REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, diecinueve de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: RP31-L-2009-000279
PARTE ACTORA: ELEAZAR ENRIQUE GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: PESQUERA SUDAMERICANA
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales


SENTENCIA

Vista la diligencia presentada por el ciudadano ELEAZAR ENRIQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.079.259, debidamente asistido por ISMARY ASTUDILLO, abogada inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 129.178 y el ciudadano MARCO VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad nro. 9.941.940, quien funge como representante de la empresa manifestando que a los fines de dar cumplimiento con el pago de las prestaciones sociales que la empresa adeuda y solicitan el archivo del presente expediente habiéndosele dado cuenta a la ciudadana juez de la misma a pesar de que la presente diligencia es poco entendible este Tribunal deduce que lo que se pretende es el desistimiento del presente proceso al solicitar el archivo y cierre del presente expediente en consecuencia este tribunal verificando que la manifestación de voluntad la realiza personalmente el actor el cual se encuentra asistido de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de la asistencia debida, de igual manera se constata que dicho acto lo hizo sin constreñimiento alguno, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, otorgándole fuerza de cosa juzgada, por lo que declara, TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez,

Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL

la secretaria


Abg. Lisbeth Machado