REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
Carúpano, 30 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-001187
ASUNTO: RP11-P-2009-001187
SENTENCIA DEFINITVA
Sobre la base de lo acontecido en el debate oral y público celebrado por este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, en virtud de acusación formal presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, representada por el abogado Carlos Alberto Bravo, en contra del acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRIGUEZ, quien se encuentra defendido por la Defensora Pública Penal abogada Sandra Kassis; imputándosele la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de Lucas Rafael Morante Gómez (Occiso); siendo la oportunidad procesal para sentenciar, este órgano decisorio procede a hacerlo previas las siguientes consideraciones:
I
HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS
OBJETO DEL JUICIO
Otorgado como fue el derecho de palabra al inicio del debate al representante del Ministerio Público, para que expusiera de manera sucinta el fundamento de la acusación, hizo uso del mismo el Abogado Carlos Alberto Bravo Fiscal Tercero del Ministerio Público, quien sostuvo las circunstancias de hecho contenidas en el escrito acusatorio, al señalar que ratifica en el acto la acusación presentada en contra del ciudadano MAXIMILIANO RAFAEL RODRIGUEZ, quien se encuentra defendido por la Defensora Pública Penal abogada Sandra Kassis; y ratificó en todas y cada una de sus partes el escrito acusatorio presentado en fecha 24-06-2009, y acuso formalmente al ciudadano MAXIMILIANO RAFAEL RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUCAS MORANTE (Occiso), admitido en su totalidad en la Audiencia Preliminar en contra del acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRIGUEZ, por hechos acontecidos en fecha 23 de Mayo del 2009, aproximadamente como a las 2:00 de la madrugada, en el sector Bella vista de Yaguaraparo, cuando el acusado se encontraba en compañía de varios ciudadanos, e incluso de la propia victima, y se presentó una discusión acalorada y que obligó al ciudadano Maximiliano, a retirarse del lugar, donde a los pocos minutos regresa con un arma de fuego y le proporciona 2 disparos a la integridad del hoy occiso, tal como lo demuestra la autopsia. Es todo.
Así mismo, y al inicio del debate la Representación Fiscal, expuso: “El Ministerio Público, indica que a través de las testimoniales y los elementos probatorios, que van a pasar por esta sala, que demostrara la participación activa del hoy acusado en el homicidio de Lucas Rafael Morante; además demostrará que en fecha 23 de Mayo del 2009, aproximadamente como a las 2:00 de la madrugada, en el sector Bella vista de Yaguaraparo, se encontraba en compañía de varios ciudadanos, e incluso de la propia victima, se presentó una discusión acalorada y que obligó al ciudadano Maximiliano, a retirarse del lugar, donde a los pocos minutos regresa con un arma de fuego y le proporciona 2 disparos a la integridad del hoy occiso, tal como lo demuestra la autopsia. Con todos y cada uno de los testigos tanto de la Representación Fiscal, como de la defensa demostraré, que efectivamente el Ciudadano Maximiliano Rafael Rodríguez, causó la muerte del Ciudadano Lucas Rafael Morante Gómez. Por ello, se Acusa al mismo por la presunta comisión del delito de Homicidio Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Lucas Rafael Morante Gómez (occiso). En atención a esto, ratifico los medios de pruebas, que traerán a la luz los hechos que se ventilarán en el día de hoy en esta sala de audiencia y que deben traer como consecuencia una Condenatoria. Es todo.”
En las conclusiones la representación fiscal expuso: “buenos días a todos los presentes en sala esta representación fiscal una vez desarrollado el debate y presentado ante este honorable despacho las pruebas testimoniales y otros elementos probatorios demostró la activa participación del ciudadano acusado, en este caso que nos atañe pues fue el ciudadano Maximiliano Rodríguez, quien dio muerte al ciudadano Lucas Rafael Morante Gómez, siendo el delito homicidio simple, quedo demostrado que el ciudadano Álvaro Luís Morante Gómez, señalo en esta sala, que efectivamente el acusado tuvo un problema con la victima, la victima le dijo al ciudadano Álvaro luís Morante Gómez, que el hoy acusado le dijo que de ese día no pasaba, el día que ocurrieron los hechos el acusado le dijo a la victima que esperara y regreso con un arma de fuego en la mano, tal como lo declaró el ciudadano Álvaro posteriormente se escucho disparos, y el ciudadano Álvaro efectivamente vio el arma, asimismo también el ciudadano Nelson José Boada, manifestó ante este Tribunal que vio la discusión entre el imputado y la victima en la calle, así como también declaro que vio al acusado y a la victima lanzarse piedras, el funcionario Pireo Vera, fue quien realizo la inspección técnica del lugar e identifico a la victima Lucas Rafael Morante Gómez. La Dra. Anselma Rodríguez, concluye en su reconocimiento legal, que el ciudadano Lucas Rafael Morante, fallece por hemorragia inginar, por la herida causada en la parte baja del abdomen, a razón de un arma de fuego, es a través de estos medios de pruebas, que esta Representación fiscal, demuestra la culpabilidad del hoy acusado, Maximiliano Rafael Rodríguez y solicita muy respetuosamente ante este Tribunal que se le imponga la pena correspondiente por el delito cometido de homicidio simple, es todo.”
En el derecho a réplica la representación Fiscal expuso: Ciudadana juez, una vez escuchada la conclusiones de la defensa, y habla sobre el testimonio del ciudadano Álvaro Luís Morante Gómez, y dice que él está inventando una historia de pueblo, es obvio que todos los seres humanos reaccionamos distintos antes situaciones adversas, y más aun si está en peligro nuestra vida, hay personas que cuando son atacadas reaccionan defendiéndose, otras a buscar cobertura y abrigo, es decir esconderse, y otras huir o escapar ante un peligro que lo acecha, es por esta razón que el ciudadano Álvaro, cuando ve al acusado venir con el arma de fuego, huye ya que el teme por su vida, reacción lógica de cualquier persona y no como manifiesta la defensa que por ser sangre de su sangre, hermano de la víctima, debía de quedarse allí, con el ciudadano Lucas Rafael Morante Gómez, en cuanto a las actuaciones del funcionario Piero Vera, evidentemente que él responde en relación al Trabajo que el realizo, y es obvio que aunque actuó con un compañero no va responder a preguntas, de la actuación de su compañero, en relación al testimonio de la Dra. Anselma Rodríguez, la medico Anatomopatólogo, su trabajo fue determinar, que fue lo que origino la muerte de la víctima, a través de sus estudios medico científicos, evidentemente que no puede determinar si una vez que la víctima fue herido corrió o no corrió, y mucho menos puede determinar qué distancia corrió la victima una vez que fue herido, es todo.
De igual manera la defensa al inicio del debate la Defensa Pública, expuso: “Ese 23 de mayo del 2009, los hechos no ocurrieron como acaba de narrar el Ministerio Público, en los hechos que se ve inmerso mí representado, sin que nadie lo haya visto disparar o accionar alguna arma, en contra del hoy occiso. En consecuencia, la defensa demostrara durante el desarrollo del debato, que mi representado no participó, en el hecho que le imputa la representación fiscal y por el cual está siendo acusado. Siempre saco a colación al inicio de mis actos de Juicios, al célebre Cesare Becaria, quien manifiesta que para el Juez debe haber un silogismo, que es la premisa mayor, aunada a la premisa menor y la conclusión, toda vez que debe darse el hecho, con las circunstancias, y el resultado; es decir, la prueba con el hecho imponible y el resultado final, no debe estar separada, si no, que el conjunto de un todo, es el que da la certeza de punibilidad. Por lo tanto, deben estar relacionados, los hechos con las circunstancias que lo rodean y el resultado final, que en este caso fue la muerte, la cual realmente no es imputable a mi representado y quedará demostrado en esta sala, donde mi representado será declarado inocente. Es todo.
Asimismo la defensa en sus conclusiones, expuso: “Buenos días a todos los presentes, después de haber analizado y visto el desarrollo de las distintas audiencia, se hace necesario realizar una síntesis de la declaración Álvaro Morante Gómez, quien señalo que se encontraba tomando con su hermano, tomando un botella de anís, luego se genero una discusión entre la víctima con mi representado el señor Maximiliano, pero no es solamente lo dicho por el ciudadano Álvaro, que a esta defensa le parece extraño, ya que pareciera que el mismo, está actuando o esta manifiesta lo sucedió aquella noche como una historia de pueblo, asimismo vemos que él, dice en su declaración el dice que en mitad de la pasarela hay un intercambio de piedra entre la víctima y el acusado, y pero él ve corre al ciudadano Maximiliano Rodríguez, y asimismo el ve que persiguen el señor Maximiliano a su hermano y luego fue que después escucho un disparo, ustedes creen que puede sustentarse eso, que siendo mi hermano a quien lo persigue, yo lo voy a dejar así eso y luego de seis horas, es que después yo me informo de la situación de mi hermano, como puede correr por la sangre de un hermano que ve la situación de ese hermano y lo deja así, alguien esta contando la historia mal, y si no tiene sustento legal no se puede condenar a alguien bajo esos supuestos, si esta prueba, que ni si quiera se puede llamar prueba, ya que no hay algunas otras prueba pequeñas, que se pueda atar a esta prueba. Asimismo lo vemos en la declaración del señor: Lucas, quien que se encontraba bebiendo, y lo manifestado en sala por la señora Belinda, quien es hermana de Maximiliano, la misma indico que agarro a su hermano y lo llevó a su casa donde lo dejo, efectivamente Belinda indico que se le llevo a la casa y asimismo lo acostó en el sillón de la casa, así como también indico que era ella la que tenia la llave, es decir, todos los testigos fueron conteste al indicar al tribunal que se llevaron a Maximiliano para la casa. Al principio de ocurrir los hechos fue una confusión de cómo se origino la pelea, por el pago de una botella de licor, la situación luego se solvento cuanto el grupo de personas que estaban allí procedieron ajuntar el dinero faltante. También vemos que compareció efectivamente la Dra. Anselma Rodríguez, Medico Onatomapatólogo, la cual indico que fueron dos heridas de balas. Tomando la hipótesis de sus hermanos, antes de pasar la pasarela, y que de la pasarela a la casa del occiso, hay aproximadamente 283 metros, como es posible que la herida que se le produce o que ocasiona la muerte, fue la que toca el corazón, º al momento que entra al pulmón luego toca al pulmón, como es posible que desde la pasarela donde se encontraba el acusado, hasta la casa de la víctima, hay aproximadamente 120 metros cómo es posible que ocurre esto. Como es posible que cuando el funcionario policial Piero, al momento que hace la inspección, pareciera burlarse en ese momento del interrogatorio, vemos que cuando al momento de interrogársele al funcionario, el señalo lo siguiente: no se, lo hizo el técnico, que sabe usted, usted detuvo al acusado de sala, el funcionario indico: que no, ya que su trabajo era llevar el sumario, por lo que eso fue un erró. Otro error que vemos y que fue cuando el señor Maximiliano, quien fue que el mismo acusado quien solicito ante el tribunal de control de ese momento, y ante el fiscal, que se le realizara una prueba de Trazo de la bala, así como también a su franela que el mismo se la quito y entrego al fiscal, a los fines de que se determinara si en su franela había restos o no de pólvoras. Como vemos ciudadana juez, ninguna de estas pruebas se realizaron, ya que las misma nos podía indicar si mi representado fue el que realizo el disparo ò es autor del hecho, y como todos sabemos dicha prueba es una prueba técnica, esa prueba puede determinar si hay culpa o no la hay, es por ello persisto en el silogismo que hable al inicio de la apertura al juicio oral; que la premisa mayor que es ley y la premisa menor que es la acción conforme a la ley y entonces la conclusión a ello es la pena o libertad del acusado, entonces Becaria al señalar este silogismo, y el tenia razón, que tenemos acá una persona que dice ser el hermano del muerto, una persona que ve a otra sacar el arma, y que ve a su hermano que lo están siguiendo, y luego de seis hora es que se informa a este señor, de la situación de su hermano, considero que es una persona que no tiene sangre en las venas, como vemos a este cuento le falta un pedazo o lo contaron mal, después que ocurre los hechos es que comienzan a inventar y ese señor es cuando comienza a inventar esta historia, ya que el mismo no sabia nada de su hermano. Los testigos que declaro incluso el ministerio público, dicen que llevaron a Maximiliano hasta su casa. No es capricho de la defensa es que la Medico Onatomapatólogo lo indico en su declaración, ya que indico que la victima no podía dar tantos pasos, la persona que lo mato lo mato cerca de esa casa, la persona que lo mato lo hizo de espada, pero era imposible que fuera Maximiliano, por que el lugar donde muere la victima, era imposible que mi representado llegara al sitio, como puede haber documento probatorio o que esto pueda tener validades, un funcionario que practico la inspección que realizo la inspección no indico que la persona que estaba deteniendo no tenia antecedentes penales, y finalmente para concluir voy a citar uno de los mandamientos de Couttur quien señalo lo siguiente: “ lucha por el derecho, lucha por la Justicia, pero si alguna vez existe confusión entre alguno de los dos, entonces lucha por la justicia” por que un juez cumple con la función de un dios al momento de que condena o absuelve al acusado, es por lo que solicito a este tribunal una sentencia definitiva absolutoria a favor de mi defendido, es todo.
