REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Circuito Judicial Penal del Estado Sucre
Cumaná, 01 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO N°: RP01-X-2010-000001

PONENTE: Dra. Cecilia Yaselli Figueredo


Vista la Inhibición planteada por la abogada LOURDES SALAZAR, actuando con el carácter de Jueza Primera de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano de conocer la causa Nº RP11-P-2009-002723, seguida a la ciudadana ZORAIDA MARGARITA MUZIOTTI LÓPEZ, por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACIÓN Y DAÑOS previstos y sancionados en los artículos 442 y 473 del Código Penal en perjuicio de EUQUERIA LEONIDAS NUÑEZ MARVAL, esta Corte de Apelaciones pasa a decidir en los términos siguientes:

Fundamenta la Jueza Primero de Juicio su INHIBICIÓN de la manera siguiente:

“ Revisada como ha sido la presente causa seguida contra la ciudadana por la presunta participación en la comisión de los delitos de ZORAIDA MARGARITA MUZIOTTI LÓPEZ, por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACIÓN Y DAÑOS previstos y sancionados en los artículos 442 y 473 del Código Penal en perjuicio de EUQUERIA LEONIDAS NUÑEZ MARVAL, cuyo conocimiento corresponde al Tribunal Primero de Juicio por mi representado y por cuanto con la querellada, ciudadana ZORAIDA MARGARITA MUZIOTTI LÓPEZ, y su familia, me une una ESTRECHA AMISTAD por mas de TREINTA (30) AÑOS, ya que la misma y su familia mantienen con mi persona y mi familia dicha amistad, aunado al hecho de que durante por mas de ese tiempo, hemos sido vecinos y mantenido relaciones comerciales; motivo por el cual considero que me encuentro incursa en el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que procedo a plantear mi inhibición obligatoria, en conformidad con el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal n fundamento en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 86 del referido cuerpo adjetivo penal, es decir POR AMISTAD MANIFIESTA, con cualquiera de las partes.



Establece el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, que invoca la Jueza Primera de Juicio, lo siguiente:

“Articulo 86: Causales de Inhibición y recusación. Los jueces profesionales, escabinos, fiscales del Misterio Público, secretarios, expertos o intérpretes, y cualesquiera otros funcionarios del Poder Judicial, pueden ser recusados por las causales siguientes

Numeral 4: “Por tener con cualquiera de las partes amistad o enemistad manifiesta.”

En el caso que nos ocupa, este Tribunal de Alzada considera, que el hecho de que la abogada LOURDES SALAZAR, actuando con el carácter de Jueza Primera en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, tenga amistad manifiesta con la acusada ZORAIDA MARGARITA MUZIOTTI LÓPEZ, representa un motivo grave que pudiera afectar su Imparcialidad, por lo que en aras de una Sana y Justa Administración de Justicia y en busca de garantizar la imparcialidad que debe reinar en todo Proceso Penal, esta instancia superior considera procedente declarar CON LUGAR la inhibición planteada, en base al contenido del numeral 4 del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.-


D E C I S I Ó N

Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por la abogada LOURDES SALAZAR, actuando con el carácter de Jueza Primera de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano de conocer la causa Nº RP11-P-2009-002723, seguida a la ciudadana ZORAIDA MARGARITA MUZIOTTI LÓPEZ, por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACIÓN Y DAÑOS previstos y sancionados en los artículos 442 y 473 del Código Penal en perjuicio de EUQUERIA LEONIDAS NUÑEZ MARVAL,, conforme al numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena la remisión de las presentes actuaciones al Juez que le corresponde de acuerdo al sistema de distribución que impera en este proceso penal.-
Publíquese, regístrese y bájense las presentes actuaciones al Tribunal de origen a los efectos de las notificaciones respectivas y la remisión al Juez correspondiente.
El Juez Presidente,
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO.

La Jueza Superior, (ponente),
DRA. CECILIA YASELLI FIGUEREDO
El Juez Superior,
SAMER ROMHAIN MARÍN
La Secretaria
Abg. ODILMARYS MARTINEZ

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
La Secretaria
Abg. ODILMARYS MARTINEZ
CYF/mcra.-