REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 02 de Diciembre de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: JMS1-3462-10
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DEMADANTE: AGUSTIN ANTONIO GARCIA HERNANDEZ
DEMANDADO: ODALYS DEL CARMEN BRUZUAL
Vista el acta de fecha 01-12-2010, que riela al folio once (11) del presente asunto, levantada durante la realización de la audiencia preliminar en su fase de mediación en el presente asunto, en la cual los ciudadanos AGUSTIN ANTONIO GARCIA HERNANDEZ y ODALYS DEL CARMEN BRUZUAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.773.959 y 10.466.174, respectivamente, en presencia de la Jueza Abogada Maria Eugenia Graziani, en relación al Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de su hijo, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la cual manifestaron los referidos ciudadanos que existe en este Tribunal otro Asunto signado con el Nro. JMs1-1985(TP1-4994-10)-10, donde se ventila la misma institución familiar y se encuentra en lapso de prueba; en tal sentido solicitan el cierre del presente asunto para continuar con el otro. Solicitan se remita copia certificada del acta levantada al asunto Nro. JMS1-1985(TP1-4994-10)-10.-
Ante tales supuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el CIERRE DE LA CAUSA Y EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO. Cúmplase.-
Se acuerda expedir copia certificada del folio once (11), de conformidad con lo establecido en el artículo 120 de la Ley de Registro Público, a los fines de que la referida copia certificada, sea anexada al asunto Nro. JMS1-1985(TP1-4994-10)-10, de la nomenclatura interna de este Tribunal.- Cúmplase.-
Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los dos (2) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diez (2010).-
LA JUEZA
Abg. María Eugenia Graziani
La Secretaria
La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 1:00 p.m.
La Secretaria
MEG/mjgc.
ASUNTO: JMS1-3462-10
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DEMADANTE: AGUSTIN ANTONIO GARCIA HERNANDEZ
DEMANDADO: ODALYS DEL CARMEN BRUZUAL
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
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