REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 25 de Febrero de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000889
ASUNTO : RP01-P-2009-000889

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA CONDENATORIA
POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS
PENADO: OLIVER ALEXANDER FARIAS GONZÁLEZ.

Recibidas las presentes actuaciones, se evidencia de los autos que en celebración de acto de Juicio Oral y Público de fecha 02 de Febrero de 2010, según acta inserta a los folios veinticuatro (24) al veintiséis (26) de la segunda pieza del presente Expediente, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, condenó al ciudadano: OLIVER ALEXANDER FARIAS GONZÁLEZ, Venezolano, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.407.506, de estado civil soltero, de ocupación sin oficio pescador y albañil, domiciliado Campeche, calle 4 casa Nº 23 y Valle Verde, Sector Caiguire por el cementerio del Estado Sucre; teléfono 0414- 809-13-61; ( teléfono de la Mamá Geisha Josefina González); a cumplir la pena de: UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de: LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EMILIO RAFAEL RIVAS GONZALEZ; es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
Primero: Siendo que el penado OLIVER ALEXANDER FARIAS GONZÁLEZ fue detenido el día 08 de MARZO del año 2009, según acta policial cursante al folio diez (10) de la primera pieza procesal, hasta el día 02 de FEBRERO de 2009, fecha esta en la cual fue puesto en libertad, mediante medida cautelar sustitutiva a la privación de la libertad que dictase el Juzgado Primero de Juicio, se puede concluir tienen una pena corporal efectiva cumplida de DIEZ (10) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, por ende le falta por cumplir de la pena impuesta, CINCO (5) MESES Y SEIS (6) DIAS DE PRISION, pena que finalizará en fecha: 01 de AGOSTO del 2.010.-
Segundo: Por cuanto el penado OLIVER ALEXANDER FARIAS GONZÁLEZ fue condenado por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EMILIO RAFAEL RIVAS GONZALEZ; a una pena inferior a cinco (05) años, con fundamento en lo previsto en el artículo 493 numeral 2° y aparte in fine del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que la pena impuesta es de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN resulta procedente en derecho que el mismo pueda optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
DISPOSITIVA
Conforme a los argumentos antes esgrimidos y en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano OLIVER ALEXANDER FARIAS GONZÁLEZ, Venezolano, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.407.506, de estado civil soltero, de ocupación sin oficio pescador y albañil, domiciliado Campeche, calle 4 casa Nº 23 y Valle Verde, Sector Caiguire por el cementerio del Estado Sucre; teléfono 0414- 809-13-61; ( teléfono de la Mamá Geisha Josefina González), quien fuera condenado a cumplir la pena de: UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de ley por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EMILIO RAFAEL RIVAS GONZALEZ. Líbrese boleta de Notificación al penado de autos OLIVER ALEXANDER FARIAS GONZÁLEZ, quien se encuentra en libertad, indicándole que una vez que reciba la notificación deberá comparecer por ante este Tribunal a los fines de ser impuesto de la presente decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario para la práctica de los exámenes de rigor al penado debiendo indicar que se encuentra en libertad; oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines de que remita a este Despacho los antecedentes penales que pudiera tener los penados. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia en materia de Ejecución de Sentencias y remítasele anexo copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a la Defensa. Remítanse las presentes actuaciones al ARCHIVO CENTRAL. Líbrese las Notificaciones y Oficio ordenado. Así se decide.
El Juez Primero de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
El Secretario,
ABG. ALEJANDRO RODRIGUEZ REAL.