REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ

Cumaná, 17 de diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTOS: JMS1-S-1248-10
PARTES: LUIS FELIPE BARRIOS SEGURA Y MARIUSKA DEL VALLE SERRANO .
MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA FISCALIA CUARTA DE MINISTERIO PUBLICO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL.
INSTITUCION FAMILIAR: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentado por la FISCALIA CUARTA DE MINISTERIO PUBLICO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos LUIS FELIPE BARRIOS SEGURA Y MARIUSKA DEL VALLE SERRANO venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nº V.15.677.644 y V.17.673.205, respectivamente con domicilios en la Calle Principal del Sector La Tabera Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y en el Peñón Villa Delicias N° 49. Cumaná, en relación a la REGIMEND E CONVIVENCIA FAMILIAR , de las hermanas Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de ocho (08) y cinco (05) años de edad, respectivamente, suscrito en fecha 29-11-2010, por ante ese despacho; se admite la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: LUIS FELIPE BARRIOS SEGURA, padre buscara a sus hijas un fin de semana cada quince (15) días, las buscará el día viernes a las 6:00 de la tarde y los entregará los días domingos a las 6.00 de la tarde, una semana santa con el padre y un carnaval con la madre, alternándose cada año, la mitad de las vacaciones escolares serán compartidas la mitad cada uno. En día del padre lo pasará con el padre el día de la madre lo pasará con la madre. En diciembre el padre pasará 24 y la madre pasará el 31 de diciembre, alternándose cada año. Así se decide. Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
La presente decisión se publico dentro de fecha, siendo las 2.20 pm

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los a los diecisiete (17) días del Mes de diciembre de 2010.-
JUEZA



ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI



SECRETARIO(A)




MEG/milagros