De igual manera la defensa ejerció el derecho a contrarréplica, expuso: Tres aspecto toco el fiscal, uno de ellos fue que cada quien asume una actitud o comportamiento distinto ante ciertas situaciones, si es verdad, el ser humano o los seres humanos, no tenemos el mismo comportamiento antes ciertos estímulos o circunstancias, ante esta situación del Ministerio Público, podemos decir que el hermano fue cómplice por que permitió que mataran a su hermano, ya que él se fue y espero a la mañana siguiente para que le dieran información de su hermano, ese cuento le falta mucho, el testigo Álvaro Morante no dijo la verdad, porque entonces me preguntaría donde está el arma? Sabemos que con el trazo del disparo, así como de que se puede determinar el trazo del disparo del arma, sabemos que ese día el señor Maximiliano, se quito la camisa, en ese momento, y se la entrego al fiscal que en ese momento llevaba la investigación, incluso solicito que se le realizara una prueba a la misma para ver si había algún rasgo de pólvora. Si sabemos que tu in había un pozo de sangre, que había algo de monte, que era trasversal, porque si trabajaste el expediente porque no fuiste más claro en cuanto a la investigación realizada, incluso ante las preguntas de la Ciudadana Juez, el funcionario no pudo contestar las mismas, entonces esta defensa ante esta conclusiones solito al tribunal que se deje sin efecto las acta de investigación realizado por la representación fiscal, y se decrete la nulidad de las mismas, ya que si el representante fiscal no tiene como sostener o sustentar la acusación en contra de la persona investigada con dichas pruebas, se anula la misma. Y esta Tesis se funda en lo sostenido por el Tribunal Supremo de Justicia, en donde se establece o se señala que si el fiscal no sostiene las pruebas del fiscal, se anula la misma. El tercer punto que refiere el Ministerio Publico, creo que ya esta resumido en lo que ya dije anteriormente, considero que se puede decir lo siguiente. “no todo aquello que es licito es honesto” yo le pido al tribunal respetuosamente que su sentencia sea absolutoria, en virtud que no hay pruebas que lo incriminen, y así mismo la libertad de mi representado. Es todo.
Por su parte el acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRÍGUEZ, quien es Venezolano, edad 39 años, fecha de nacimiento 02-07-1970, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.439.752, nacido en Yaguaraparo Estado Sucre, de profesión u oficio Agricultor, hijo Juan de la Cruz García y Priscila Rodríguez y domiciliado en: Yaguaraparo, calle Cantaura, casa N°-42, cera de la pasarela, Municipio Cajigal , Estado Sucre, impuesto del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del contenido del Articulo 8, Literal “G” de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, y Articulo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, que la exime de declarar en causa propia y en su contra, y en caso de consentir, hacerlo sin juramento libre de coacción o apremio, con el entendido que su declaración es un medio para su defensa, de igual manera fueron impuestos del hecho que se les imputa y de los elementos de convicción que obran en autos en su contra, manifestaron al inicio del juicio su voluntad de no declarar, acogiéndose así a los preceptos de dichas normas.
En el desarrollo del debate solicitó el derecho de palabra el acusado quien manifestó querer declarar, por lo que se le impuso del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5°, en relación con el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, se le instruyó sobre los hechos, por los cuales los acusan la representante del Ministerio Público, y procediendo a Identificarse quien dijo ser y llamarse: MAXIMILIANO RAFAEL RODRÍGUEZ, quien es Venezolano, natural de Yaguaraparo, Estado Sucre, edad 41 años, fecha de nacimiento 02-07-1970, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.439.751, de profesión u oficio Agricultor, hijo Juan de la Cruz García y Priscila Rodríguez y domiciliado en: Yaguaraparo, calle Cantaura, casa N°42 , cerca de la pasarela, Municipio Cajigal , Estado Sucre; y expone: ”Una placita, estaban ellos tomando allí, una botella de Anís y el difunto de llamo, nunca habíamos tenido problema y me pidió 5 mil bolívares, le di 20 y fueron a comprar, yo le pregunte porque se lo agarro todo, ya que le había dicho que agarrara solo diez y le dije que por que se lo gasto todo y que me lo pagara y entre todo el grupo me dieron 7mil bolívares y me llamo mas tarde y me dijo para ir al rió nunca imagine. Me dio un golpe, nos desapartaron, había como 4 o 5 personas y el hermano del él, me llevaron para la pasarela, y me llamo de nuevo, hay una rampla de cemento en la pasarela, y yo hago para regresarme, y el vine, y le dije vamos a pelear, cuando estoy en el medio de la pasarela , me empezaron a tirar piedras, me llamaron, me deje venir con mi hermana, cuando estamos en la casa, me senté y me quede dormido en un descanso que tiene mi hermana, yo siempre había tratado bien, yo nunca habia tenido problemas con ese muchacho, es todo”. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Tenia amistad del señor Lucas? R: Si lo conocía de muchachito, siempre me respetaba, nunca se metía conmigo ¿En que parte? R: En la pasarela, la discusión fue en la placita, el me llamo hacia la orilla de río y me cayo encima y me dio golpes y fue mi hermano y y otra personas quien me desaparto ¿Estudiaron juntos, se criaron ? R: No, es un pueblo pequeño, lo conozco del pueblo ¿Alguien vio eso que manifestó? R: Si, el hermano de el y los carajitos que estaban allí ¿Cuándo los desapartan, que pasa? R: Me deje venir con mi hermana, ellos siguieron a la pasarla, el difunto y el hermano, yo me quedo, y el me llama y me dice vamos a pelear, yo le digo vamos a pelear y empezó a tirarme piedra, depuse que me lanzaron las piedras, y nos vinimos ¿Cuándo le lanzo las piedras que hizo usted? R: la pasarela pegaba de las baranda, yo me protegí con las barandas ¿Usted fue a su casa una o dos veces? R: Una sola vez y me quede dormido en la sala, no regrese al lugar. ¿En ese momento el señor Lucas estaba solo o acompañado? R: Con el hermano ¿Y usted? R: Yo estaba solo ¿No le pregunto por que le lanzaba piedras lo desafío a pelear? R: Fue inesperable, yo no le pregunte, era una distancia cuando me lanzaba piedras. ¿Sin embrago el lo llamo a pelear? R: si en la plaza, pero no pensé que me iba a tirar piedras, ¿Cuándo lo ataco, utilizaba un arma de fuego? R: No le vi nada, solo piedras ¿Y usted? R: No tenia nada, es todo. Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: A los fines de ilustración, mostró una croquis del lugar donde se encuentra la pasarela ¿A que altura de la pasarela se encontraba usted? R: A la mitad de la pasarela ¿el occiso donde se encontraba con su hermano de la pasarela? R: Casi finalizando la pasarela ¿Sabe donde vive el muerto? R: Si. ¿ Que distancia aproximada de su casa a la pasarela que indico ? R: Doscientos y pico de metros ¿De la pasarela a la casa del muerto cuanta distancia hay ? R: Trescientos hasta una esquina, se cruza la misma y se sigue recto a su casa ¿Qué distancia existe de su casa (donde vive) a la casa del muerto? R: Es largo, como novecientos metros ¿De la plaza el occiso y su hermano, agarrar la pasarela, a la pasarela como es la iluminación ? R: Es buena, la pasarela tiene reflectores y como es cerca de la casa, esta alumbra la casa. ¿Dice que su hermana y otras personas, lo llevan hasta su casa, se queda en su casa, de que sitio su hermana lo lleva a su casa? R: Mi hermana llego a la pasarela y yo me devolví y salí con ella ¿Quienes estaban con su hermana? R: Luís Aguilera, Nelson Boada una muchacha no sé el nombre, había como 6 o 7 personas ¿Con el occiso quienes estaban? R: El hermano y no sé si estaba Nelson Boada, ya que nos desapartaron ¿Si para el momento había o existía un bar por allí? R: si y se encontraba al frente de la placita ¿la iluminación de la pasarela, da para que pueda visualizarse bien hasta su casa? R: si, son unos reflectores grandes ¿Puede decirle al tribunal si en el momento que los funcionarios hacen su detención le indico usted algo ? R: Ellos me dicen que me detienen por que mataron al señor Lucas y me dijeron que buscara el revolver , yo le dije que me registraran, que buscaran la pruebas que yo habia disparado, esa no te la vamos hacer eso es en Cumana, la prueba de polvo, ¿Seria trazas de disparo ? R: Esa misma¿ Lo pidió en el tribunal ? R: si y le di una bolsa de ropa, para que hicieran as pruebas, aquí mismo en el tribual ¿Ha usado amas? R: si, una bacula hace años que la vendí, mas de 7 años que la vendí, yo la use en la hacienda, pero nunca he usado armas de otro tipo ¿tenia alguna enemistad con el hermano de Lucas? R: No ¿Tenia conocimiento si Lucas y el hermano tenia problemas? R: No, pero Lucas consumía drogas, no lo quiero desacreditar, pero su hermano tenia problemas con el por eso ¿Tenia problemas con el pueblo? R: si, el llego a atracar a gente del pueblo, pero nosotros no llegamos a tener problemas con el, ¿Qué pasa en el momento con el vuelto? R: Yo le dije que agarrara solo diez y le dije que por que se lo gasto todo y que me lo pagara, su grupo reunió y me dieron 7 mil bolívares y el luego me llamo cerca del rió y se me tira encima ¿Los desapartan? R: Si ¿Quienes? R: Mi hermana, el hermano de el, Luís Aguilera, habia mas de ocho personas, pero no recuerdo. ¿Por qué vuelve a surgir una segunda discusión? R: porque el me llama para darnos unos golpes, y yo voy y cuando estoy en el medio de la pasarela, me empezaron a tirar piedras, me llamaron, ¿Las características de la casa de tu hermana? R: Una sala, un fondito pequeño, 4 cuartos, una cocina, es una casa con cerradura, con llave, ¿Tenia lleve de esa casa? R: No, cuando ella se acuesta todo el mundo se acuesta ¿Usted salía? R: No, yo casi no salgo, al frente de la casa de ella me la paso mi hermana Doris es delicadísima de mas, ¿El señor Boada llego a ingresar a la casa de su hermana? R: ¿Usted estaba tomado? R: Medianamente ¿La casa tiene salida por la parte trasera? R: No tiene salida por detrás, son pegaditas unas de las otras. ¿Caracteristica especial en la sala? R: No, es una sola pared con su puerta. ¿Cómo se llama el lugar donde usted reside? R: Calle Cantaura ¿Y el lugar donde reside el occiso? R: Sector Bella Vista ¿Conoce usted, donde vivía el occiso, en que casa? R: si. ¿Conoce otras personas de las casa cercanas a la familia del occiso? R: Si. ¿Escucho cuando el funcionario habia localizado el cadáver en un callejón ? R: No hay callejón, esa es la misma casa del occiso, al ladito ¿Habia monte? R: No, esa casa es grande, son casas grandes ¿Por qué se ve involucrado en esta situación ? R: Seria por la discusión ¿Sabría de alguien que quisiera asesinar al occiso, tenia problemas con alguien? R: No, el se portaba mal, pero no se, es todo. Seguidamente y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes lo interroga la ciudadana Juez, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿En el momento que manifiesta la discusión quien estaba primero en la plaza? R: Ellos ¿Dónde se encontraba usted? R: yo estoy en la puerta ¿A que hora llego usted afuera de la plaza? R: No eran las diez de la noche ¿Estaba el señor Lucas allí? R: si ¿Su hermano? R: También con Lucas ¿Como 8 personas dijo uestes que habia, sus nombres puede decirlos? R: Marcos, Jesús, Lucas y el hermano y los demás no se me el nombre ¿Tiene conocimiento si alguna de ellas portaba arma de fuego? R: No ¿Quien lo lleva a la casa? R: mi hermana, Nelson Boada Luís Aguilera ¿De donde salio Luís Aguilera? R: ¿Luís Aguilera no es el dueño del bar? R: Si. ¿Dejo el bar solo? R: cuando comenzaron a tilarle piedras se vino a ver ¿Se encontraba tomado? R: Si, pero no tanto ¿ al llegar a la casa , la dejaron la puerta abierta ? R: no se, ¿ Quien fue a cerrar el bar? R: No se, me quede dormido ¿Cómo conoce de las pruebas de polvo y esa cosas? R: Lo escuchado decir ¿Cómo le consta que Lucas cometía robos? R: Es un pueblo pequeño, el fumaba drogas ¿Lo vio usted? R: No.
Seguidamente y al final del debate la Juez toma la palabra e impone al acusado del Precepto Constitucional inserto en el artículo 49 numeral 5º en relación con el artículo 131 del Código Orgánico procesal Penal, explicando en forma clara y sencilla los mismos, para lo que el Acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRÍGUEZ, Venezolano, edad 39 años, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.439.751, nacido en Yaguaraparo, Municipio Cajigal, de profesión u oficio Agricultor y domiciliado en calle Cantaura, casa Nº 42, Yaguaraparo Municipio Cajigal Estado Sucre, quien expone:” Me acojo al Precepto Constitucional, es todo”.
