REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Veintisiete (27) de Julio del dos mil diez
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2009-000739
PARTE ACTORA: CARMEN PASCUALA SERRANO FERRER
PARTE DEMANDADA: GRUPO FOTO EXPRESS C.A
APODERADOS PARTE DEMANDADA: JOANNA RODRIGUEZ y MARIANGIE VASQUEZ
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
SENTENCIA
Visto que en el día de hoy, Veintisiete (27) de Julio del dos mil diez, oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, no haciéndose presente persona ni representación alguna por la parte actora ciudadana CARMEN PASCUALA SERRANO FERRER, titular de la cédula de identidad Nro. 8.651.034, y por la parte demandada: GRUPO FOTO EXPRESS C.A, hizo acto de presencia sus apoderadas judiciales JOANNA RODRIGUEZ y MARIANGIE VASQUEZ, abogados en ejercicio inscritas en el i.p.s.a bajo los nros. 93.824 y 146.679, representación que consta en poder apud acta que riela a las actas procesales.
En consecuencia este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, deja constancia de incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 131 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN
La Juez,
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL La secretaria,
Abg. Lisbeth Machado
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