CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 20 de Agosto de 2010
200° y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000119
ASUNTO: RP11-P-2004-000119
Definitivamente firme, como ha quedado la SENTENCIA, dictada en fecha, 14/06/2010; realizada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre Extensión Carúpano; mediante la cual se decreto la extinción de la Acción Penal y en Consecuencia el Sobreseimiento de la Causa; seguida al Ciudadano: JOSÉ RAFAEL VIÑOLES RAMOS, venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, nacido en fecha 28-06-1982, titular de la Cédula de Identidad N° 17.623.471, hijo de Epitafio Viñoles y Petra de Viñoles; y domiciliado en el Sector los Olivos, Casa Nº 104, cerca de la ensambladora y detrás de ciudad traki, Margarita estado Nueva Esparta; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal Vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio del ciudadano José Luís Suárez Longart; de conformidad con lo previsto en los artículos 45, 48 ordinal 7º , 318 numeral 3º, 322 y 323 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
En tal sentido, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como está la causa, ACUERDA remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia, y posterior remisión al archivo judicial mediante legajo. Asimismo se Ordena a la Secretaria Administrativa dar por terminada la presente causa en su correspondiente oportunidad. Así se decide. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abg. Abelardo Rafael Royo Henríquez
La Secretaria Judicial
Abg. María Auxiliadora Quiñónez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria Judicial
Abg. María Auxiliadora Quiñónez.
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