II
DE LAS FUENTES DE PRUEBA,
VALORACIÓN Y MOTIVOS DE LA DECISIÓN
Este Juzgado Unipersonal, atendiendo al contenido de los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, habiéndose practicado las pruebas incorporadas al debate con estricta observancia de las disposiciones legales; y conforme al desarrollo del juicio oral y público observa:
1. DE LOS EXPERTOS:
Compareció y declaró en el Juicio Oral la Experto Anatomopatólogo Forense Dra. ANSELMA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.506.843, de profesión u oficio Anatomopatologo, en calidad de experto, quien previo juramento y la advertencia de que el falso testimonio es penado por la Ley, expone: “El 25 de mayo del 2009, ingresa a la morgue del hospital Santos Aníbal Dominicci, un cadáver de sexo masculino que llevaba por nombre Morante Gómez Lucas, todo cadáver se pasa a la sala de autopsia se desviste si tiene ropa, la mayoría de las veces se consigue sin vestimenta se limpia para empezar el examen físico general el cual va desde el cráneo hasta los miembros inferiores, en el presente caso no se observo lesión en el cráneo, bajamos al cuello y habia un orifico continuamos a la cavidad toráxico al nivel del sexto arco costal izquierdo habia una herida producida por arma de fuego, continuamos en la región abdominal sin ninguna lesión y en los miembros inferiores no habia lesión, se procede a voltear el cadáver y se observa la lesión a nivel del sexto arco costal izquierdo y sale en la cara lateral del cuello, en la región glútea izquierda hay un orifico de bala, en conclusión el cuerpo presenta dos oficios producidos por armas de fuego, uno en la región glútea y otro en el sexto arco costal que sale por el cuello con una trayectoria de atrás hacia arriba, además de eso se revisa otras lesiones y se encontraron cicatrices antiguas en los arcos del hipocondrio y en los flancos de la región abdominal, una vez examinado externamente se procede a la apertura, abrimos el cráneo donde el cuero cabelludo y masa encefálica estaba endeble, abrimos el cuello y vemos la hemorragia, en la cavidad toráxico observamos fractura del sexto arco costal, hemotórax izquierdo y perforación del pulmón izquierdo y del corazón, se reviso el abdomen presentando hemorragia inguinal, por la herida en la parte baja del abdomen, se revisaron los miembros inferiores sin lesiones y se concluye que el hoy occiso muere por una hemorragia interna desencadenada por una herida de arma de fuego, no se recolecta proyectil porque los dos proyectiles tenían orificio de salida, es todo. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Reconoce el contenido y firma del análisis anatomopatólogo que riela al folio 74 del asunto? R Si reconozco su contenido y mi firma. ¿El orificio en el glúteo? R Es un orificio de entrada. ¿Dónde estaba la salida de esa herida? R En el área inguinal del lado izquierdo. ¿Cómo es la trayectoria? R Lineal. ¿Habla de otro orificio en el arco costal izquierdo? R Si eso es en las costillas y eso fue en el sexto arco costal izquierdo posterior que fue la entrada de la bala. ¿Y el orificio de salida? R Sale por la cara lateral derecha del cuello, porque el proyectil entra choca con los huesos y se produce el desplazamiento, perfora el pulmón y el corazón y sale por el cuello. ¿Cómo fue la trayectoria intraorganica del proyectil? R Fue variada porque choco con los huesos y se desvía, si pasa por los músculos no se desvía, es una trayectoria normal, pero en este caso la trayectoria fue irregular. ¿Cómo fueron los orificios de entrada? R por la parte posterior del cuerpo el ciudadano estaba de espalda. ¿Cuál causa la muerte? R El que recibió por el sexto arco intercostal izquierdo porque comprometió el pulmón y el corazón, si solo hubiese comprometido el pulmón hubiese podido recibir atención, pero al perforar el corazón la muerte es instantánea porque el corazón empieza a fibrilar. ¿De acuerdo a su análisis pudiera decir cual impacto fue primero? R yo no lo podría determinar. ¿Puede decir si alguien recibe un impacto de bala en el glúteo puede seguir caminando? R Si, porque no compromete mucho y es fácil la sutura. ¿Qué paso en el abdomen? R Tenia cicatrices en el hipocondrio y los flancos, pero no sé el por qué, pudo haber sido por operación de vesícula o de intestino, o cualquier cosa que dejo esas cicatrices allí, es todo. Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué tiempo tiene en este tipo de trabajo? R 18 años. ¿Se puede determinar en su experticia la data del cadáver, es decir el tiempo de muerte? R Se puede más o menos presumir, porque normalmente uno empieza a ver la rigidez del cuerpo, porque las primeras 6 horas aun este flácido pero después de las seis horas por los ácidos empieza la rigidez y después de las 24 horas empieza el estado de putrefacción y después de las 72 horas empieza la fetidez. ¿Ese cadáver pudo haber sido arrastrado? R bueno normalmente cuando son arrastrados si tiene ropa es difícil de determinar porque al arrástralo si el piso no es liso deja excoriaciones, pero aquí no vi excoriaciones solo vi las cicatrices antiguas. ¿Era posible con la trayectoria y con las lesiones que pudo producir la persona se pudo salvar de ser atendido a tiempo? R Era imposible por las lesiones de corazón, si hubiese sido solo pulmón se puede atender y drenar y se pudo haber salvado, si no hubiese chocado el corazón tal vez estuviese vivo. ¿Esas heridas antiguas eran de ambos lados? R eran del lado derecho, pero no se el origen. ¿Si llega con cabellos se raspan? R no se examinan se lavan si tienen heridas pero el cráneo no se puede raspar ni quitarle el pelo. ¿El disparo fue de cerca o lejos? R No porque en la entrada el orificio tiene el halo de conducción y busca si hay tatuajes para saber más o menos la distancia si no hay tatuajes se presume que fue de 60 centímetros o más distancia, si es menos de 60 centímetros hay tatuaje y eso queda marcado y nada lo borra, porque la pólvora se impregna. ¿Se recolecto proyectil? R No, porque las heridas tenían entrada y salida. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿Cualquier arma puede causar esa lesión? R Si. ¿La herida tenia tatuaje? R no.
Compareció y declaró en el Juicio Oral el Funcionario PIERO ANTONIO VERA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.740.216, de profesión u oficio: Agente de investigación, en calidad de experto, quien previo juramento y la advertencia de que el falso testimonio es penado por la Ley, expone: “El día 23 de mayo del 2009, por instrucciones de la superioridad se ordeno una comisión, hacia el sector bella vista calle ANZOATEGUI de Yaguaraparo para realizar inspección técnica la cual resulto ser a un sitio de suceso abierto, de iluminación natural, correspondiente a una vía publica adyacente a un callejón situado al lado de una vivienda familiar tipo casa, con puerta de metal color blanco, del tipo batiente, con paredes de bloques frisadas y revestida en pintura de color rosado, al final del cajellon en el suelo, se encontró el cadáver de una persona del sexo masculino de cubito lateral izquierdo, el cuerpo estaba con vestimenta un pantalón tipo bermuda y se describe el sitio, en horas de la tarde se traslado el cadáver a la morgue del hospital de Carúpano, donde se observo encima de una camilla metálica en posición de cubito ventral, desprovisto de vestimenta y al ser examinado se observaron las siguientes heridas, una en forma circular en la región lumbar izquierda y una herida en forma irregular en la región intercostal izquierdo, es todo. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿reconoce el contenido y firma de la inspección técnica Nº 44? R Si. ¿Realizo inspección técnica en el sitio del suceso? R Si. ¿Cómo establecen que es el sitio del suceso? R Porque allí se encontró al occiso, y ese mismo día se hacen las diligencias. ¿Cómo era el sitio? R Abierto, adyacente a una vía publica, y se comunica con el patio de una casa. ¿En la inspección se recolecta algún tipo de evidencia, a parte del cadáver? R No se recolecto la vestimenta. ¿En que posición estaba el cadáver? R De Cubito lateral izquierdo. ¿Recuerda si se recabo algún tipo de prenda propia del mismo, algo así como cartera, cadena o reloj? R creo que no se recolecto. ¿El lugar es de fácil acceso, vehicular o peatonal? R Peatonal. ¿Hablo de un callejón? R Si un callejón como de 100 metros. ¿Va a alguna carretera? R No a otra vivienda. ¿El cuerpo estaba dentro de la casa? R No estaba en la vía pública. ¿Qué tiempo tiene en el C.I.C.P.C? R 5 años. ¿Qué cargo tiene? R Agente. ¿Qué tiempo tiene haciendo este tipo de experticia? R casi 4 años. ¿Reconoce el contenido y firma del acta de inspección técnica 048? R Si. ¿Quién traslada el cadáver? R en ese momento no teníamos unidad yo fui con Figueroa. ¿Ustedes trasladaron el cadáver? R Nosotros. ¿Quién desviste el cadáver? R Nosotros. ¿Se logro recabar documentación del ciudadano? R no recuerdo eso lo hizo el otro funcionario. ¿En la inspección al cadáver que se observo? R Las dos heridas presentadas. ¿Por qué fueron producidas las heridas? R no se puede decir que fueron armas de fuego uno las describe como heridas. ¿Cómo eran las heridas? R Una circular y una de forma irregular. ¿Solo dos? R Si. ¿A que nivel del cuerpo? R En la Lumbar y la costar. ¿Se encontró algún elemento de interés criminalistico? R No. Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Cuánto tiempo tiene en la institución? Año. ¿Aquí en Carúpano? R entre Carúpano, Guiria y Cumana. ¿Ahorita donde esta? R En Guiria. ¿Qué procedimiento realiza? R Trabajamos un investigador y un técnico, yo soy el técnico y Figueroa fue el investigador. ¿Usted puede explicar a que se refiere con zona boscosa? R esta la vía publica, una vivienda y entre esa vivienda y la otra hay una zona boscosa que las comunica. ¿Es un patio? R si es un patio, las casa están unas al lado de la otra y la separa unas laminas de zinc. ¿Sabe si se logro identificar de quien era la casa cercana al cadáver? R esa investigación la realizo el investigador. ¿Entonces lo hizo su compañero? R Si. ¿La dirección exacta del sitio donde se encontró el cadáver? R Sector Bella Vista Calle Anzoátegui. ¿Qué lugar? R municipio Cajigal, Yaguaraparo. ¿Cerca hay un puente o una separación, que separe una urbanización de otra? R Si pero distante. ¿Pero ese sitio se llama Bella Vista? R Si. ¿Cuándo encuentra el cadáver que paso, que hace? R Se realiza el levantamiento del cadáver y se recolecta evidencia. ¿Cuándo saben el nombre de la persona que murió? R eso lo hace el investigador. ¿Usted practico la detención de Maximiliano Rafael Rodríguez? R Si. ¿Recuerda si ese ciudadano le solicito una prueba de balística? R no que yo sepa no, el no pidió nada. ¿Qué otra cosa se recolecto que nos pueda indicar? R Se colecto la vestimenta y se observo la sangre del occiso. ¿Se tomo muestra de la sangre? R Si y se envió al laboratorio conjunto con la ropa. ¿A que laboratorio? R A Cumana. ¿Qué otra intervención realizo en la investigación, recolecto evidencia, vio si tenían antecedentes? Esas diligencias las hace el investigador. ¿El lugar del suceso, tenia buen iluminación? R Natural clara. ¿Y de noche? R No se la inspección se realizo de día, ¿El cadáver cuales son las características físicas? R estaba de cubito lateral izquierdo, portaba un pantalón bermuda, multicolor. ¿La vestimenta tenia alguna rasgadura? R No. ¿Usted puede decir si la persona fue llevada allí? R El cadáver estaba sobre un charco de sangre. ¿Se verifico si alrededor habia sangra? R Se verifico el lugar. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿Alrededor del cadáver, se vieron rastros de sangre? R No. ¿Cerca del cadáver habia sangre? R Si, en donde estaba el cadáver habia un charco de sangre. ¿El cadáver estaba pegado sobre una pared? R Si hacia la esquina. ¿Lo tapaba la lámina de zinc? R no, era como si hasta allí hubiese llegado, hay personas que no botan sangre sino ya cuando están en la morgue. ¿Tiene conocimiento de quien eran las dos casas que estaban alrededor? R no. ¿De que lado de la calle, ubicándose donde estaba el cadáver queda la pasarela? R Hacia el lado izquierdo, al pasar la pasarela del lado izquierdo por allí esta un bar, ubicándose en el bar después sigue y estaba el cadáver hacia esa dirección. Es todo.
