REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Río Caribe, 04 de Agosto del 2010
200º y 151º
Parte Actora: LUIS ERNESTO LOPEZ.
Motivo: Solicitud del Titulo Supletorio.
Tipo de Sentencia: Definitiva
Exp. Nº.173-2010

Visto el contenido del escrito presentado ante este despacho por el ciudadano: LUIS ERENESTO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, casado y titular de la cédula de identidad N° V.-3.713.847, mediante el cual solicita la evacuación un título suficiente de propiedad a su favor sobre el vehículo automotor cuyas características son: Marca Chevrolet, Modelo Malibu; Clase Automóvil; Tipo Sedan; Color Azul: Uso por puesto; Serial de Motor: ABV307524; Serial de Carrocería 1T69ABV307524; Placa:576-271 y año 1981.
Para entrar a decidir, el Tribunal aprecia que en el caso de estudio, se encuentran llenos los extremos exigidos por el artículo: 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la presente solicitud.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de: LUIS ERENESTO LOPEZ, previamente identificada en autos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los cuatro (04) días del mes de Agosto del año dos mil diez (2010). 200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Nota; En la misma fecha de hoy (04-08-2010), a las 11:00 a.m. Se cumplió lo anteriormente ordenado.
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Exp: Nº. 173 -2010
/jc