En el día de hoy, siete (07) de Julio del año Dos Mil Diez (2.010), siendo las once en punto de la mañana (11:00 a.m.), se trasladó el Tribunal, conformado por la Dra Elisa del Carmen Vásquez Vizcaíno, en su condición de Jueza Accidental del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, y la ciudadana: Deisy Paola Guerrero Contreras, Secretaria Accidental del mismo, en compañía de la Abogada en ejercicio Elvys Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.862; en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: María Auxiliadora Alfonso Garcia; del Consejero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Bermúdez del Estado Sucre Hector Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.459.365; de la Comisión de la Policia Estadal del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cargo del Sargento 2º Juan Leiva, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.440.709, y Cabo 2ª Pedro Jiménez, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 16.257.809; de la Comisión del Destacamento 78 de la Guardia Nacional del Municipio Bermúdez del Estado Sucre a cargo del Sargento Ayudante Félix Márquez Cova, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.438.292 y el Sargento Mayor de 3º Edinsón Garcia Jiménez, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.596.997; constituyéndose siendo las once y diez minutos de la mañana (11:10 a.m.) el Tribunal en la siguiente dirección: Calle Las Mercedes, casa Nº 15, ubicada frente al Liceo Pedro José Salazar, de esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a los fines de llevar a cabo el Mandamiento de Ejecución de Sentencia Decretado por el Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre sobre un inmueble ubicado en la Calle Las Mercedes de esta ciudad de Carúpano, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Con casa de la Sucesión Morales; Sur: Con casa de María C. de Garcia; Este: Su fondo y fondo de la casa de Victor Hernández y Oeste: Su frente: Calle Las Mercedes; en consecuencia deberá entregar formalmente a la demandante el inmueble totalmente desocupadote bienes y de personas.- Acto seguido y constituído como se encuentra el Tribunal en el sitio antes señalados, Notifica de su misión a la ciudadana: Sofía del Carmen Gómez Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.405.725, quien manifestó ser la demandada en el presente procedimiento; y a la cual el Tribunal le Notifica de su misión y le concede un lapso de treinta (30) minutos para que se comunique con un Abogado de su confianza a los fines de garantizarle el derecho a la defensa y el debido proceso consagrado en los artículos 26 y 49 en concordancia con el 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.- Siendo las once y treinta y ocho (11:38) de la mañana se hizo presente en este acto el Abogado en ejercicio: Eduardo Garcia, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.945; quien previa solicitud del derecho de palabra Expone: Mi presencia en este acto es con la finalidad de asistir a la demandada ciudadana: Sofía del Carmen Gómez Hernández.- Es Todo.- En este estado solicita el derecho de palabra la Abogada Elvys Fuenmayor, anteriormente identificada y Expone: En cumplimiento a Sentencia Definitivamente firme quien ordena el desalojo del inmueble hoy visitado solicito se cumpla en efecto la Medida y me sea entregado el inmueble libre de personas y bienes.- es Todo.- Seguidamente el Abogado asistente de la demandada Eduardo Garcia, Expone: Solicito a la Apoderada Judicial Ejecutante conceda un lapso de dos (02) días a fin de entregar el inmueble libre de bienes y personas; en virtud de que en el mismo se encuentran diversos materiales de construcción en cantidades considerables que se necesita más tiempo para su traslado; comprometiendome a entregar las llaves del inmueble en el Tribunal el día Lunes 12-07-2010.- Es Todo.