2. DE LOS TESTIGOS DE LA FISCALÍA:
Compareció y declaró en el Juicio Oral el Ciudadano ALVARO LUIS MORANTE GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.627.722, domiciliado en la Comunidad de Bella Vista Municipio Cajigal, y previo juramento de Ley y la advertencia que el Falso testimonio es penado por la Ley, el mismo expone: Yo Salí temprano de la casa a beber y me quedé en un sitio que llaman la pasarela y en eso veo a mi hermano que pasa que eran como a las 8:00 de la noche y fue a comprar una botella y me da un trago de anís y le pregunto donde va y el me dice que el está bebiendo donde estaba trabajando desde temprano y de allí me quite y me fui a beber para otro lado con unos amigos y yo viendo que eran como las 12:00 y el siempre bebía y me buscaba a mi para irnos a la casa y me fui a dar un vuelta para ver si lo veía, y cruzo la pasarela del otro lado, buscando una fiesta para ver si lo veía y sigo derecho que por allí hay una placita y me pregunto yo mismo, que para donde voy si por allí no había nada y decido dar una vuelta a la manzana y consigo a mi hermano bebiendo allí en toda la placita y me ofreció un trago de anís y me lo bebí y como a los 5 minuto llegó el señor Maximiliano insultándolo y se pusieron a discutir, pero yo pensaba que iban aclarar lo que estaba pasando por que ellos supuestamente habían tenido un problema desde temprano y en eso él le dice él a mi hermano que se fueran a hablar más para allá y yo los dejé que se fueran porque pensé que iban a arreglar el problema y se fueron como a 10 metros de donde yo estaba y cuando me percato se estaban dando golpes y yo llego y los desaparto y le digo al señor que se quede quieto que ese era hermano mío y agarre a mi hermano y agarró la vía de la pasarela para pasar al otro lado y en ese momento él lo siguió y yo me empaté detrás de ellos y en la pasarela se intercambiaron piedras, los dos y él le dice a mi hermano, espérame aquí que l ya vengo y se fue y yo me quedé observando a ver si venia, al ratito veo que viene con un arma en la mano y me quito de allí me alejé como a 10 metros de la pasarela y cuando veo que cruza a los 2 minutos oigo el primer disparo y yo me alejo y como a los 4 minutos escucho el otro disparo y me alejo mas y me puse a observar para ver cuando pasara y como a los 10:00 minutos veo que pasa no por la misma parte por donde él se había metido, sino que le dio la vuelta a la manzana y se alejó un poco y yo decido irme a mi casa a ver si había llegado mi hermano y cuando llego él no había llegado y le pregunto a mi mamá si había llegado pito, que a mi hermano lo apodaban así y entonces mi mamá me preguntó que pasaba y le dije que nada y me quedo esperándolo para ver si llegaba y le pregunto de nuevo a mi mamá si había llegado y me dijo que no, en eso me recuesto una rato esperándolo y me quedé dormido y como a las 6:00 de la mañana, a mi mamá le tocaba ir a la Universidad y los vecinos ya sabían que estaba mi hermano muerto y no le querían decir nada y en eso mi mamá me despierta y me dice que mi hermano estaba muerto y en eso nos pusimos a llorar hasta que llegó la PTJ y la policía. Seguidamente lo interroga la Representación Fiscal: ¿Como a las 8:00 es la primera vez que tu veía a tu hermano? Si, y se fue para el lugar donde estaba trabajando. ¿Ese día él te mencionó que había tenido algún problema? No me comentó nada. ¿Cuando te enteras tu que ellos habían tenido el problema temprano? Después, que estoy en la placita y lo estaban comentando y es que llega Maximiliano a reclamarle y tiene la primera discusión. ¿Quien te menciona que lo había amenazado? Mi hermano, me dijo que él le había dicho que de ese día no iba a pasar. ¿Como a que hora encuentras a tu hermano en la placita? Como a las 12:00 a 12:30, y el acusado vive al frente de la placita. ¿El lugar donde estaban tomando donde era? Al frente de la placita. ¿Empieza el conflicto y que sucede? El acusado lo convida y se alejaron y yo los dejé porque pensé que iban a arreglar el problema y es que veo que se están echando golpes y lo separo. ¿Tu hermano y tu Vivian en la misma casa? Si, todos vivimos juntos. ¿Tú dices que empezó una tiradera de piedras entre ellos y luego que pasó? El le dijo a mi hermano que lo esperara allí que ya venia y yo me quedé esperando a ver si de verdad venia y no se que se hizo a mi hermano. ¿Que te hizo pensar a ti, que él iba a pasar por allí? Bueno, era como un presentimiento y me quedo esperando a ver cuando aparezca y es que veo que viene con el arma en la mano. ¿Tu mencionas en tu exposición que vista a la acusado con un arma y luego a los minutos se oye un disparo? Si. ¿Cual fue su reacción? Me alejé, porque me dio miedo porque podía dar a mí también. ¿Es normal que uno salga a defender a su familia, porque no fuiste a defender o buscar a tu hermano? Pensé que si ellos habían tenido el problema, también me podía dar a mí. ¿Que reacción tuviste al oír el segundo disparo? Me alejé más, por la vía principal, y me quedé observando hasta que lo vi pasar dando la vuelta a la manzana. ¿Tu sentiste en algún momento temor por tu vida? Claro, por que si el había tenido el problema con mi hermano y me hubiera visto a mi, digo que también me hubiera dado. ¿A parte de ellos, quienes más estaban en ese lugar? Estaba Nelson Boada y Marco, los que estaban bebiendo allí con mi hermano. ¿Cuando se presenta el problema con tu hermano ellos estaban allí? Si, ellos estaban allí y se percataron cuando se estaban dando golpes. ¿Porque piensas que es él, el que mata a tu hermano y no las otras personas? Por que yo lo vi a él con el arma y es que escucho a los dos minutos el disparo. Seguidamente lo interroga la Defensa: ¿En esa primera oportunidad, a las 8:00 de la noche, tu hermano estaba tomando? Claro, él había pasado a comprar una botella de anís y me da a mi un trago y luego se regresa para donde estaba trabajando ¿Con quien estaba tu hermano? Con Nelson Boada y Marco, ellos se encontraban tomando en la plaza. ¿Esa discusión entre su hermano y Maximiliano, que pasó allí, hubo lesiones, sangre? No. ¿Porque peleaban? Supuestamente por una plata. ¿Usted dice que los desapartó y que pasa? Mi hermano sigue para la pasarela como para ir a la casa y el señor lo sigue y yo los sigo a ellos. ¿Que pasó después? Allí en la pasarela ellos se tiraron piedras y es que el señor le dice a mi hermano que espere allí que ya viene. ¿Usted logró ver las características del arma? La vi, pero no se las características, pero se que es un arma. ¿Si están en la pasarela, el mismo recorrido que hizo su hermano para ir a su casa, es mismo recorrido que hace Maximiliano a su casa? Si. ¿Que pasó que ustedes no coinciden en irse para su Casa? Porque él le dice a mi hermano que lo esperara allí que ya venia, y yo sentí como un presentimiento y me quedé observando para ver si de verdad venia. ¿En el momento que escucha el primer disparo, con quien estaba usted? Solo. ¿Esas personas que menciona como Marcos y Nelson Boada, donde estaban? Estaba en la placita. ¿Qué pasó cuando ello dejan de tirarse piedras los dos y luego se van? Cuando veo que el viene a los 2 minutos oigo el disparo y es que me alejo más para quedarme viendo cuando él salga y luego se oye el segundo disparo y me alejo más y él sale como dando la vuelta a la manzana y yo lo veo. ¿Usted vio al señor Maximiliano accionar el arma contra el cuerpo de mi hermano? Si lo hubiera visto, no estuviera aquí como testigo, porque si me hubiera visto a mi, me hubiera dejado tirado, porque no quería dejar ningún testigo. ¿Porque cuando usted llega a su casa, no le comenta a su madre lo que estaba pasando? Porque no le quería dar preocupación a mi mamá, porque le podía pasar algo y pensé que lo mejor era esperar que mi hermano llegara. ¿Por qué no acude a buscar a su hermano y se queda en su casa? Me voy asustado, porque si me regreso a ver lo que estaba sucediendo, no estuviera aquí como testigo, porque me hubieran dado a mí también. ¿Cuando se entera usted de la muerte de su hermano? Como a las 6:00 de la mañana, cuando mi mamá me llama que iba para la Universidad y me dice que mataron a mi hermano. ¿Por que dejaste solo a tu hermano? No lo deje solo, yo me fui a ver si ya había llegado a mi casa y me quedé allí esperando que llegara. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿Esa pasarela que usted menciona, da con la calle principal? Si. ¿Hacia donde usted vive? Como a la segunda calle, que queda paralela a la calle principal. ¿Quienes estaban en la plaza con tu hermano? Nelson Boada y Marco. ¿Que tiempo pasó para que surgiera la discusión? Como a los 5 minutos, es que el llega y empieza la discusión. ¿Nelson Boada, vio cuando se estaban lanzando las piedras en la pasarela? Creo yo que si vio. ¿Hacia donde agarró tu hermano? Para donde yo vivo. ¿Maximiliano para donde agarró? Por donde agarró mi hermano. ¿Tu que haces después? Me quedé allí esperando a ver si él volvía. ¿Cuando Maximiliano regresa, viene solo? Si. ¿Le llegaste a ver algún objeto? Si, el arma, cuando venia. ¿Tu hermano en ese instante donde estaba? Me imagino que por donde sucedió la broma. ¿Que tiempo transcurrió desde que se lanzaron las piedras en la pasarela, y el acusado le dice a tu hermano espérame aquí, hasta cuando escuchaste el primer disparo? Como 6 a 7 minutos, eso fue rápido; Maximiliano se fue y yo me quedé viendo, esperando, porque tenía la intuición que iba a volver. ¿Desde donde lo ves tu a él, cuando dices que él da la vuelta a la manzana? Como a 15 metros, pero él no me podía ver a mí. ¿Por que no fuiste a ver por el lugar donde estaba tu hermano, cuando se oye el primer disparo? Porque Maximiliano sale por el otro lado dando la vuelta a la manzana, y aprovecho que el se retira, porque la casa me quedaba más cerca y me meto a mi casa asustado.
