REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
JUZGADO SEXTO DE CONTROL
CUMANA
Cumaná, 23 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-002505
ASUNTO : RP01-P-2010-002505
AUTO ACORDANDO
MANDATO DE CONDUCCIÓN
Por recibido escrito procedente de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de este Circuito Judicial y suscrito por el Abogado EDGAR RANGEL PARRA, mediante el cual solicita de este Juzgado se expida MANDATO DE CONDUCCION, para hacer comparecer ante ese despacho fiscal el día 27 de julio de 2010 a las nueve de la mañana a los ciudadanos DOLLYS LEONOR MAGO OLIVEIRA, con cédula de identidad N° 12.270.797, MARÍA SOCORRO RODRIGUEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.110.650, YENNY DEL VALLE GONZALEZ, portadora de la cédula de identidad N° 16.142.994, FELIX MONTES RAMOS, tenedor de la cédula de identidad N° 8.641.913, MARIA ANGELICA FARIAS ARCIA, con cédula de identidad N° 19.082.202, OSCAR JOSÉ RIVAS, titular de la cédula de identidad N° 6.767.515, MAIQUERIA CECILIA LEMUS, portadora de la cédula de identidad N° 15.741.580, RENE JESUS SIONCHE ANTON, tenedor de la cédula de identidad 18.847.431, ANULFO JOSE RODRIGUEZ, con cédula de identidad N° 16.702.896, ANTONIETA DECIREE VELASQUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.996.710, MARTHA LAURA MARCHAN, portadora de la cédula de identidad N° 10.952.286, NEREYDIS RODRIGUEZ PATIÑO, tenedora de la cédula de identidad N° 24.873.061, NEISBEL LAYA HERNANDEZ, con cédula de identidad N° 18.210.079, JUAN PABLO BRITO, titular de la cédula de identidad N° 16.341.309, PEDRO BOADA GUERRA, portador de la cédula de identidad N° 19.239.021, JHON ROJAS CARDIET, tenedor de la cédula de la identidad 20.575.647, FERNANDO LUIS MOREY, con cédula de identidad N° 8.636.884, LUIS ANTONIO LANZA, titular de la cédula de identidad N° 20.346.238, LUIS EDUARDO GALANTÓN AMAYA, portador de la cédula de identidad N° 20.993.990, YENIFER MARTINEZ VALERIO, tenedor de la cédula de identidad N° 25.100.247, CARLOS JOSE GONZALEZ, con cédula de identidad N° 17.911.724, JUAN MIGUEL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.662.757, EDUARDO JESUS NAVARRO RANGEL, portador de la cédula de identidad N° 18.904.431, DAYANA GOMEZ GONZALEZ, tenedora de la cédula de identidad N° 15.576.138, CARMEN TERESA GIL, con cédula de identidad N° 19.082.199, FRANCHESKA CHARLES GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.892.063, CARLOS PRADA SUAREZ, portador de la cédula de identidad N° 16.701.746, JOSE GREGORIO VELASQUEZ, tenedor de la cédula de identidad N° 17.539.145, ROSA ELVIRA ANDRADES, titular de la cédula de identidad N° 11.379.021, PEDRO JOSE CARREÑO, portador de la cédula de identidad N° 18.905.257, JOSE FRANCISCO MENDOZA MAGO, tenedor de la cédula de identidad N° 19.980.248, ASDRUBAL ALEXANDER CARREÑO, con cédula de identidad N° 22.626.380, MARIA ELOINA MALAVE, titular de la cédula de identidad N° 14.885.257, CARLOS DOMINGO MARCANO, portador de la cédula de identidad N° 13.836.356 y NANCY ANTON RONDON, tenedora de la cédula de identidad N° 15.360.358, residenciados todos en la Avenida Cancamure, al lado de la Urbanización Agua Luz (invasión), Cumaná, Estado Sucre, a fin de ser impuestos del Delito de Invasión, en la causa N° 19F3-1C-156-2010, que adelanta la Fiscalía solicitante; y siendo que consta a las actuaciones la emisión de citaciones por parte del Despacho Fiscal, y habiéndose integrado comisión policial para su práctica, se trasladan al sector y son recibidos por la ciudadana Miriam Rengel, con cédula de identidad N° 11.452.961, quien manifestó ser coordinadora, negándose a recibir las Boletas de Citaciones emitidas, lo que se desprende de la actuación policial que se describe al folio 154, por lo que se estima ajustada a derecho la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia a los fines de materializar la garantía del debido