REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Río Caribe, 29 de Julio del 2010
200º y 151º
Parte Actora: NOIRA ALIDA DIAZ.
Motivo: Solicitud del Titulo Supletorio.
Tipo de Sentencia: Definitiva
Exp. Nº.84-2010
Visto el contenido de la anterior diligencia presentado ante este despacho por la ciudadana: NOIRA ALIDA DIAZ venezolana, mayor de edad, soltero, agricultor, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-13.074.283, asistida del Abogado: AGUSTIN CRUZ GARCIA inscrito en el Inpreabogado con el N° 27.978, mediante la cual solicita, “que se le expida titulo supletorio en virtud de que el Instituto Nacional de Tierras no dio respuesta al Oficio N°.3030-134 de fecha: 26-04-2.010, remitido por este Juzgado, con fundamento en los artículos: 51 Constitucional, 1,3,5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo y 937 del Código de Procedimiento Civil.” Se declara conforme a lo solicitado, en consecuencia se procede ha sentenciar de la forma que sigue:
Visto el contenido del escrito presentado ante este despacho por la ciudadana: NOIRA ALIDA DIAZ, previamente identificada, mediante el cual solicita la evacuación de un Título Supletorio sobre una hacienda, ubicada en el asentamiento campesino Río Caribe Yaguaraparo, Sector Caratal, Parroquia Río caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, sobre una porción de terreno que se dice pertenecerle al Instituto Nacional de Tierras, el cual mide: 85 mts de frente por 400 mts de fondo, es decir 34.500 M2. Alinderado así: NORTE: con terrenos que se dice pertenecer a Arcadio González; SUR: con carretera Quebrada Seca; ESTE: con terrenos que se dicen ser de José Cedeño y OESTE: con terrenos que se dice pertenecer a Arcadio González; la referida hacienda se compone de árboles frutales, maderables y tubérculos, por un precio de Diez Mil Bolívares (Bs.10.000,00).
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de: NOIRA ALIDA DIAZ, previamente identificada en autos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los veintinueve (29) días del mes de Julio del año dos mil diez (2010). 200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Nota; En la misma fecha de hoy (29-07-2010), a las 11:00 a.m. Se cumplió lo anteriormente ordenado.
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Exp: Nº. 84 -2010
/jc
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