REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 22 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-003703
ASUNTO: RP11-P-2008-003703
Definitivamente firme como ha quedado, la sentencia dictada en fecha 22 de Junio del año en curso por el Tribunal Quinto de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a Lilibeth Del Carmen Martínez, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 16.843.961, nacida en fecha: 04/06/1978, de 30 años de edad, de profesión u oficio del hogar, hija de Dionicia Edecia Martínez (f) y Pedro Alejandro Astudillo y domiciliada en: Cocolirio, calle Los Olivos, casa s/n, cerca de la escuela de cocolirio, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, Deivis José Rivero Brito, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.625.352, nacido en fecha 11/08/1979, de 29 años de edad, de profesión u oficio mecánico, hijo de Maríaelena Brito y Clima Rivera, y y residenciado en Los Cocos, calle Figuera, casa s/n, cerca del taller San Onofre, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, Oswaldo José Cova Carrión, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.075.807, nacido en fecha 13/05/1976, de 32 años de edad, de profesión u oficio pintor automotriz, hijo de Omaira Carrión y Héctor Cova, y residenciado en: Los cocos, calle palosanto, casa s/n, cerca del taller el negro, por el estadium, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de Cuatro, (4) Años de Prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Trafico Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas En La Modalidad De Ocultamiento previsto y sancionado en el Tercero y último aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar la sentencia respectiva y a realizar el cómputo pertinente en los siguientes Términos:
Lilibeth Del Carmen Martínez, Deivis José Rivero Brito y Oswaldo José Cova Carrión, anteriormente identificados fueron condenados a cumplir la pena de Cuatro, (4) Años de Prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Trafico Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas En La Modalidad De Ocultamiento. Ahora bien de la revisión de la causa se evidencia que dichos penados fueron aprehendidos en forma flagrante, en atención con el delito por el cual se aperturó la presente causa, en fecha 13 de Septiembre del año 2008, Situación procesal que se mantuvo hasta el día 19 del mismo mes y año fecha en que se materializó, medida cautelar sustitutiva de libertad, por lo que dichos penados estuvieron detenidos por el lapso de Seis,(6), días, quedándoles por cumplir de la pena impuesta, un total de Tres,(3), años, Once,(11), meses y Veinticuatro,(24), días, cuya fecha de vencimiento definitiva, resulta indeterminada, en virtud de que los penados de autos se encuentra bajo medida cautelar sustitutiva de libertad.
Finalmente por cuanto se evidencia que la condena impuesta a Lilibeth Del Carmen Martínez, Deivis José Rivero Brito y Oswaldo José Cova Carrión no fue superior a Cinco (5), años se estima que los mismos podrían optar, conforme a lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, al beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la pena, siempre y cuando llene el resto de requisitos exigidos por la referida norma, razón por la cual, de oficio este tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, antes referido, acuerda oficiar a la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario N° 5 con sede en esta ciudad de Carúpano, a los fines de la practica de la evaluación respectiva.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Esttado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 22 de Junio del año en curso por el Tribunal Quinto de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a Lilibeth Del Carmen Martínez, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 16.843.961, nacida en fecha: 04/06/1978, de 30 años de edad, de profesión u oficio del hogar, hija de Dionicia Edecia Martínez (f) y Pedro Alejandro Astudillo y domiciliada en: Cocolirio, calle Los Olivos, casa s/n, cerca de la escuela de cocolirio, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, Deivis José Rivero Brito, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.625.352, nacido en fecha 11/08/1979, de 29 años de edad, de profesión u oficio mecánico, hijo de Maríaelena Brito y Clima Rivera, y y residenciado en Los Cocos, calle Figuera, casa s/n, cerca del taller San Onofre, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, Oswaldo José Cova Carrión, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.075.807, nacido en fecha 13/05/1976, de 32 años de edad, de profesión u oficio pintor automotriz, hijo de Omaira Carrión y Héctor Cova, y residenciado en: Los cocos, calle palosanto, casa s/n, cerca del taller el negro, por el estadium, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de Cuatro, (4) Años de Prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Trafico Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas En La Modalidad De Ocultamiento, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 , 482 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse mediante oficios, copias certificadas del presente auto de Ejecución junto a la sentencia ejecutada, a la División de antecedentes penales del Ministerio del Poder Popular del Interior y Justicia y a la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario N° 5 con sede en esta ciudad de Carúpano, a los fines de la Práctica de la Evaluación respectiva. Se fija audiencia de imposición para el día 30 de Septiembre del año en curso a las 10:30 AM. Notifíquese a la defensa y al fiscal primero de Ejecución de sentencias del Estado Sucre. Finalmente, por cuanto los penados se encuentran bajo medida cautelar sustitutiva de libertad de presentaciones periódicas ante la unidad de alguacilazgo de esta extensión judicial se acuerda oficiar a la Alguacil Jefe participando tal circunstancia a objeto de facilitar su notificación para la audiencia de imposición. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria Judicial.
Abg. Patricia Rasse Boada.
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