REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 9 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-005106
ASUNTO : RP01-P-2009-005106
Visto el contenido del escrito presentado en fecha 8/102/10, suscrito por el ciudadano abogado JOSÉ JAIME MÁRQUEZ inscrito en el I. P .S .A. bajo el Nº 132.375 en su carácter de Defensor del imputado FELIX JOSÉ DE LA ROSA, plenamente identificado en las presentes actuaciones; mediante la cual solicita a este Tribunal, el cambio de sitio de reclusión de su auspiciado hasta el Internado Judicial de esta ciudad, en virtud de que el mismo se encuentra recluido actualmente en la sede de la Comandancia General de Policía de esta ciudad y su vida e integridad física corre peligro, Este tribunal a fin de proveer lo conducente, pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones: en atención a los planteamientos realizados en el escrito presentado en fecha 08/02/10; analizando la contingencia, en la que se encuentran los calabozos del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, y atendiendo a los lineamientos impartidos desde el Tribunal Supremo de Justicia, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA el traslado del imputado FELIX JOSÉ DE LA ROSA,, a las instalaciones del Internado Judicial del Estado Sucre, exhortándosele al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, prestar la colaboración institucional, en el sentido de realizar el trasladado acordado a la brevedad posible dada las circunstancias que rodean los planteamientos traídos a este Tribunal.- Líbrese oficios respectivos al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y al Director del Internado, notificándosele del traslado acordado en los términos indicados, con sus respectivas boletas.-Líbrese lo conducente.Cúmplase.
Jueza Segundo De Control
Abg. Gilberto Carlos Figuera
La Secretaria
Abg. Rosiflor Blanco
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 9 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-005106
ASUNTO : RP01-P-2009-005106
Visto el contenido del escrito presentado en fecha 8/102/10, suscrito por el ciudadano abogado JOSÉ JAIME MÁRQUEZ inscrito en el I. P .S .A. bajo el Nº 132.375 en su carácter de Defensor del imputado FELIX JOSÉ DE LA ROSA, plenamente identificado en las presentes actuaciones; mediante la cual solicita a este Tribunal, el cambio de sitio de reclusión de su auspiciado hasta el Internado Judicial de esta ciudad, en virtud de que el mismo se encuentra recluido actualmente en la sede de la Comandancia General de Policía de esta ciudad y su vida e integridad física corre peligro, Este tribunal a fin de proveer lo conducente, pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones: en atención a los planteamientos realizados en el escrito presentado en fecha 08/02/10; analizando la contingencia, en la que se encuentran los calabozos del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, y atendiendo a los lineamientos impartidos desde el Tribunal Supremo de Justicia, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA el traslado del imputado FELIX JOSÉ DE LA ROSA,, a las instalaciones del Internado Judicial del Estado Sucre, exhortándosele al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, prestar la colaboración institucional, en el sentido de realizar el trasladado acordado a la brevedad posible dada las circunstancias que rodean los planteamientos traídos a este Tribunal.- Líbrese oficios respectivos al Comandante General de Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y al Director del Internado, notificándosele del traslado acordado en los términos indicados, con sus respectivas boletas.-Líbrese lo conducente.Cúmplase.
Jueza Segundo De Control
Abg. Gilberto Carlos Figuera
La Secretaria
Abg. Rosiflor Blanco