REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 14 de diciembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: TI1(TP1-1897-10)
PARTES: CARMEN OMAIRA CARVAJAL
CONTRA: ANGEL LUIS MENDOZA VICENT
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
TIPO: SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil diez (2010), recibido por el extinto Tribunal de Protección de la Sala N° 01, la presente solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana CARMEN OMAIRA CARVAJAL, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.690.189, domiciliada en la Urb. Brasil Sur. Calle 5 Teraza 13 N° 21 Cumaná, contra el ciudadano. ANGEL LUIS MENDOZA VICENT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.972.819, domiciliado en la Urb. Brasil Sur. Calle 5 Terraza 13 N° 21 Cumaná, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Raiza Inserny, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 94.614, señalando que solicita la disolución del vínculo matrimonial existente entre ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, alegando que contrajeron matrimonio en fecha primero (1°) de marzo del año mil novecientos ochenta y cuatro (1984), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre; que establecieron su último domicilio conyugal en el Barrio La Casimba . Sector Santa Rosa N° 53 Cumaná; y que de su unión procrearon cuatro (4) hijos de nombres Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este ultimo de once (11) años de edad, y que se encuentran separados de hecho desde del año 1999.
A los fines de demostrar lo alegado, la ciudadana CARMEN OMAIRA CARVAJAL, consigno junto con su escrito, acta de matrimonio y copia de las actas de nacimientos de sus hijos; documentos públicos administrativos que se aprecian de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el contenido del artículo 1357 del Código Civil, y que demuestran la cualidad de los solicitantes; y así se establece
Mediante auto de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil diez (2010), este Tribunal admitió la demanda y acuerda la citación del ciudadano ANGEL LUIS MENDOZA y la notificación fiscal. Recibiéndose diligencia presentada por la representación fiscal en la cual se abstiene de emitir opinión hasta tanto conste en auto la notificación del demandado.
Ahora bien en fecha seis (6) de octubre del año dos mil diez (2010), visto la solicitud formulada por la parte accionante, se dicto auto acordándose librar boleta de boleta de notificación, para que al tercer día de despacho siguiente a la notificación del demandado, formule o no oposición a la presente solicitud. Dejándose constancia de la no comparecencia del ciudadano ANGEL LUIS MENDOZA, al acto fijado.
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Juicio y de Régimen Procesal Transitorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre , domiciliado en la Urb. Brasil Sur. Calle 5 Terraza 13 N° 21 Cumaná, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Raiza Inserny, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 94.614.
Expídanse copias certificadas a las partes interesadas.
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y de Régimen Procesal Transitorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, En Cumaná , a los catorce (14) días del mes de diciembre del año dos mil diez (2010).
El JUEZ
Abg. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA
En el día de hoy se publicó la siendo las 10.30 de la mañana.
LA SECRETARIA
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