REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO PRIMER CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

CUMANA, 07 DE JULIO DE 2010
200º Y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 02 de Julio de 2010, por la abogada YULMAYN J. GALANTON DIAZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.976.674, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.570, actuando en este acto en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano WOLFAN FUENTES venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro V- 5.706.798, mediante la cual desisten del Recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 01 de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y por cuanto este desistimiento no resulta violatorio del orden publicó ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO de la apelación, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Asimismo ordena se remita el presente expediente al Tribunal de la causa en su oportunidad legal. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumanà, a los Siete (07) días del mes de Julio de 2.010. Años 200º de la Independencia y 151º de la federación
EL JUEZ SUPERIOR

ABOG. FRANK A. OCANTO MUÑOZ
LA SECRETARIA

ABOG. NEIDA J. MATA

NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 11:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA

ABOG. NEIDA J. MATA


EXPEDIENTE Nº 10-4773
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
MOTIVO: REIVINDICACION
(DESISTIMIENTO – SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN)