CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 19 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-001060
ASUNTO: RP11-P-2009-001060
EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”
Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada, en fecha 29/09/2009, por Tribunal Primero de Juicio el Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Mediante el cual. CONDENA al Ciudadano: JOANDRI JOSE MARCANO CEDEÑO, venezolano, de estado civil casado, Cedula de Identidad Nº 21.540.793, fecha de nacimiento 12-07-1987 de21 años de edad, de profesión u oficio albañil, hijo de Gisela Cedeño y José Marcano, y domiciliado viviendas de San Andrés de Macarapana, casa sin número, al lado de la batea del río, y la señora Vita Cedeño, Carúpano Estado Sucre, a cumplir la Pena de Cuatro (04) Años de Prisión, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer y último aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, mas las accesorias de Ley, establecidas en el articulo 16 del Código penal Asimismo este Tribunal decreta el comiso de lo incautado en el procedimiento investigativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 ejusdem y 116 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal,
En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:
Se realizo Sentencia Condenatoria y fue Condenado a Cumplir la pena de: Cuatro (04) Años de prisión. Fue detenido en fecha 08/05/2009 hasta la presente fecha (19/01/2010) tiene detenido: Ocho (08) Meses y once (11) día, faltando por cumplir: Tres (03) Años, tres (03) Meses y diecinueve (19) días. Que Vencerá: en fecha: 08/05/2013.
El penado: JOANDRI JOSE MARCANO CEDEÑO, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 08/05/2010 .
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha 08/09/2010.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha 08/01/2012.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirán en fecha 08/05/2012.
Se deja Constancia que el penado se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal.
1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio. Caracas
2.- Al jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano. Estado Sucre
3.-.Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre.
Líbrense los Oficios respectivos; notifíquese a las partes de manera informativa, librese boleta informativa al penado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria
Abg. Anneliesse Rodríguez.
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