Compareció y declaró en el Juicio Oral el Ciudadano NELSON JOSÉ BOADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.020.978, quien previo juramento y la advertencia de que el falso testimonio es penado por la Ley, expone: el conocimiento es que eso es una simple discusión y al señor presente estaba cuando discutió lo metimos dentro de su casa, cuando lo llevábamos el difunto y el hermano le hicieron un juego de piedra, lo agarramos y lo llevamos para su casa. Y d ahí el señor se acostó a dormir y la hermana hasta le paso llave a la casa y encerró al hermano adentro, nosotros mismos vimos cuando lo hizo, es todo. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿a que fecha se refiere usted cuando dice que fue una simple discusión? R- en verdad la fecha exacta no recuerdo, pero fue un fin de semana que estábamos en un bar que queda cerca, había mucha gente reunida ahí, ni se dieron golpe ni nada, fue pura palabra, el difunto fue el que empezó a lanzarle piedra, el hermano del muerto estaba de acuerdo con el difunto. El señor lo que hacia era esquivar, lo agarraron y lo metieron para su casa. No que haya sido el porque a eso le pasaron llave, mas bien el señor tenia una pea que no podía ni levantarse mas bien ¿entre ellos, como dicen que fue l chamo no pudo salir, quien dice que fue el chamo? R- porque el hermano dice que el fue,. Pero para mi no fue porque yo misma vi cuando la hermana lo encerró. ¿Eso fue más o menos a que hora? R- de 9 a 10 de la noche ¿Cuándo la discusión? R- si y cuando metimos al señor para adentro. Hubo una sola discusión. Ahí no hubo golpe ni nada. Cuando lo traíamos fue que le lanzaron piedra al señor ¿Dónde fue la discusión? R-ahí cerca de la casa de nosotros, que hay un bar, en la calle, porque no fue dentro del bar ¿Qué distancia existe entre el lugar y la casa del acusado? R- es cerquita. Como a 20 metros ¿sucede la discusión y se lo llevan a su casa? R- si ¿Quiénes estaban mas con ustedes? R- varias personas, como los otros tres testigos, habían muchos mas, pero nosotros fuimos los que nos metimos a agarrar al chamo, estaba la hermana de el también, había gente conocida ¿usted estaba tomando con el desde temprano? R- no, sino que como yo vivo por ahí, nosotros nos la pasábamos por la placita ¿es amigo de Maximiliano? R-. Conocido ¿y es amigo de Lucas? R- nunca tuve trato con ese señor ¿existe por ahí cerca una pasarela? R-si cerca, esta el bar, al lado la casa y después la pasarela ¿ahí fue donde hubo intercambio de piedras? R- si y el la esquivaba con la baranda de hierro ¿el logra defenderse? R- no, el solo se cubria con la vbaranda, ahí no había nada que agarrar ¿esa pasarela da hacia la casa del occiso? R- si ¿menciona que lo acompaño con otras personas hacia la casa de quien? R- la casa de la hermana, el estaba viviendo ahí ¿esa casa queda en dirección de la pasarela? R- todo eso queda ahí mismo ahí. ¿para llegar a la casa tengo que pasar por la pasarrela? R- no ¿dice que al llegar lo recibió la hermana? R-la hermana también estaba cuando lo agarramos ¿Cuándo lo lleva hasta la casa que hora era? R- no se la hora exacta, pero era de 9 a 10 de la noche ¿lo recibe la hermana y le pasa llave? R- si ¿y luego que hace? R- me fui a dormir a mi casa ¿Dónde queda su casa? R-en la otra esquina ¿tiene conocimiento de lo que sucddio en razon a la perdida de la vida? R- no, solo los rumores de que el chamo habia amanecido muerto. No se nada de eso ¿actualmente donde vive usted? R- la invasión ¿recuerda los nombres de la spersonas que estaban ahi? R- los testigos que vienen para aca, luis Aguilera, la hermana del señor, una hermana de Luís Aguilera. Fuimos los que gararamos al aseñor ¿Cómo llega al lugar donde estaba maximiliano? R- ahí uno se la pasa en la plazita, y como estaba aburrido en mi casa me fui a la plaza y al rato fue que empezó el difunto a formarle peo al otro señor, y en el alboroto lo desapartamos y lo llevamos a su casa ¿Cuándo llego ahí recuerda que personas estaban ahí? R- varias personas, uno que estaba con el difunto, no recuerdo su nombre; estaba el hermano del difunto y nosotros que estábamos ahí, el cuñado mío que estaba atendiendo el bar ¿Luís Aguilera, hermano del occiso, el occiso y un amigo del occiso que no recuerda el nombre? R- correcto. ¿Alguna otra persona? R- en verdad no me acuerdo, no vi a mas ninguno ¿logro escuchar usted algún disparo? R- no, nada. Porque la casa del señor queda lejísimos de donde yo estaba viviendo. Llegue y me acosté y no escuche ni disparo ni nada ¿usted me dice que la casa del occiso estaba lejos porque? R- porque no se si hicieron disparo o no porque mi casa queda lejísimos, quien tiene que saber es el hermano del occiso que fue quien se lo llevo ¿había alguien mas en la casa de la hermana? R- el esposo de la hermana, los sobrinos de el., y a mi me consta que le pasaron llave a la puerta ¿Por qué lo tuvieron que llevar, el no se Quero ir? R- si se quería ir pero como estaba tomado lo llevamos ¿y entonces porque la hermana le pasa llave? R- pos su seguridad de ella ¿el señor Maximiliano tiene llave de la casa? R- no tengo conocimiento de que tenga o no tenga llave ¿su cuñado Luís Aguilera vende licor en ese lugar? R- el trabajaba ahí, tenia eso alquilado, el bar. ¿Al frente era que estaban tomando ellos? R- si, al frente está la placita ¿usted estaba tomando con ellos? R- no, cuando llegue fue que se presento la discusión ¿pero desaparto la pelea? R- si ¿y quienes mas desapartaron? R- el hermano de difunto, el difunto. Y fue cuando saltamos yo, la hermana del señor. No se si el hermano del muerto dejo al hermano solo. Lo que si declaro es que lo acompañe hasta su casa y tengo conocimiento de que los dos agredieron al señor tirándole piedras. ¿Después de las 10 y 30 de la anoche pudo observar si el señor Maximiliano volvio a salir? R- no pude observar porque mi casa queda en la otra esquina ¿y cuando lo vuelve a ver? R- al otro dia siguiente a eso de las 11 más o menos Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Cuándo se presenta la discusión y habla de que lo desapartaron, a quienes? R- al señor y luego el difunto y el hermano se hicieron a un lado ¿recuerda si Maximiliano tenia un arma o una pistola? R- no tenia porque yo lo agarre por la cintura para llevármelo ¿tiene conocimiento de que el portara armas? R- nada, es un hombre que nunca lo vi con armamento. Era un señor que trabajaba ¿usted tiene conocimiento de que el señor Lucas tuviera enemigos allí? R- no tengo conocimiento ¿Cómo vio que la hermana cerro la puerta? R- porque yo lo hale ¿Cuántas personas lo llevan a la casa? R- 4 personas ¿sabe porque se presento la discusión? R- no me recuerdo, porque yo no tenía mucho rato que había llegado. El difunto empezó a decirle cosas a el ¿usted dice que para ir a casa de Maximiliano no tenia que pasar la pasarela, pero Lucas si tenia que pasarla. De la casa del señor Maximiliano a la casa del difunto es lejos? R- si, porque tiene que pasar la pasarela, que son como 50 metros y mas otra cuadra más, es lejos. ¿Cómo se entera usted que muere el difunto? R- por los comentarios de la gente al otro dia. ¿Recuerda el sitio donde amaneció muerto? R-. no porque ni fui a ver donde estaba tirado ¿señor Boada usted dice o manifestó al Fiscal que el hermano del difunto y el difunto lanzaron piedras al señor, en ese momento que agarran al señor y lo llevan a su casa que paso con el difunto? R- empezaron a pegar piedra, nos hicimos a un lado, y cuando dejaron de lanzar piedra lo agarramos y lo trajimos a su casa ¿las piedras se lanzaban donde? R- desde el otro lado, viendo la carretera para ir a la casa del difunto. Y como queda cerca de la casa ellos empezaron a lanzar la piedra ¿usted sabe quien mato al difunto? R- No ¿El difunto tenia algún objeto como cuchillo, navaja? R- yo no le vi nada ¿usted vio cuando se produce la muerte del difunto? R- no ¿usted dice que el señor estaba borracho? R- si estaba borracho ¿si hablamos de tres borracho tomado o rascado? R- rascado ¿cree usted que Maximiliano podría salir de su casa después de llevarlo? R- no vale, porque yo fui uno de los que los llevo y lo acosté en un descanso, hale la puerta y la hermana paso la llave. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿Quiénes estaban en la placita? R- el hermano del difunto, el señor, el amigo del otro señor que no se el nombre y yo que llegue, el cuñado mió que estaba atendiendo el bar que se llama Silvio Daniel Aguilera, estaba en la parte de afuera del bar ¿Dónde estaba la hermana? R- la casa queda cerca del bar, y la hermana estaba ala frente ¿la casa estaba al lado del bar? R- la casa queda al frente ¿ella estaba parada en la puerta? R-estaba al frente ¿Quiénes mas estaban en la plaza? R- unos muchachitos ahí ¿desde que hora estaban ahí? R- no se, porque cuando yo llegue fue que comenzó la discusión. ¿Ya estaba el hermano del occiso ahí? R- si ¿Por qué discutían? R- no se porque fue la discusión ¿y la casa de Maximiliano donde queda? R- el vivía en la casa de la hermana ¿explique el momento en que dice que se llevan a Maximiliano y lanzan las piedras? R-. Cuando lo agarramos para traérnoslos, y en eso el se zumbo a esquivar la piedra, y luego lo volvimos a agarrar ¿si la casa queda frente del bar? R- estábamos en toda la pasarela ¿el señor no se defendía? R- no porque ahí no hay nada ¿Qué hicieron ellos después de lanzar las piedras? R- ellos se fueron y nosotros nos trajimos al señor ¿hasta que hora usted estuvo ahí? R- cuando se acabo la discusión y metimos al señor a la casa ¿ellos volvieron? R- no le se decir porque no escuche ruido por ahí, mi casa a la de el queda como a 50 metros. ¿Sabe donde cae muerto Lucas? R- no ¿usted manifestó que desde allá no se podía oír, de donde? R- de donde yo estoy viviendo no se escuchaba ningún disparo ni nada ¿Dónde vivía antes? R- cerca de la casa del señor ¿y donde vivía el señor? R- en la casa de la hermana ¿y que paso con su casa? R- yo estaba viviendo alquilado ¿Quién mas vive en la casa de Maximiliano? R- el, la hermana, el cuñado y tres sobrinos de el. ¿Acostumbraba usted y el señor Maximiliano frecuentarse? R- no ¿Qué día fue el de los hechos? R- creo que un sábado ¿y los días de semana se reunían? R- no ¿al otro día donde se consiguió con Maximiliano? R- parado en toda la puerta de su casa cuando yo iba a casa de mi suegra ¿Por qué afirma que en el estado de Maximiliano no podía salir? R- porque estaba muy tomado ¿y antes de entrar? R- si antes de entrar ya estaba tomado ¿Qué distancia hay de la pasarela la casa de Lucas? R- eso es lejos ¿tuvieron que utilizar la fuerza para llevar a Maximiliano a su casa? R- no vale ¿se dejo llevar solo? R- si.
3.- DE LOS TESTIGOS DE LA DEFENSA
Compareció y declaró en el Juicio Oral el Ciudadano LUÍS ANIBAL AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.935.664, quien previo juramento y la advertencia de que el falso testimonio es penado por la Ley, expone: “bueno ellos tuvieron una discusión, ni siquiera se pegaron la mano de encima, la hermana se llevo a su hermano para el otro lado del río, paso la pasarela y la hermana se trajo al hermano para su casa. Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿usted acompaño a la hermana de Maximiliano a su casa? R- si ¿usted entro con el a la casa? R- si porque vivo en esa misma casa ¿sabe si el señor salio después que lo dejaron? R-por donde iba a salir si yo tenía la llave encima ¿usted dice que ellos tuvieron una discusión, porque discutían? R- no lo se ¿el señor Maximiliano estaba ebrio? R- si ¿y el difunto? R- también ¿ellos tomaron en el bar? R- los dos hermanos venían de otra parte tomando anis y empezaron a tomar ahí ¿usted donde vive? R- Yaguaraparo, calle Cantaura ¿Qué tiempo tiene viviendo ahí? R-38 años ¿lo conoce bien? R-si ¿Dónde queda la pasarela? R- cerquita de la licorería ¿la pasarela como es? R- es larga y ancha de un metro de ancho, solo pasan personas ¿Dónde vive usted a la casa del difunto es lejos? R- es lejos ¿a que hora fue eso? R- de 10 a 11 de la noche ¿de la pasarela a su casa es cerca, lejos? R- es cerca ¿existe algún monte oculto después de pasar la pasarela? R- es un caserío que hay ahí ¿la pasarela hacia donde vive el difunto? R- es un caserío ¿hacia donde usted vive ahí también hay monte? R- puras casas ¿Cómo se entera usted de la muerte del señor Lucas? R- nos enteramos al otro día ¿Dónde encontraron el cadáver? R- cerca de la casa donde vivía el, al fondo de una casa ¿sabe usted quien mato al señor Lucas? R- No ¿el señor Maximiliano tenia, portaba algún arma? R- nada ¿de que murió el señor Lucas? R- no se ¿Qué dicen en el pueblo? R- que ese muchacho esta pagando algo que no es de el. ¿Lucas tiene enemigos? R- no ¿ellos eran enemigos? R-No ¿Cuántas personas que viven en la casa donde usted vive tienen llave de la casa? R- dos llaves y las tenemos nosotros mismos ¿Quién cerro la puerta? R- mi esposa ¿y esas dos llaves donde quedaron? R- las cargamos nosotros, porque tengo mucho que perder dentro de la casa ¿Qué persona desapartaron al señor y se lo llevaron a su casa? R- su hermana, Nelson Boada y una señor Belinda Aguilera ¿Qué paso después que estaba en su casa? R- cada quien se fue por su lado, nos acostamos ¿al día siguiente donde estaba Maximiliano? R- todavía estaba durmiendo ¿quiere decir que de donde vive usted a donde vivía Lucas, son dos sitios distintos? R- si ¿Qué distancia en tiempo hay de su casa a la del difunto? R- como diez minutos caminando ¿Qué hace el señor Maximiliano? R- trabajaba la agricultora ¿supo quien le tiro piedra a quien? R- los de allá a el para acá ¿Quiénes eran los de allá? R- el difunto y el hermano ¿y que hizo el señor Maximiliano en ese momento? R- se lo traían la hermana para acá ¿la hermana evito que el le tirara piedra a los de allá? R- si ¿Dónde se encuentra el difunto con su hermano? R- el hermano estaba ahí ¿el hermano intervino en la discusión? R- si ¿Quién se lleva a Lucas de ahí? R- el hermano ¿habían otras personas con ellos? R- no, ellos dos nada mas ¿cree usted que la discusión que hubo entre el difunto y Maximiliano agarro una rabia que pudiera querer hacerle algo al otro? R- no porque ahí no se vio ningún motivo de lo que pasaba ¿en ese trayecto, llego usted a escuchar algún disparo? R- no ¿tiene conocimiento usted si en ese momento que se presenta la discusión, el señor Lucas estuviese armado? R- no lo se ¿no sabe si su hermano estaba armado? R- no tengo conocimiento. