En el día de hoy catorce (14) de enero del año dos mil diez (2.010), siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), se trasladó el Tribunal, conformado por la Dra. Yrma Figuera de Rivera, en su condición de Jueza Titular Ejecutora de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, y el Abg. Omar Quijada Zapata, Secretario del mismo; en compañía de la ciudadana: Marilyn Jesús Brito Ordosgoittti, parte ejecutante, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.442.231, del Abogado en ejercicio: Jacinto José Romero Luna, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 75.105, quien asiste a la ejecutante; del Auxiliar de Justicia: Victor Julio Jiménez González, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.300.726 y de la Comisión de la Policia Municipal del Municipio Bermúdez del Estado Sucre conformada por los funcionarios: Detective de 3era Jesús del Valle Moya Pérez y Agente Leandro Oliveros, titulares de la cédula de Identidad Nros 15.113.887 y 18.592.311; Constituyéndose, siendo las tres y cinco minutos de la tarde (3:05 p.m.) en la Avenida Universitaria, Quinta Dani, Sector Canchunchú Nuevo, Parroquia Santa, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a los fines de Ejecutar la Medida de Secuestro decretada por el Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre y en tal sentido hacer entrega del vehículo perteneciente al de cuyus Juan Carlos Caraballo González, Modelo: Yaris 5 puertas; Placas: RAM-756, serial de Carrocería JTDKW923265005974, Serial de Motor: 2NZ3853328, Color: Plata, Clase: Automóvil, Tipo: sedán, Uso: Particular.- Acto seguido y constituido como se encuentra el Tribunal en el sitio antes señalado notifica de su misión al ciudadano: José Jesús Caraballo Bastardo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 530.947, quien fue designado como Depositario Judicial del referido vehículo, por este mismo Tribunal Ejecutor en acto de fecha 07/10/2009 y al cual se le concede un lapso de treinta (30) minutos para que se comunique con un abogado de su confianza, a fin de garantizarle el derecho a la defensa y el debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 en concordancia con el 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- En este estado se hace presente la Abogada en ejercicio: Arelys González Caraballo, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 43.532, quien manifiesta estar presente en este acto a fin de asistir al notificado y Depositario Judicial, ciudadano: José Jesús Caraballo González, antes identificado y expone: Mi asistido renuncia en este acto al cargo de Depositario Judicial del Vehículo descrito en el presente acta, cargo este al cual fue designado en acta de fecha 07/10/2009, por este Juzgado Ejecutor de Medidas.- Acto seguido el Tribunal designa como Perito Avaluador al ciudadano: Victor Julio Jiménez González, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. 4.300.726; quien estando presente acepta el cargo y presta juramento de ley a los fines de dejar constancia de las condiciones actuales del vehículo objeto de la presente medida; exponiendo: El vehículo se encuentra en perfectas condiciones de conservación, mantenimiento y funcionamiento; se verificó que el motor enciende y funciona correctamente, también el aire acondicionado, las luces; la tapicería se encuentra en perfecto estado, tiene los cauchos nuevos, la pintura y el aspecto exterior está libre de detalles; señalando igualmente que sus cauchos son cuatro (04) Brigestone Potenza 185/60/R15-84H, en muy buen estado, con cuatro (04) rines de magnesio originales Toyota; un (01) equipo de sonido conformado por : un (01) reproductor de DVD/CD de pantalla retractil, marca: Pioneer; cuatro (04) cornetas tipo “triaxiales de 1.500 W con su cajón y una (01) corneta tipo “bajo”, marca: Sony xplod de 1500 W con su cajón y una (01) batería marca Fulgor, es todo.- En este estado el Tribunal deja constancia que al sitio donde se está practicando la medida se presentaron algunas personas quienes manifestaron pertenecer a la Junta comunal del Sector y que no permitirían que el vehículo saliera del estacionamiento “garage” donde se encuentra; motivo por el cual este Juzgado solicita vía telefónica el apoyo de la policía Municipal de este, Municipio Bermúdez.- Siendo las tres y cincuenta minutos de la tarde (3:50 p.m.)se hizo presente en el sitio una comisión de funcionarios de la mencionada institución policial, retirándose del lugar las personas que obstaculizaban la práctica de la presente medida.- Acto seguido y dando cumplimiento con lo ordenado por el Juzgado comitente, el Tribunal hace formal entrega del vehículo antes descrito, que es objeto de la presente medida y que fue secuestrado en fecha 07/10/2009; al ciudadano: Cruz Miguel González Gil, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.360.648; quien fue designado como correo especial y chofer a los fines de que conduzca el vehículo antes descrito hasta la Sede del Juzgado comitente en la ciudad de El Tigre; dejando constancia expresa de la renuncia del cargo que como Depositario Judicial efectuase por el notificado, ciudadano: José Jesús Caraballo Bastardo, antes identificado; de igual forma se deja constancia que al ciudadano: Cruz Miguel González Gil se le hizo entrega tanto de las llaves del vehículo, como del correspondiente certificado de Registro de vehículo y Carnet de Circulación del mismo y quien estando presente expone: Recibo conforme y en las condiciones antes expresadas tanto el vehículo, como sus llaves y la documentación antes indicada.- Acto seguido el Secretario da lectura a la presente acta y el Tribunal hace constar que no hubo observaciones u objeciones a la misma y cumplida como ha sido su misión acuerda el regreso a su Sede Natural, siendo las cuatro y cincuenta y cinco minutos de la tarde (4:55 p.m.).- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Jueza Titular, (fdo) ilegible. Dra. Yrma Figuera de Rivera.- El Notificado (fdo) ilegible. José J. Caraballo B.- La Parte Ejecutante, (fdo) ilegible. Marilin j. Brito O.- La Abogada asistente del notificado, (fdo) ilegible. Abg. Arelys González C.- El Abogado asistente de la parte Ejecutante, (fdo) ilegible. Abg. Jacinto j. Romero L.- El Perito avaluador, (fdo) ilegible. Victor julio Liménez G.- el correo especial y chofer designado por el comitente, (fdo) ilegible. Cruz M. González G.- Los funcionarios policiales, (fdo) ilegible. Dtve 3era Jesús del V. Moya P. (fdo) ilegible, Agente Leandro Oliveros.- el Secretario, (fdo) ilegible. Abg. Omar quijada Zapata.-