REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
199° y 150°

Cumaná, 10 de febrero de 2010.


Vista la diligencia estampada por la ciudadana JERYARLIS CAROLINA ROMERO GUZMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.576.745, debidamente asistido por el Abg. DIEGO GARCIA URQUIOLA, inscrito en el IPSA bajo el nº 18.884, en el la cual solicita le sea liberada la cuenta de ahorro aperturada por este Tribunal a su nombre; dada cuenta a la ciudadana jueza de la misma; y por cuanto se observa que de la entidad Bancaria no se le dio cumplimiento al oficio Nº SJ-09-924, de fecha 31-07-2009, en el cual se ordenó la apertura de de una cuenta de ahorros mediante el débito de la cantidad de Bs. 2.340,32 de la Cuenta Corriente del Tribunal; este Tribunal acuerda dejar sin efecto dicho oficio y hacer entrega de la cantidad antes indicada a la ciudadana JERYARLIS CAROLINA ROMERO GUZMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.576.745, mediante cheque girado contra la cuenta corriente del Tribunal. Por cuanto no existen elementos que justifiquen la permanencia del presente expediente en el Tribunal, se ordena el cierre de la causa y el archivo del presente expediente. Líbrese Oficio
La Jueza Nro. 2

Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


La Secretaria



MEG/icr
EXP. TP2-1624-09
Causa: Disposición de Bienes