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿donde trabaja su hermano? R- sembrando, en yaguaraparo. Bajo chiquito ¿Dónde queda ese lugar? R- en Yaguaraparo, como a una hora de camino del centro de yaguaraparo ¿para ese lugar hay que ir en vehiculo o caminando? R- de las dos formas ¿Cuándo el iba a trabajar, en que iba? R- caminando ¿si era una hora en vehiculo, cuanto seria caminando? R- caminando una hora, en vehiculo como 15 minutos ¿tenia un lugar donde quedarse allí? R- no, el se quedaba en la casa ¿cada cuanto tiempo iba para allá? R-solía ir de lunes a viernes ¿el tenia pareja en Yaguaraparo? R- el estaba solo ¿esa hermana que es su esposa, como se llama? R- Dorina Rodríguez ¿Qué tiempo tiene el señor viviendo con ustedes? R- como dos años ¿anteriormente donde vivía? R-el había vivido conmigo, después se fue, y regreso cuando la muerte de la mamá ¿cuando se fue, a donde vivía? R- en san feliz ¿Cómo se llamaba el bar? R- la baraola ¿ahí trabajaba usted solo? R- yo solo nada mas ¿recuerda que fecha era el día de los hechos? R- no recuerdo ¿recuerdas si estaba trabajando ese día? R-si ¿suele abrir el bar a que hora? R- a las 6 ¿y a que hora lo cierra? R- lo cerré al momento de la discusión ¿ellos lo esperan a usted o se adelantan? R- me esperaron y lo levamos para la casa. Pero fue en el momento ella buscando al hermano y yo cerrando el negocio ¿y donde estaba el hermano? R- cerca de la pasarela ¿el hermano es Maximiliano? R- si. ¿la hermana del acusado intervino en la pelea? R- ella ayudo a llevárselo para que no hubiera discusión. Y el hermano del occiso hizo lo mismo. Ninguno tuvo rose ni nada ¿en algún momento el hermano del occiso peleo? R-cuando estaban del otro lado comenzaron a tirar piedras ¿y cuando se lo llevan que hizo Maximiliano? R- ya lo habían llevado, el no se escondió porque lo llevamos para la casa ¿usted lo acompaña a llevárselo a la casa? R- Nelson, belinda, la hermana ¿las personas que lanzan las piedras, que hacen después? R- se fueron ¿Qué sucede al llegar a su casa? R- cerramos y nos acostamos ¿Dónde dormía Maximiliano? R- en un cuarto de la casa ¿ese cuarto tenia abierta? R-abierta pero la casa es asegurada ¿Por qué asegurada? R- porque eso es puro fondo y la puerta también tenia llave ¿Maximiliano tenia llave? R- no ¿Cuándo ustedes deciden levarse al señor Maximiliano a su casa estaba tomado? R- si. ¿Dónde estaba tomando? R- yo había llegado de trabajar y no se donde estaba tomando ¿Cuándo es la primera vez que ve a Maximiliano? R- el amaneció en la casa y cuando vine de trabajar comenzaron a beber y después llego el muchacho ¿a que hora llega el? R- como a las 1030 u 11 de la noche ¿y la hora de la discusión? R- la misma hora ¿recuerda donde estaba el cuerpo del occiso? R- en el fondo de una casa, cerca de su casa ¿Cómo tuvo ese conocimiento? R- me lo comentaron ¿menciono que tenia llave y su esposa también? R- si ¿Dónde guardan las llaves? R- donde dormimos nosotros, ese día ella durmió con la llave en el bolsillo. Eso es solo un manejo de llave. ¿Y no eran dos llaves? R- si pero ese día estaban en un solo manejo. Cuando salgo es que saco la llave de ahí. De resto nadie agarra las llaves ¿y en esos dos años que Maximiliano vivía ahí nunca llego a tener una llave? R- nunca ¿el acostumbraba quedarse fuera? R- el no es bebedor. Así como ese día que bebió. El no es tomador ¿esa persona que menciona como Belinda Aguilera que parentesco tiene con ella? R- ella estaba de donde hubo la pela. Ella es mi hermana ¿Dónde vive ella? R- cerca de la casa donde yo vivo ¿su casa era alquilada? R- no, es propia ¿actualmente vive ahí? R- si ¿Dónde vivía Nelson Boada? R- en la misma casa donde vive Belinda ¿ellos son parejas? R- si ¿tiene conocimiento si Maximiliano había estado detenido? R- no había estado detenido ¿esa hora en la plaza habían otras personas? R- si había bastante gente ¿nombres? R- no recuerdo ¿actualmente tiene ese local? R- no ¿Por qué ya no lo tiene? R- porque me aumentaron el alquiler ¿usted llega a su casa y dice que todos se acuestan, a que hora se despierta usted? R- como a las 07:30 de la mañana ¿usted vio a Maximiliano? R- si estaba dormido, como uno pasa y se ve ¿Usted cierra el negocio, todos van a dormir, todos guardan al señor. Sintieron algún temor de que algo pudiera pasar? R- no se tenia temor de nada ¿y entonces porque cierran? R- por la hora y nunca me gusto amanecer en esa broma ahí. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿usted estaba al frente del bar? R- dentro del negocio ¿desde allí vio la discusión? R- si que fue cuando Salí ¿a que hora aproximada? R-como a las 10 ¿desde allí se ve la plaza? R- si ¿antes había visto a Maximiliano? R- si ¿quienes estaba primero en la plaza? R- Maximiliano ¿Quién llego después? R- el y el hermano ¿su casa queda frente al bar? R-.si ¿de que discutían ellos? R- no se porque ¿vio todo pero no sabe de que discutían? R- en una pelea siempre se ve la broma, pero como estaba la música del negocio nos e escucho ¿dejo su negocio solo? R- si ¿Por qué el señor Maximiliano vivía con ustedes? R- ella es su hermana ¿Qué días tomaba Maximiliano? R- eso era como ese día, no bebía todos los días ¿Alguna vez amanecía a la calle? R- todos los días llegaba temprano a la casa ¿y en una de esas noches que llegaba tarde quien abría la puerta? R- el no llegaba tarde ¿Cómo es la parte de atrás de su casa? R- tiene una pared ¿hacia que lado queda la pasarela? R- hacia abajo, como a treinta metros ¿la pasarela es diagonal a su casa? R- no como a diez casas mas arriba ¿a la derecha o izquierda? R- a la derecha ¿la plazita donde queda? R- en todo el frente de la licorería y al lado esta la pasarela ¿Quién se lleva a Maximiliano a la casa? R-yo y la mujer ¿y hacia donde se dirigen Lucas y su hermano? R-hacia el otro lado de la pasarela ¿Qué hay del lado de la pasarela? R- casas, eso es cemento ¿y que hay del otro lado? R- si hay piedra porque es a orilla del rió ¿Cuándo dice que se lo llevan a la casa, Lucas y el hermano se regresan? R-nunca se regresaron ¿Por qué ustedes se tuvieron que llevar a Maximiliano de la casa? R-para evitar problemas ¿pero si dijo que la discusión no era tal para cerrar el negocio? R-por la hora ¿Quién acuesta a Maximiliano? R-la hermana, lo acuesta en el cuarto ¿tiene conocimiento si Maximiliano y Lucas habían tenido discusión? R- en ningún momento ¿eran amigos? R-no eran nativos ¿en el momento que discuten donde estaba la hermana de Maximiliano? R-estaba dentro de la casa y con la discusión salio ¿y si había música como escucho la discusión? R-siempre hay quien diga aquí esta tu hermano discutiendo ¿Dónde localizaron al cadáver de Lucas, a que distancia quedaba de la casa de Lucas? R-como a dos casas ¿pero dijo en el fondo? R-si ¿el que da a l casa de Lucas? R- no, hacia una orilla, en una esquina ¿fue al sitio? R- no ¿Quién le dijo eso? R- los comentarios ¿usted dijo la hermano lo desaparto antes de la pelea, llegaron al golpearse? R- ellos no se pelearon.
Compareció y declaró en el Juicio Oral la Ciudadana DORINA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.287.699, quien no presta Juramento por ser hermana del imputado de conformidad con el artículo 224 del Código Orgánico Procesal Penal, expone: bueno ellos tuvieron una discusión, ni siquiera se dieron golpes, y yo me lleve a mi hermano para la casa y me acompaño Nelson, Luís, y Belinda. Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Dorina usted dice en su exposición que ellos estaba en el rio? R-ellos dos eso fue en la plaza donde discutían y luego estaban en el río y el hermano del occiso m dice agarra a tu hermano que yo agarro al mío, ellos le dicen a el ven, nosotros nos esquivamos después que terminamos de barrer las piedras en la pasarela ¿Quiénes eran nosotros cuatro? R-Nelson Boada, Luís aguilera, benigno aguilera y yo Dorina Rodríguez ¿fue en la placita la discusión? R-en la placita. ¿Lo que significa que es allí en la placita donde cada quien agarra a cada quien para su lado, cuando usted agarra a su hermano que hace? R-me meto para mi casa ¿y que pasa con Maximiliano? R-el se acostó a dormir ¿Cuándo hay esa discusión para donde agarro el señor Lucas? R-agarro hacia la pasarela en bella vista cerca de la pasarela vivo yo ¿en que parte de la pasarela empiezan a lanzar piedras? R-cerca de la plataforma ¿y es distante de donde estaba usted con su hermano? R-no es muy distante ¿Cuándo usted llega a su casa con Maximiliano cuanto tiempo duro Nelson ahí en su casa? R-no mucho, ellos regresaron para su casa y yo cerre mi puerta y el agarro para la suya ¿sr. Dorina cuando usted agarra a su hermano donde se encontraba? R- cerca del río ¿y porque usted llega a donde esta su hermano? R-a desapartar la pelea ¿estaba borracho su hermano? R-no estaba borracho ¿Cuántas puertas hay de salida? R-dos pero una esta sellada ¿usted cerro la puerta esa noche? R-si ¿tiene usted conocimiento de su hermano Maximiliano tenia un arma en su casa? R-no nunca jamás vi un arma en mi casa ¿de donde vive usted a donde vive el señor Lucas es cerca de su casa? R-es mas o menos lejito ¿Por qué discutía su hermano con el señor Lucas? R-no lo se ¿tu hermano no llego a contarle porque discutían? R-no ¿Cuándo se entero que el señor Lucas murió? R-al otro día ¿sabe usted donde murió el señor Lucas? R-no ¿tiene usted conocimiento de que el señor Lucas o su hermano portaban algún arma? R-no tengo conocimiento y de mi hermano se que no tiene porque el vive en mi casa ¿y que hace su hermano? R-trabaja la agricultura y trabaja lejos de mi casa ¿señora Dorina cuando pasa algo en un pueblo pequeño siempre se dice quien mato a quien usted no escucho nada? R-no ¿el difunto tiene enemigos? R-no se ¿desde cuando vive allá? R-hace 11 años ¿Cuántos hijos tiene usted? R-3 ¿y quien mas vive allí? R-mi esposo mi hermano y mis tres hijos ¿Cuándo se presenta la discusión quien es el que lanza las piedras? R-Álvaro y Lucas ¿Qué hizo su hermano en ese momento? R-esquivando las piedras y nosotros vimos y lo buscamos y me lo lleve para mi casa ¿? R-cuando el se quedo parado allí cuando el dejo de tirar las piedras para poder agarrar a Maximiliano ¿ninguno de ustedes trato de defenderse de las piedras? R- no ¿después de esa discusión antes de eso eran enemigos? R-no pero Lucas era enemigo de Álvaro. ¿Por comentario no sabe donde fue localizado el cadáver? R-no ¿Por qué usted no nos explica porque Álvaro te dice agarra a tu hermano que yo agarro al mío? R-ellos antes eran enemigos. ¿A que distancia queda del río a la placita? R-no es distante ¿y del río a la casa del señor Lucas? R-es distante ¿usted vive en el propio Yaguaraparo? R-si ¿la pasarela divide ese pueblito de bella vista? R-si ¿Cuándo usted llega a su casa con Maximiliano, Luis Nelson y los demás, que hizo su hermano? R- en la sala en el mueble desde que mi mama murió el duerme es allí ¿Cuántos hermanos son ustedes? R-7 ¿su hermano ha tenido algún problema ha cometido algún delito? R-no ¿tiene conocimiento de que su hermano porto algún arma? R-no el jamás ha tenido arma. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué día ocurrieron estos hechos? R-23 de mayo de 2009 ¿de acuerdo a las preguntas que le hace la defensa usted manifiesta que se encontraba en su casa? R-si pero como queda cerca yo veo lo que pasa y me voy hacia allá ¿estaba en su casa? R-si ¿Cómo se dio cuenta? R-escuche la discusión y es por eso que Sali y vi que era mi hermano ¿en que momento de ese transitar de allí a su casa, usted habla con el hermano del occiso? R-en ese mismo instante ellos estaban allí se apartaron y allí me dice agarra a tu hermano que yo agarro al mío, y Nelson Boada y yo fuimos los que los desapartamos, cuando yo llego me voy hacia los Nelson estaba en el bar frente a la placita y yo le digo vamos a desapartar eso y en eso es cuando el difunto le dice vamos hacia arriba a hablar en el río y el va hacia el río a conversar ¿y usted que hace? R-yo entro al negocio cuando yo salgo y ellos vienen yo me voy y les digo vamos para la casa y fue cuando el llamo a mi hermano y yo me llevo a mi hermano hacia la casa y es cuando el lo llama ¿el momento de la discusión antes de esa primer vez que conversaron o después, ya ellos habían discutido? R-si ahí fue cuando ellos agarraron hacia acá hacia mi casa, ahí lo vuelven a llamar pero el no va y ahí empiezan las tirar las piedras ¿entonces hasta donde llego? R- hasta la subidita de la pasarela ¿y desde allí le tiraron las piedras? R- si pero no llego ni a la mitad de la pasarela y allí es cuando me traigo a mi casa ¿Quiénes le acompañaron Nelson, Luis, Belinda y yo? R- ¿el va y se monta en la pasarela y camino un poco quien estaba con usted? R- Belinda, Nelson, Luis y yo ¿a el lo llaman y el va cuando va caminando le lanzaron piedra porque no lo acompañaron R-porque estaban lanzando piedras ¿Cómo hizo para llegar hasta allá ? R-cuando ya el estaba a cerca fue que empezaron a lanzar las piedras ¿su esposo observo todo eso? R-si ¿después que lanzan las piedras ustedes que hicieron? R-no los llevamos para mi casa ¿cerro la puerta? R- si y en mi casa hay una sola llave y es la mía ¿quienes pasaron? R-Maximiliano, Luís y yo ¿y la señora benigna y Nelson que hicieron? R-ellos nunca entraron a la casa ¿el señor Maximiliano se acostó solo? R-si el solo en la sala porque desde que su mama murió el duerme allí ¿Qué tiempo tiene viviendo allí? R-años ¿Cuántos específicamente? R-no me recuerdo ¿pero lo cierto es que el ha estado viviendo allí muchos a los? R-si pero y de quien es la casa es de mi mama ¿el señor Maximiliano llego a vivir en san Félix? R-no yo me fui para caracas pero que recuerde yo creo que si no estoy muy segura ¿usted menciono que su casa tiene dos puertas? R-si pero una esta sellada ¿la salida y entrada de la casa es una sola? R-si la que da hacia la calle ¿y cuando vas al patio como es eso? R- es otra puerta pero da hacia al patio ¿hacia donde da esa otra puerta que usted dice que esta sellado? R- ¿es la misma puerta donde este el estar donde duerme su hermano? R-si ¿su esposo Luís Aguilera que hacia el ese día? R-estaba en el bar la vara onda ¿Cuándo usted llego a desapartar a su hermano donde estaba el? R-en el bar, cerro y salio ¿el trabajaba solo en ese bar? R-no el y yo ¿en algún momento su esposo se regreso para cerrar el negocio? R-el abrió el negocio y después del problema la discusión yo fui y cerré le negocio. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿usted dice que hubo una discusión en la plaza y después se fueron al rio? R- ¿Qué hicieron en el río? R-fue cuando Nelson me dice que se fueron a discutir y cuando me acercó venían del río Nelson y ellos dos ¿Cuándo se regresan ya dejaron de discutir? R-si ¿y en ese río hay piedras? R- si ¿y queda cerca de su casa? R-si ¿Qué hicieron Lucas y su hermano? R-agarraron hacia su casa y cuando el difunto llamo a mi hermano y es cuando el va cerquito, le empezaron a lanzarle piedras ¿a que distancia queda su casa de la pasarela? R- cerquitica ¿a cuántas casas queda su casa de la pasarela? R- como a dos casa frente a la pasarela ¿usted dice que caminaron rápido por la pasarela llamaron a su hermano? R-cuando iban cerquito de la pasarela lo llamaron ¿usted tiene patio se comunica con otra casa? R-si y tiene patio con tapia ¿y se puede brincar? R-no ¿Cuándo llamaron a su hermano y el estaba cerca de la pasarela donde estaba su esposo? R-nosotros íbamos hacia donde estaba el ¿desde la discusión de la plaza se lo llevaron directo a su casa? R-no ¿Cuándo buscan a su hermano en la pasarela? R-no, los llevamos a la casa ¿Quiénes se lo llevaron? R-Nelson, Belinda, Luís y yo ¿se lo llevaron a empujones? R-no ¿su esposo tiene arma? R-no ¿Cómo se protege en el bar? R-sin arma ¿Quién cerro la puerta del bar? R-el la entrejunto ¿Quién cerro el bar? R- yo cerré la puerta de atrás y fui a apagar las luces del bar ¿Dónde estaba usted cuando fue a cerrar el bar? R- en mi casa ¿Quién cerro el bar? R-no recuerdo.
