (6) meses conferido por la ley a la vindicta pública para concluir una investigación, por lo que mal podría permitirse que el señalado imputado continuara sometido a su restricción de libertad a espera del pronunciamiento fiscal, cuando han transcurrido mas de: un año, sin haberse recibido el correspondiente acto conclusivo; por lo que este Juzgado Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda el cese de la medida cautelar que le fuera acordado en fecha: 13-11-07 por este tribunal al imputado DAYANA CAROLINA RODRIGUEZ CORDOVA, venezolana, natural de Cumaná Estado sucre, nacida en fecha 21-08-1986, de 21 años de edad, soltera, estudiante, nutricio de comedor comunitario, titular de la cédula de identidad n° 17.539.412, hija de Luisa de Rodríguez y José Rodríguez, residenciada en la Llanada , sector II vereda 19 N° 15, cerca del ambulatorio de esta ciudad, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSOPNALES LEVES en perjuicio de Franklin José Patiño y Dickson Rafael Bastardo y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionados los artículos 416 y 218 ambos del código Penal en perjuicio del Estado Venezolano Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la fiscalia Segunda del ministerio público a los fines de que sean agregadas a la causa principal, Notifíquese a las partes.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE.
EL SECRETARIO JUDICIAL,
ABG. LUIS ALFREDO PRIETO.-