REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano
Carúpano, siete (07) de Enero de dos mil diez (2010)
198º y 149º

RESOLUCIÓN

N° DE EXPEDIENTE: RP21-L-2008-000126
PARTE ACTORA: NARCISO GUERRA GUERRA
ABOGADO ASISTENTE PARTE ACTORA: ALEX GONZALEZ GARCIA
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE IRAPA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, jueves siete (07) de Enero de dos mil diez (2010), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, referente a la causa seguida bajo el expediente Nº RP21-L-2008-000126, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales, intentada por el NARCISO GUERRA GUERRA contra la FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE IRAPA, se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, sin hacerse presente persona alguna, por lo que se deja constancia de la INCOMPARECENCIA DE AMBAS PARTES tanto de la demandante, como de la demandada, ni por si, ni por medio de apoderados algunos. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, en consecuencia este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo previsto en el artículo 129 en concordancia con el artículo 6 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, declara la declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO, TERMINADO EL PROCEDIMIENTO y ORDENA EL ARCHIVO de la presente causa una vez que hayan transcurridos cinco (5) días hábiles, contados a partir de la presente decisión, sin que la parte haga uso de los recursos que considere pertinentes,

Se elabora la siguiente RESOLUCIÓN siendo las once de la mañana (11:00 m), la cual será suscrita por el juez y la secretaria, PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
LA JUEZ


Abg. Marlene Yndriago Díaz
La Secretaria

Abg. Sara García