Compareció y declaró en el Juicio Oral la Ciudadana BELINDA DEL VALLE AGUILERA: venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.820.066, quien previo juramento y la advertencia de que el falso testimonio es penado por la Ley, expone: yo lo que se es que ellos tuvieron una discusión y después ella agarro a su hermano y se lo llevo para su casa. Seguidamente lo interroga la Defensora Pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Usted llego a presenciar la discusión? R- yo Salí en la discusión ¿de donde salio usted? R-de mi casa ¿usted acompaño ala señora dorina hasta su casa? R-si con Nelson, Luís y yo ¿en ese momento en que usted los acompaña el señor Maximiliano estaba ebrio? R-estaban tomando ¿Qué pasa cuando llega a la casa de dorina? R- ella acostó a su hermano ¿que vio usted de estos hechos? R-estuvieron discutiendo luego ellos le lanzaron piedras y el los esquivo ¿después que usted sale de su casa y ve la discusión quien se encontraba acompañando al difunto? R-el hermano ¿alguien más? R-no ¿descríbeme esa pasarela? R-matas por los lados las barandas y abajo hay un río ¿Cuándo usted dice usted llego a ver al señor Maximiliano acercarse a los hermanos? R-no ¿Por qué le lanzaron piedras? R-no se pero el estaba esquivando y nosotros esperando para agarro y su hermano llevárselo a la casa ¿Dónde estaba Álvaro y el difunto? R- ellos le lanzaron piedra a Maximiliano ¿del sitio de donde estaba Maximiliano y los hermanos era cerca o lejos? R- ellos estaban del lado arriba y el más abajo ¿Dónde vive el señor Lucas? R-hacia la pasarela ¿y Maximiliano donde vive? R-cerca de mi casa en la calle Cantaura ¿en esa discusión entre Maximiliano usted llegó ayer algún arma? R-no ¿y los hermanos tenían arma? R-no ¿Dónde amaneció muerto? R-no se ¿y como se entero? R-bueno en los pueblos se corre la voz rapidito ¿Dónde estaba usted exactamente cuando se llevaron a Maximiliano? R-lo metimos pa dentro y dure poco ella lo metió cerro y yo me fui ¿Maximiliano y Lucas eran enemigos? R-no se ¿tenia el difunto otros enemigos? R-tampoco se ¿en que fecha paso eso? R-no recuerdo ¿sabe usted quine mato al señor Lucas? R-no ¿usted vive cerca de la casa de Maximiliano? R-si ¿usted escucho alguna detonación? R-no ¿en donde vive el señor Álvaro y el difunto y a la zona y el lugar donde vive Maximiliano se escucha lo que pase en una lado u otro? R- de repente aunque yo no escuche ningún disparo ¿usted dice que ahí paso una discusión y cual fue? R-discutieron ella agarro a su hermano apara su casa ella lo encerró y yo me fui para mi casa ¿Qué se decían? R- no se ¿pelearon con puños? R-no ¿en la casa de Maximiliano cuantas entradas hay? R- la puerta de adelante ¿ellos tienen otra puerta hacia atrás? R- no tiene patio ella tiene piso ¿Dónde lo acostaron? R- no se ¿tu no entraste? R-no ¿no sabes lo que discutían? R-no. Seguidamente lo interroga el Fiscal del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Cuándo usted inicia su exposición menciona que la hermana agarro a su hermano y se lo llevo a su casa, dígame la distancia de donde usted estaba y la discusión? R-ellos estaban en la pasarela y nosotros estábamos mas abajo ¿Quiénes estaban? R-Dorina Nelson Luis y yo ¿Quiénes discutían? R-Maximiliano y el difunto y ambos estaban montados en la pasarela ¿mencionó usted unas piedras? R-si el difuntote empezó a lanzar piedras a Maximiliano ¿Quién es Nelson? R-el es mi esposo ¿y Luis aguilera quien es? R-es mi hermano ¿el día de la discusión usted estaba en compañía de su esposo mi hermano y dorina? R- si ¿en atención a ese vinculo es la casa donde vive su hermano? R-si ¿ha entrado? R-muy poco ¿hay un patio con piso, como se ingresa a ese patio? R-salen por donde salen pasan por la cocina y hay una puerta hacia al fondo ¿hay otra puerta? R-la que es para salir hacia la calle ¿hay otr puerta? R-si pero esta sellada y esa puerta da hacia la calle ¿el señor Nelson en el momento en que se llevan al señor Maximiliano que hace su esposo? R-el entro y salio y se fue conmigo ¿Cuándo usted se llevaba al señor Maximiliano después de la discusión y las piedras como es eso que ustedes se lo llevaron? R-lo llevaba su hermana y lo metió a su cuarto y le paso llave a la puerta. Es todo. Acto seguido y en virtud de no haber objeción por ninguna de las partes, la ciudadana Juez realizó las siguientes preguntas: ¿usted dice que discutían en la pasarela, quien se retira primero? R-ellos agarraron hacia la pasarela y dorina y su hermano para su casa ¿el señor Maximiliano lo siguió? R- no ¿Dónde empezó la discusión? R-cuando yo Sali allí estaban el a psarela ¿para donde sale su hermano? R-estaba abierto y después nos vinimos llevamos a Maximiliano a su casa y nosotros nos vinimos a acostar ¿la puerta de la casa como es? R-es de hierro y solo una abre ¿sabe usted donde duerme el señor Maximiliano? R- no se ¿Cuándo usted dice que cerro la puerta donde se encontraba su hermano luis? R- no se no me di cuenta. Es todo.
4.- DE LOS DOCUMENTALES
Llegada la oportunidad de incorporar las documentales ofrecidas como fuentes de prueba se procedió a hacerlo incorporándose informes de:
1.- Protocolo de autopsia Nº 105-2009, suscrito por la Dra. Anselma Rodríguez, de fecha 23-05-2009, cursante al folio 74 de la primera pieza, practicada al ciudadano Lucas Rafael Morante Gómez.
VALORACIÓN Y MOTIVOS DE LA DECISIÓN
Sobre la base de las fuentes de prueba personales incorporadas durante el debate a los fines de determinar la comisión del hecho punible y la autoría del acusado, este Tribunal observa:
A los informes verbales rendidos por la experta ANSELMA RODRÍGUEZ, deben otorgárseles pleno valor probatorio, en virtud que fueron rendidos con espontaneidad y con la seguridad que les permiten sus funciones como experto anatomopatologo, quien además depuso sin atisbo de dudas sobre el resultado de sus dictámenes periciales; en cuanto a la existencia y causa de la muerte de quien en vida respondiera al nombre de Morante Gómez Lucas, quien expuso que el día 25 de mayo del 2009, ingresó a la morgue del hospital Santos Aníbal Dominicci, un cadáver de sexo masculino, que al examen físico general el cual va desde el cráneo hasta los miembros inferiores, en el presente caso no se observo lesión en el cráneo, bajo al cuello y había un orifico continuó a la cavidad toráxico al nivel del sexto arco costal izquierdo habia una herida producida por arma de fuego, en la región abdominal sin ninguna lesión y en los miembros inferiores no habia lesión, se procede a voltear el cadáver y se observa la lesión a nivel del sexto arco costal izquierdo y sale en la cara lateral del cuello, en la región glútea izquierda hay un orifico de bala, en conclusión el cuerpo presenta dos oficios producidos por armas de fuego, uno en la región glútea y otro en el sexto arco costal que sale por el cuello con una trayectoria de atrás hacia arriba, además de eso se revisa otras lesiones y se encontraron cicatrices antiguas en los arcos del hipocondrio y en los flancos de la región abdominal, una vez examinado externamente se procede a la apertura, abrió el cráneo donde el cuero cabelludo y masa encefálica estaba endeble, abrió el cuello y vió la hemorragia, en la cavidad toráxico observó fractura del sexto arco costal, hemotórax izquierdo y perforación del pulmón izquierdo y del corazón, se reviso el abdomen presentando hemorragia inguinal, por la herida en la parte baja del abdomen, se revisaron los miembros inferiores sin lesiones y se concluyó que el hoy occiso muere por una hemorragia interna desencadenada por una herida de arma de fuego, no se recolecta proyectil porque los dos proyectiles tenían orificio de salida; por lo que este Tribunal valora y le otorga pleno valor probatorio al testimonio de la experto, por haberse determinado la comisión del hecho punible, las causas de la muerte, concluyéndose fehacientemente que el occiso muere por una hemorragia interna desencadenada por heridas por arma de fuego, ya que el cuerpo de la víctima presenta dos orificios producidos por armas de fuego, uno en la región glútea y otro en el sexto arco costal que sale por el cuello con una trayectoria de atrás hacia arriba, es decir, se determinó sin lugar a dudas, que los impactos de bala fueron por la espalda, lo que constituye un indicio en contra del acusado, que será concatenado con los demás medios probatorios, por lo que se reitera el pleno valor probatorio al presente testimonio.
Así mismo merece pleno valor probatorio la declaración del Funcionario PIERO ANTONIO VERA RODRÍGUEZ, quien manifestó que en fecha 23 de mayo del 2009, por instrucciones de la superioridad se ordeno una comisión, hacia el sector bella vista calle Anzoátegui de Yaguaraparo para realizar inspección técnica la cual resulto ser un sitio de suceso abierto, de iluminación natural, correspondiente a una vía publica adyacente a un callejón situado al lado de una vivienda familiar tipo casa, con puerta de metal color blanco, del tipo batiente, con paredes de bloques frisadas y revestida en pintura de color rosado, al final del callejón en el suelo, se encontró el cadáver de una persona del sexo masculino de cubito lateral izquierdo, el cuerpo estaba con vestimenta un pantalón tipo bermuda y se describe el sitio, en horas de la tarde se traslado el cadáver a la morgue del hospital de Carúpano, donde se observo encima de una camilla metálica en posición de cubito ventral, desprovisto de vestimenta y al ser examinado se observaron las siguientes heridas, una en forma circular en la región lumbar izquierda y una herida en forma irregular en la región intercostal izquierdo; con el presente testimonio se evidencia el sitio donde se encontró localizado el cadáver, y las lesiones que presenta, por lo que este testimonio merece pleno valor probatorio, y asimismo al concatenarlo con la declaración de la experto anatomapatólogo es coincidente y concordante, por lo que se ratifica su pleno valor probatorio.
