CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 19 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-000756
ASUNTO: RP11-P-2009-000756

EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”

Definitivamente firme como ha quedado la SENTENCIA CONDENATORIA dictada, en fecha03/11/2009, por Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Mediante el cual. CONDENA a los Ciudadanos: PIERRE LUIGGI RODRIGUEZ FERMIN, venezolano, de estado civil Soltero, de 18 años de edad, nacido en fecha 28-02-1981, titular de Cédula de Identidad Nº 15.244.036, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Augusto Rodríguez y Rosa Fermín, y domiciliado en Playa Grande, calle Las Mercedes Nº 32, Carúpano Estado Sucre y CLARIBEL APONTES HERNANDEZ, venezolana, de estado civil soltera, de 25 años de edad, nacida en fecha 01-06-1.984, titular de Cédula de Identidad Nº 19.909.064 de profesión u oficio ama de casa, hija de Clariza Hernández y Gilbert Aponte, y domiciliada: El Pujo en la Invasión, vía principal, Playa Grande, Carúpano Estado Sucre, a cumplir la Pena de Cuatro (04) Años de Prisión, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer y último aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, mas las accesorias de Ley, establecidas en el articulo 16 del Código Penal y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia. Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:

Se realizo Sentencia Condenatoria y fue Condenado a Cumplir la pena de: Cuatro (04) Años de prisión. Fue detenido en fecha |05/04/2009 hasta la presente fecha (19/01/2010) tiene detenido: nueve (09) Meses y catorce (14) día, faltando por cumplir: tres (03) Años, dos (02) Meses y dieciséis (16) días. Que Vencerá: en fecha: 05/04/2013.

Los penados: Pierre Luiggi Rodríguez Fermín, y Claribel Apontes Hernández, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:

1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 05/04/2010 .
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha 05/08/2010.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha 05/12/2010.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirán en fecha 05/04/2012.

Se deja Constancia que el penado se encuentra recluida en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.

Se acuerda remitir Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano y del presente Auto de Ejecución de Sentencia dictado por este Tribunal.

1.- Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio. Caracas
2.- Al jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano. Estado Sucre
3.-.Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre.

Líbrense los Oficios respectivos; notifíquese a las partes de manera informativa, líbrese boleta informativa al penado. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución

Abg. Abelardo Royo Henríquez.
La Secretaria

Abg. Anneliesse Rodríguez.