REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-004419
ASUNTO : RP01-P-2009-004419

Recibidas como han sido actuaciones integrantes del asunto signado con el N° RP01-R-2009-000209, creado con motivo de la interposición de recurso de apelación interpuesto por la representante de la Fiscalía Primera del Ministerio Público Abg. ESLENY MUÑOZ VÁSQUEZ, en contra de decisión dictada por este Juzgado mediante la cual se negó la solicitud de orden de aprehensión efectuada por la señalada representante de la vindicta pública en contra del ciudadano LEONEL BAUTISTA JIMENEZ, y visto el contenido de la decisión emanada de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial por medio de la cual “…Se declara PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ESLENY JOSEFINA MUÑOZ VASQUEZ, Fiscal Primera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada, en fecha 11 de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná. TERCERO: Se ordena librar al Tribunal A Quo la ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del acusado LEONEL BAUTISTA JIMENEZ JIMENEZ, a quien se le aperturó la presente investigación por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida se llamara JESUS GABRIEL GUTIERREZ RODRIGUEZ…”; este Tribunal Sexto de Control a los fines de dar cumplimiento a la decisión de la superioridad administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA oficiar al Comandante General del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de Cumaná, al Destacamento 78 de la Guardia Nacional Bolivariana; a fin de que se haga efectiva esta orden de aprehensión, y una vez aprehendidos el identificado ciudadano LEONEL BAUTISTA JIMENEZ, deberán ser puestos a disposición de la Fiscalía Primera del Ministerio Público. Se acuerda remitir las presentes actuaciones, las cuales a partir de la presente fecha serán identificadas como anexos “1” y “2” a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, con el objeto de que sean agregadas a la causa principal, la cual fuere remitida al Despacho Fiscal en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil nueve (2009). Líbrese lo ordenado. Cúmplase.-
JUEZ SEXTA DE CONTROL

ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR GARCÍA
SECRETARIO JUDICIAL,

ABG. FRANCYS HURTADO