REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 16 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2009-000212
ASUNTO : RP01-D-2009-000212
Este Juzgado efectuó audiencia en presencia de las partes, para que acreditara el cumplimiento el sancionado xxxxxx; quien fue sancionado a cumplir la medida de cuatro (04) meses de regla de conducta por la comisión del delito de Uso de Sustancias Explosivas, previsto en el artículo 12 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio del Estado Venezolano.
LA JUEZ INFORMO A LAS PARTES
La presente audiencia se fijo por cuanto el sancionado de autos no ha cumplido en un determinado lapso con la sanción impuesta y visto ello, se fija la presente a objeto de que acredite el cumplimiento de la sanción que le fue impuesta o bien justifica el porque no ha cumplido hasta al presente fecha, todo ello conforme al contenido de los artículos 646 y 647 literal E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
EXPOSICIÓN DEL SANCIONADO
El sancionado previamente impuesto del artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del contenido del Articulo 8, Literal “G” de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, y Articulo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, Literal “G” de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, y Articulo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, que lo exime de declarar en causa propia seguida en su contra, y en caso de hacerlo, lo hará sin juramento, libre de coacción o apremio, quien manifestó; “Yo estoy trabajando voluntariamente xxxxxxxxx, y el dinero para la fabricación los bollos me los da el xxxxxxxxx, yo me comprometo a traer una constancia, me estoy portando bien y no me he metido mas en problemas “. Es todo.
EXPOSICIÓN DE LA DEFENSA DEL SANCIONADO
De seguida se le cede la palabra a la Defensora Publica quien expone: “ … Solicito que practique cómputo de la Sanción y en caso de que la constancia cubra el término de la sanción solicito el cese de la misma. Es todo …”.
EXPOSICIÓN DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Se le cede la palabra a la Representación Fiscal y expone, “ … Estará atenta al cumplimiento de la sanción impuesta y no tiene nada que agregar…”. Es todo.
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda con lugar lo solicitado por la defensa a favor del sancionado xxxxxxxx; quien fue sancionado a cumplir la medida de cuatro (04) meses de regla de conducta por la comisión del delito de Uso de Sustancias Explosivas, previsto en el artículo 12 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio del Estado Venezolano.
Conforme a la Circular N° 139-2008, de fecha 11-11-2008, remitida por el Juez Presidente encargado del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Dr. Julián Gregorio Hurtado Lozano, se ordena al Secretario del Despacho, gestionar lo pertinente para que el funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, al momento de incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la pagina Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele por que no se vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que pudieran emerger ya sea en calidad de victima o imputado, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 65, 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.
Arelis González Rondón
Juez de Ejecución
Sección Adolescentes
La Secretaria
Abg. Rosa María Marcano