proceso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 310 del Código Orgánico Procesal Penal y 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial SE ACUERDA EXPEDIR MANDATO DE CONDUCCION, para que con el uso de la fuerza pública y con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sean conducidos de manera inmediata a los ciudadanos DOLLYS LEONOR MAGO OLIVEIRA, con cédula de identidad N° 12.270.797, MARÍA SOCORRO RODRIGUEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.110.650, YENNY DEL VALLE GONZALEZ, portadora de la cédula de identidad N° 16.142.994, FELIX MONTES RAMOS, tenedor de la cédula de identidad N° 8.641.913, MARIA ANGELICA FARIAS ARCIA, con cédula de identidad N° 19.082.202, OSCAR JOSÉ RIVAS, titular de la cédula de identidad N° 6.767.515, MAIQUERIA CECILIA LEMUS, portadora de la cédula de identidad N° 15.741.580, RENE JESUS SIONCHE ANTON, tenedor de la cédula de identidad 18.847.431, ANULFO JOSE RODRIGUEZ, con cédula de identidad N° 16.702.896, ANTONIETA DECIREE VELASQUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.996.710, MARTHA LAURA MARCHAN, portadora de la cédula de identidad N° 10.952.286, NEREYDIS RODRIGUEZ PATIÑO, tenedora de la cédula de identidad N° 24.873.061, NEISBEL LAYA HERNANDEZ, con cédula de identidad N° 18.210.079, JUAN PABLO BRITO, titular de la cédula de identidad N° 16.341.309, PEDRO BOADA GUERRA, portador de la cédula de identidad N° 19.239.021, JHON ROJAS CARDIET, tenedor de la cédula de la identidad 20.575.647, FERNANDO LUIS MOREY, con cédula de identidad N° 8.636.884, LUIS ANTONIO LANZA, titular de la cédula de identidad N° 20.346.238, LUIS EDUARDO GALANTÓN AMAYA, portador de la cédula de identidad N° 20.993.990, YENIFER MARTINEZ VALERIO, tenedor de la cédula de identidad N° 25.100.247, CARLOS JOSE GONZALEZ, con cédula de identidad N° 17.911.724, JUAN MIGUEL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.662.757, EDUARDO JESUS NAVARRO RANGEL, portador de la cédula de identidad N° 18.904.431, DAYANA GOMEZ GONZALEZ, tenedora de la cédula de identidad N° 15.576.138, CARMEN TERESA GIL, con cédula de identidad N° 19.082.199, FRANCHESKA CHARLES GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.892.063, CARLOS PRADA SUAREZ, portador de la cédula de identidad N° 16.701.746, JOSE GREGORIO VELASQUEZ, tenedor de la cédula de identidad N° 17.539.145, ROSA ELVIRA ANDRADES, titular de la cédula de identidad N° 11.379.021, PEDRO JOSE CARREÑO, portador de la cédula de identidad N° 18.905.257, JOSE FRANCISCO MENDOZA MAGO, tenedor de la cédula de identidad N° 19.980.248, ASDRUBAL ALEXANDER CARREÑO, con cédula de identidad N° 22.626.380, MARIA ELOINA MALAVE, titular de la cédula de identidad N° 14.885.257, CARLOS DOMINGO MARCANO, portador de la cédula de identidad N° 13.836.356 y NANCY ANTON RONDON, tenedora de la cédula de identidad N° 15.360.358, residenciados todos en la Avenida Cancamure, al lado de la Urbanización Agua Luz (invasión), Cumaná, Estado Sucre, a fin de ser impuestos de investigación iniciada por el Delito de Invasión, en la causa N° 19F3-1C-156-2010, que adelanta la Fiscalía solicitante; hasta la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción que deberá efectuarse el día 27 de julio de 2010, a las 9:00 de la mañana; en consecuencia a los fines de su ejecución por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, se acuerda la remisión del mandato a su Comandante junto con Oficio al Director General del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines de que gire las instrucciones pertinentes, asimismo se ordena que el o los funcionarios autorizados para su ejecución, presenten junto con el Mandato de Conducción, sus respectivas credenciales y se acuerda remitir inmediatamente las presentes actuaciones al despacho fiscal. Cúmplase.
LA JUEZ SEXTA DE CONTROL
ABOG. CARMEN LUISA CARREÑO
LA SECRETARIA
ABOG. MARÍA ALEJANDRA JIMÉNEZ
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