- Acto seguido interviene la antes nombrada Apoderada Judical de la demandante Abogada Elvys Fuenmayor, y Expone: En vista de que han transcurrido integramente dos (02) años posterior a la Sentencia y un mes de la Notificación de la práctica de la Medida de desalojo, teniendo conocimiento la otra parte de la misma es que no concedo el lapso de espera y por ende ratifico mi solicitud de que el inmueble sea entregado libre de personas y bienes.- Es Todo.- Seguidamente el Abogado Asistente de la demandada, antes identificado, Expone: En virtud de la negativa de la Apoderada Judicial de la parte demandante, procedó a hacer entrega voluntaria del inmueble libre de bienes y personas.- Es Todo.- El Tribunal vista las exposiciones de las partes los insta a conciliar y en virtud de que no hay conciliación posible, la ciudadana: Sofía del Carmen Gómez, parte ejecutada accede a entregar el inmueble de manera voluntaria, retirando los bienes muebles que hay en el mismo.- Por lo que en cumplimiento de la comisión conferida el Tribunal Ejecutor procede a hacerle entrega formal del inmueble a la Apoderada Judicial de la parte Actora Abogada Elvys Fuenmayor, libre de personas y bienes el inmueble ubicado en la Calle Las Mercedes, y en el cual este Tribunal se encuentra constituído, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Con casa de la Sucesión Morales; Sur: Con casa de María C. de Garcia; Este: Su fondo y fondo de la casa de Victor Hernández, y Oeste: Su frente Calle Las Mercedes.- Así mismo el Tribunal deja constancia que el inmueble consta de una (01) habitación de tras paredes de bahareque y una división de cartón piedra, con una ventana que da vista a la Calle, estructura que se encuentra en estado de deterioro; piso de tierra y techo con estructura de baras y techo de acerolit el cual se encuentra en buen estado; una sala con tres (03) paredes de bahareque y una división de cartón piedra, todo en mal estado con una puerta de madera que da acceso al inmueble, el techo con estructura de baras ty techo de acerolit el cual se encuentra en buen estado, ul piso de cemento pulido en muy mal estado; Un (01) área con piso de cemento pulido en muy mal estado, dos paredes de bahareque; y techo con estructura de baras y láminas de acerolit en buen estado; un baño con un área para la ducha y la otra para la poceta, con paredes de bahareque y techo de zinc; y un área para el lavadero con una batea de cemento y techo de zinc.- el área general del baño y lavadero se encuentra en condiciones regulares.- En este estado el Abogado Eduardo Garcia, asistiendo a la demandada ciudadana: Sofía del Carmen Gómez, Ecponne: Solicito muy respetuosamente de este Tribunal Ejecutor de Medidas me sea expedida copia certificada de la presente Acta.- Es Todo.- El Tribunal visto los solicitado por la parte demandada, ordena expedir por Secretaría la copia certificada solicitada.- Acto seguido la Abogada Elvys Fuenmayor, con el carácter de Apoderada Alfonso Garcia, previa solicitud del derecho de palabra Expone: Recibo conforme en este Acto el inmueble objeto de la presente medida, cuya ubicación, linderos y condiciones se encuentran especificadas en la presente Acta, el cual se me entrega totalmente desocupado y libre de bienes y de personas.- Es Todo.- Concluida la misión el Tribunal deja constancia que no hubo observaciones ni objeciones a la misma; y la Secretaria da lectura a la presente Acta.- Cumplida totalmente como ha sido su Misión el Tribunal acuerda el regreso a su Sede Natural, siendo las tres y treinta minutos de la tarde.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Jueza Accidental, (fdo) ilegible. Dra. Elisa del C. Vásquez V.- La Notificada y demandada, (fdo) ilegible Sofía del C. Gómez H.- El Abogado Asistente de la demandada y Notificada, (fdo) ilegible. Abg. Eduardo Garcia.- La Apoderada judicial de la Parte Actora, (fdo) ilegible. Abg. Elvys Fuenmayor.- El Consejero de Protección, Héctor Martínez.- La Comisión, Policial; (fdo) ilegible. Sargento 2º Juan Leiva.- (fdo) ilegible. Cabo 2º Pedro Jiménez.- La comisión de la Guardia Nacional, (fdo) ilegible Sgto. Ayudante Félix Márquez C.- Sgto. Mayor 3º Edinsón Garcia J.- La Secretaria Acc., (fdo) ilegible. Deisy Paola Guerrero C.-
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