REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano
Tribunal Único de Ejecución – Sección Adolescentes

Carúpano, 18 de Agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2010-001330
ASUNTO: RP11-P-2010-001330


Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia, dictada por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 27 de Julio de 2010, mediante la cual se sancionó al adolescente: "OMISIS", al cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, contemplada en el artículo 620, literal a) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 623, ejusdem, por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el artículo 416, del Código Penal, en perjuicio del adolescente: "OMISIS", este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución, de la presente Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647, ibídem en los términos siguientes: Para el cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, el adolescente deberá ser severamente recriminado, de manera verbal y directamente el día de la Audiencia de Imposición, que tendrá lugar el 02 de Septiembre de 2010, a las 8:30 de la mañana, en la sede de este Circuito y Extensión Judicial, de manera que comprenda la ilicitud, de los hechos cometidos; en consecuencia, cítese a las partes para que comparezcan, el día y hora señalados, para imponer al sancionado del presente Auto de Ejecución. Líbrese Boletas de Citación. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución


Abg. MARITZA ESPINOZA BAPTISTA

La Secretaria


Abg. JENNYS MATA HIDALGO