REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 18 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2010-000005
ASUNTO : RP01-D-2010-000005
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO.
Visto el escrito presentado por la Abg. CARMEN ESPARANZA HERNANDEZ, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Definitivo conforme a lo estipulado en los artículo 561 literal “D” y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el articulo 318 ordinal 3ro, en la investigación que se le iniciaran al adolescente, xxxxxxxxxxxxx. Por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 413 del código penal vigente, Por cuanto no quedo demostrado la participación de alguna persona en el hecho que dio origen a la investigación, este Tribunal para decidir observa:
DE LOS HECHOS
La presente investigación se inicia en fecha 05-04-2006, interpuesta por ante el instituto autónomo de policía nro 02 destacamento policial nro 21 Cariaco por la ciudadana xxxxx, quien expuso que comparecía con la finalidad de denunciar al adolescente xxxxxxxx que con una navaja este agredió a su hijo de nombre xxxxxxx con una herida de seis punto en la cintura.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
De la revisión de las actuaciones se desprende la comisión de un hecho punible y que el mismo está prescrito, por lo que este tribunal considera procedente, sobreseer la causa, de conformidad con el artículo 561 literal “D” y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el articulo 318 ordinal 3ro del código orgánico procesal penal. Este Tribunal no procede a fijar audiencia para debatir los fundamentos de la petición del sobreseimiento definitivo que pauta el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto considera que en auto están probados.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del adolescente, , xxxxxxxxxx PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 413 del código penal. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 561 literal “D” y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3ro del código orgánico procesal penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño niña y del Adolescente. Se acuerda remitir las presentes actuaciones mediante oficio a archivo central a los fines de su resguardo, custodia y cuido, en espera de las boletas de notificación libradas a las partes. Cúmplase. Así se decide. En Cumaná, a los dieciocho (18), días del mes de Enero del año dos mil diez (2010).
Juez Primero de Control Sección Adolescente.
Abg. JOSE RAMON HERNANDEZ GIL.
SECRETARIA.
ABG. CARMEN RIVAS.
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