CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 20 de Agosto de 2010
200° y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-002242
ASUNTO: RP11-P-2009-002242
Definitivamente firme, como ha quedado la SENTENCIA, dictada en fecha, 10/12/2009; realizada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre Extensión Carúpano; mediante la cual se decreto el Sobreseimiento de la Causa; seguida al Ciudadano: DARWIN JOSÉ RODRÍGUEZ REYES, venezolano, mayor de edad, natural de Carúpano, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de albañilería, nacido en fecha 18-09-1986, titular de la Cédula de Identidad N° 18.592.607, hijo de Xiomara Noriega y padre desconocido, y domiciliado en el Sector Los Cocos, Calle Figuera, Casa S/N, a una cuadra del estadium, Municipio Bermúdez, Carúpano estado Sucre; por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio del ciudadano Carlos Enrique Rugieri Morales; de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
En tal sentido, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como está la causa, ACUERDA remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia, y posterior remisión al archivo judicial mediante legajo. Asimismo se Ordena a la Secretaria Administrativa dar por terminada la presente causa en su correspondiente oportunidad. Así se decide. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abg. Abelardo Rafael Royo Henríquez
La Secretaria Judicial
Abg. María Auxiliadora Quiñónez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria Judicial
Abg. María Auxiliadora Quiñónez.
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