REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 15 de Diciembre de 2010.
200º y 151º

ASUNTO: JMS1-S-1229-10
PARTES: EDGAR NAHHAS PEREDA y
PAOLA ALEJANDRA GONZALEZ GUEVARA
MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA FISCALIA CUARTA DE MINISTERIO PUBLICO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL.
INSTITUCION FAMILIAR: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.


Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, en fecha 13-12-2010, solicitud de homologación presentado por la FISCALIA CUARTA DE MINISTERIO PUBLICO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos EDGAR NAHHAS PEREDA y PAOLA ALEJANDRA GONZALEZ GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.283.837 y 16.996.724, domiciliado el primero en la Urbanización Barbudo, Calle Principal, Frente a la Cancha, S/N, Cumanà, Estado Sucre y la segunda en Las Palomas, Primera Entrada, Cerca del Antiguo Conseccionario Gelli, S/N, Cumanà, Estado Sucre, respectivamente, en relación al REGIMEN DE CONVIENCIA FAMILIAR, a favor de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de cinco (05) años de edad, suscrito en fecha 22-11-2010, por ante ese despacho; se admite la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: EDGAR NAHHAS PEREDA, buscará y compartirá con su hija cada quince (15) días un fin de semana, la buscará el día viernes y la entregará todos los domingos. Las vacaciones escolares la compartirá la mitad con el padre y la otra mitad con la madre. Una semana santa con el padre y un carnaval con la madre, alternándose cada año. El 24 de Diciembre lo pasará con el padre y el 31 de diciembre con la madre, alternándose cada año, ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.- Cúmplase.-

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná a los quince (15) días del Mes de Diciembre de 2010.-
LA JUEZA




Abg. María Eugenia Graziani


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 12:30 p.m.

La Secretaria


MEG/mjgc
ASUNTO: JMS1-S-1229-10
MOTIVO: HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
PARTES: EDGAR NAHHAS PEREDA y
PAOLA ALEJANDRA GONZALEZ GUEVARA