REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Río Caribe, 22 de Julio del 2010
200º y 151º
Parte Actora: AQUILES JOSE AMUNDARAIN ESPINOZA.
Motivo: Solicitud del Titulo Supletorio.
Exp. Nº.167-2010
Visto el contenido de la anterior diligencia presentado ante este despacho por la ciudadana: AQUILES JOSE AMUNDARAIN ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.884.852, mediante el cual solicita un Título Supletorio a su favor sobre una casa ubicada en la calle Número 6 de la urbanización Tocuyito, s/n de la Parroquia Río Caribe Jurisdicción del Municipio Arismendi del Estado Sucre, sobre una porción de terreno que se dice pertenecerle al Municipio, el cual mide 342,26 M.2 con un área de construcción de 102,65 M.2 y alinderado así: NORTE: su fondo, con fondo de casa que es o fue de Jesús Subero y fondo de casa que es o fue de Antonio Velásquez y Herminia Urbaez en 11,92 mts; SUR: su frente con la calle N° 6 Urb Tocuyito, en 12,03 mts; ESTE: con casa que es o fue de JUAN HERNANDEZ en 28,60 mts y OESTE: con casa que es o fue de Pastor J. Valencia en 28,60 mts; signada con el número catastral: 019-003-001-005-009-038, la cual presenta las características siguientes: piso de cemento, paredes de bloques, y techo de asbesto, con comparticiones para: cuatro (04) habitaciones, un (01) baño, sala, cocina-comedor, lavadero por un precio de Treinta Mil Bolívares (Bs.30.000,00).
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos exigidos por los artículos 936 y 937 ambos del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de: AQUILES JOSE AMUNDARAIN ESPINOZA previamente identificada en autos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los veintidós (22) días del mes de Julio del año dos mil diez (2010). 200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO

El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Nota; En la misma fecha de hoy (22-07-2010), a las 11:00 a.m. Se cumplió lo anteriormente ordenado.
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:

Exp: Nº. 167-2010
/jc