REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 12 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-000537
ASUNTO : RP01-P-2010-000537
Por cuanto observa este Tribunal que en fecha 18 de Febrero de 2009, se libró Mandato de Conducción al ciudadano CONNEL RAMÓN ESPINOZA MORENO, titular de la cedula de identidad Nº 8.444.929, de conformidad con lo previsto en los artículos 309 y 310 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el mismo es requerido por la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con Competencia Ambiental, y visto asimismo, que revisadas las presentes actuaciones se puede observar que no consta en las presentes actuaciones resulta del oficio Nº 5C-1885-09, de fecha 18-02-2009, dirigido al Comandante General de Policía de esta ciudad, mediante el cual este Tribunal ordenó Mandato de Conducción en contra del mencionado ciudadano, a los fines de que sea trasladado hasta las Instalaciones de este Circuito Judicial Penal debiendo respetarse sus derechos constitucionales, y en virtud de que no consta las resultas del mencionado oficio, este Tribunal considera pertinente antes de emitir pronunciamiento acerca de la Orden de Aprehensión solicitada, librar oficio al ciudadano Comandante de Policía de esta ciudad a los fines de informar a este Tribunal el resultado del Mandato de Conducción ordenado por este Tribunal en fecha 18-02-2009. Líbrese lo conducente. Notifíquese a la representante del Ministerio Público. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control
Abg. Gilberto Carlos Figuera
La Secretaria
Abg. Rosiflor Blan