De igual manera depuso el Ciudadano ALVARO LUIS MORANTE GOMEZ, testigo presencial de los hechos quien expuso que salió temprano de su casa a beber y se quedó en un sitio que llaman la pasarela y en eso ve a su hermano que pasa y eran como a las 8:00 de la noche y fue a comprar una botella y le dio un trago de anís y le preguntó que a donde va y le dijo que el está bebiendo donde estaba trabajando desde temprano y de allí el testigo se fue a beber para otro lado con unos amigos y viendo que eran como las 12:00 fue a dar un vuelta para ver si lo veía, y cruzo la pasarela del otro lado, buscando una fiesta para ver si lo veía y siguió derecho y consiguió a su hermano bebiendo allí en toda la placita y le ofreció un trago de anís y se lo bebió y como a los 5 minutos llegó el señor Maximiliano insultándolo y se pusieron a discutir, pero yo pensaba que iban aclarar lo que estaba pasando por que ellos supuestamente habían tenido un problema desde temprano y en eso Maximiliano le dijo a su hermano que se fueran a hablar más para allá y cuando se percata se estaban dando golpes, el testigo los desapartó y le dijo a Maximiliano que se quede quieto que ese era su hermano, por lo que cuando su hermano va por la pasarela para pasar al otro lado, en ese momento Maximiliano lo siguió y el testigo los siguió, manifestando que en la pasarela se intercambiaron piedras los dos y Maximiliano le dijo a su hermano que lo esperara que ya venía y se fue y el testigo se quedó observando a ver si venia porque ya su hermano (el occiso) iba camino a su casa, al ratito ve que viene Maximiliano con un arma en la mano y se alejó como a 10 metros de la pasarela y al ver que cruza como a los 2 minutos, oyó el primer disparo y se alejó más del sitio y como a los 4 minutos escuchó el otro disparo y se volvió a alejar mas, luego se puso a observar para ver cuando pasara y como a los 10 minutos ve que pasa no por la misma parte por donde él se había metido, sino que le dio la vuelta a la manzana y se alejó un poco y en ese momento el testigo decide irse a su casa a ver si había llegado su hermano y todavía no había llegado y le pregunto a su mamá si había llegado pito (el occiso) ya que a su hermano lo apodaban así y entonces su mamá le preguntó que pasaba y le dijo que nada y se quedo esperándolo para ver si llegaba y le pregunto de nuevo a su mamá si había llegado y le dijo que no, en eso se recostó un rato esperándolo y se quedé dormido y como a las 6:00 de la mañana, como a su mamá le tocaba ir a la Universidad y los vecinos ya sabían que estaba su hermano muerto y no le querían decir nada y en eso su mamá se despierta y le dijo que su hermano estaba muerto. A preguntas realizadas contestó que al llegar a la placita se enteró que su hermano en horas temprano había tenido un problema con Maximiliano, de igual manera manifestó que su hermano le había dicho que Maximiliano lo había amenazado y que de ese día no pasaba. De igual manera indicó que al ver a Maximiliano con el arma su reacción fue alejarse porque le dio miedo al oir el primer disparo porque le podían dar a él también, y al escuchar el segundo disparo se alejó más por la vía principal temiendo por su vida; por lo que este testimonio merece pleno valor probatorio en virtud que el mismo fue expuesto sin atisbo de dudas, sin contradicciones, por lo que quedó probado y demostrado con el presente testimonio las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, y el mismo es conteste y concordante con la declaración de la experto anatomopatologo quien indicó que el occiso presentó dos heridas por armas de fuego con trayectoria de atrás hacia adelante, lo cual es coincidente con la declaración del testigo Alvaro Luis Morante Gomez quien indicó que su hermano iba camino a su casa y vio que Maximiliano lo seguía y que logró escuchar dos disparos, por lo que se ratifica su pleno valor probatorio ya que se probó y comprobó como sucedieron los hechos.
Así mismo compareció y declaró en el Juicio Oral y Público el Ciudadano NELSON JOSÉ BOADA, quien expuso que el conocimiento que tiene de los hechos fue que hubo una discusión entre Lucas Morante y Maximiliano, que él estaba presente cuando Maximiliano discutió con Lucas, a preguntas realizadas manifestó que los hechos ocurrieron un fin de semana que estaban en un bar que queda cerca, había mucha gente reunida ahí, que queda cerca de una placita, asimismo indicó que en ese momento habían varias personas ahí presentes, estaba el hermano del difunto (Alvaro Morante), otro que estaba con el difunto que no recordaba su nombre, su cuñado que estaba atendiendo el bar y él; por lo que con el presente testimonio concatenado con el de Alvaro Morante, son contestes en afirmar el sitio del suceso y como ocurrieron los mismos y así se da por probado el tiempo, modo y lugar como ocurrieron los hechos, por lo que este Tribunal le otorga pleno valor probatorio.
Por lo que efectivamente quedó plenamente probado y comprobado en el debate oral y público con los dichos de los testigos concatenado con la declaración de la Experto Dra. Anselma Rodríguez quien practicó la Autopsia Forense al cadáver del ciudadano Lucas Morante Gómez, determinándose las causas de la muerte, concluyéndose fehacientemente que el occiso muere por una hemorragia interna desencadenada por heridas por arma de fuego, ya que el cuerpo de la víctima presentaba dos orificios producidos por armas de fuego, uno en la región glútea y otro en el sexto arco costal que sale por el cuello con una trayectoria de atrás hacia arriba, es decir, se determinó sin lugar a dudas, que los impactos de bala fueron por la espalda, lo que constituye plena prueba y el cuerpo del delito y un indicio en contra del acusado, que concatenados con los demás medios probatorios, como lo son la declaración del experto PIERO ANTONIO VERA RODRÍGUEZ, quien determina sin lugar a dudas el sitio del suceso, que igualmente con la declaración del testigo ALVARO LUIS MORANTE, quien manifestó que posterior a la discusión de Maximiliano con su hermano, Lucas siguió para su casa, que Maximiliano les advirtió que ya regresaba y es cuando lo vio salir con el arma de fuego detrás de Lucas, que Alvaro tuvo que esconderse y luego que escucha el primer disparo se aleja por miedo y temor a su vida y vuelve a escuchar otro disparo, y que luego vio a Maximiliano regresarse en sentido contrario por donde siguió a Lucas, por lo quedó plenamente demostrado sin lugar a dudas que el acusado disparo de atrás hacia delante, por la espalda a la víctima Lucas Morante y que efectivamente fueron dos disparos con trayectoria de atrás hacia delante tal como lo expuso y certifico en sala la experto anatomopatologo. Así mismo y al concatenar dicha declaración con la del ciudadano NELSON BOADA, quedó demostrado el sitio del suceso y que el acusado tuvo una discusión con la víctima en una placita del sector Bella Vista de la población de Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre; por lo que al concatenar dichas declaraciones con la Autopsia practicada, ha quedado demostrado la comisión de un hecho punible como lo es el delito de HOMICIDIO SIMPLE, tipificado en el articulo 405 del Código Penal Venezolano, y asimismo quedó plenamente demostrado la participación del acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRIGUEZ, en la comisión del presente hecho punible.
Ahora bien igualmente comparecieron al Juicio Oral y Público los testigos de la Defensa Ciudadano LUÍS ANIBAL AGUILERA, DORINA RODRÍGUEZ y BELINDA DEL VALLE AGUILERA, y los tres ciudadanos solo se limitaron a indicar, que el acusado y la víctima tuvieron una discusión, ni siquiera se pegaron la mano de encima, la hermana se llevo a su hermano para el otro lado del río, paso la pasarela y la hermana se trajo al hermano para su casa; este Tribunal observa que estos testigos solo se limitaron a manifestar que tuvieron una discusión, uno estaba en el bar, y las ciudadanas en las puertas de sus casas, no en el sitio del suceso, es decir, son testigos referenciales no presenciales, por lo que al no aportar ningún conocimiento de los hechos, este Tribunal no le otorga ningún valor probatorio, por lo que se desestiman los mismos, y queda desvirtuado de esta manera los argumentos defensivos argumentados por la defensa.
Por lo que se ratifica que efectivamente quedó plenamente probado y comprobado en el debate oral y público con los dichos de los testigos concatenado con la declaración de la Experto Dra. Anselma Rodríguez quien practicó la Autopsia Forense al cadáver del ciudadano Lucas Morante Gómez, determinándose las causas de la muerte, concluyéndose fehacientemente que el occiso muere por una hemorragia interna desencadenada por heridas por arma de fuego, ya que el cuerpo de la víctima presentaba dos orificios producidos por armas de fuego, uno en la región glútea y otro en el sexto arco costal que sale por el cuello con una trayectoria de atrás hacia arriba, es decir, se determinó sin lugar a dudas, que los impactos de bala fueron por la espalda, lo que constituye plena prueba y el cuerpo del delito y un indicio en contra del acusado, que concatenados con los demás medios probatorios, como lo son la declaración del experto PIERO ANTONIO VERA RODRÍGUEZ, quien determina sin lugar a dudas el sitio del suceso, que igualmente con la declaración del testigo ALVARO LUIS MORANTE, quien manifestó que posterior a la discusión de Maximiliano con su hermano, Lucas siguió para su casa, que Maximiliano les advirtió que ya regresaba y es cuando lo vio salir con el arma de fuego detrás de Lucas, que Alvaro tuvo que esconderse y luego que escucha el primer disparo se aleja por miedo y temor a su vida y vuelve a escuchar otro disparo, y que luego vio a Maximiliano regresarse en sentido contrario por donde siguió a Lucas, por lo quedó plenamente demostrado sin lugar a dudas que el acusado disparo de atrás hacia delante, por la espalda a la víctima Lucas Morante y que efectivamente fueron dos disparos con trayectoria de atrás hacia delante tal como lo expuso y certifico en sala la experto anatomopatologo. Así mismo y al concatenar dicha declaración con la del ciudadano NELSON BOADA, quedó demostrado el sitio del suceso y que el acusado tuvo una discusión con la víctima en una placita del sector Bella Vista de la población de Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre; por lo que al concatenar dichas declaraciones con la Autopsia practicada, ha quedado demostrado la comisión de un hecho punible como lo es el delito de HOMICIDIO SIMPLE, tipificado en el articulo 405 del Código Penal Venezolano, y asimismo quedó plenamente demostrado la participación del acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRIGUEZ, en la comisión del presente hecho punible.
III
DE LA DECISION
El Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, atendiendo a los hechos y circunstancias objeto del juicio, a las pruebas evacuadas en el curso del mismo, cuyo análisis y valoración fueron expuestos arribando a las conclusiones señaladas en el capítulo que antecede, a los fines de establecer los hechos que resultaron acreditados en el debate y la culpabilidad del acusado, apreciadas las pruebas recibidas sobre la base del artículo 22 del código Orgánico Procesal Penal, concluye que debe declararse CULPABLE al acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRÍGUEZ, Venezolano, edad 39 años, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.439.751, nacido en Yaguaraparo, Municipio Cajigal, de profesión u oficio Agricultor y domiciliado en calle Cantaura, casa Nº 42, Yaguaraparo Municipio Cajigal Estado Sucre y en consecuencia que debe dictársele SENTENCIA CONDENATORIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal; por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal y siendo que la pena normalmente aplicable es el término medio sobre la base del artículo 37 del Código Penal, se establece entonces que la pena definitiva a imponer es de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN por el delito de Homicidio Intencional Simple, más las accesorias de Ley conforme al artículo 13 del Código Penal y su respectiva condena en costas y así debe decidirse.
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; Extensión Carúpano, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Se declara CULPABLE y en consecuencia se CONDENA al ciudadano: MAXIMILIANO RAFAEL RODRÍGUEZ, Venezolano, edad 39 años, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.439.751, nacido en Yaguaraparo, Municipio Cajigal, de profesión u oficio Agricultor y domiciliado en calle Cantaura, casa Nº 42, Yaguaraparo Municipio Cajigal Estado Sucre; a cumplir la pena principal de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias de Ley, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta Ciudad, por encontrarlo incurso en la comisión del delito HOMICIDIO SIMPLE, tipificado en el articulo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la Victima LUCAS RAFAEL MORANTE GÓMEZ (occiso). Segundo: Se acuerda mantener al acusado bajo la medida privativa de Libertad, en virtud de la sentencia condenatoria dictada en su contra, en el Internado Judicial de esta Ciudad. Tercero: La pena principal impuesta para el acusado MAXIMILIANO RAFAEL RODRÍGUEZ, se terminara de cumplir, aproximadamente en fecha 23-05-2022. Cuarto: Por cuanto la presente sentencia fue dictada dentro del lapso legal quedan debidamente notificados los presentes de la presente sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Quinto: Remítase la presente causa en su debida oportunidad a la Fase de Ejecución una vez transcurrido el lapso legal de apelación.
LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO
ABG. MARIA WETTER FIGUERA
LA SECRETARIA
ABG. OSNELIN CEDEÑO
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