REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 27 de Agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-002603
ASUNTO : RP01-P-2010-002603
AUTO QUE DECLARA SIN LUGAR REVISIÓN DE MEDIDA PRIVATIVA
Visto el escrito que presentare ante este Juzgado Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, la ciudadana abogado SUSANA BOADA en su carácter de defensora publica del ciudadano imputado MOISES SIMÓN MARVAL SALAZAR, Venezolano, natural de Cumana , de 27 años de edad, casado, de oficio músico, nacido en fecha 25 Julio de 1983, titular de la cédula de identidad Nº V-17213753, residenciado en Bebedero, calle 1, casa 35, Cumana Estado Sucre, imputado en la presente causa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal , en perjuicio del ciudadano JULIO RAFAEL GUERRA en fecha 27 de Agosto de 2010, en el cual solicita a este Tribunal sea revisada la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta por este mismo juzgado en fecha 30 de Julio del 2010, y se sustituya por una medida menos gravosa de las contempladas en el articulo 256 del C.O.P.P. en este sentido este tribunal garante de los derechos del imputado observa que en la actualidad la medida de coerción personal debidamente impuesta, fue acordada por cuanto a criterio de este Juzgado la misma se hace necesaria para garantizar las resultas del proceso, y al no haber variado las circunstancias que motivaron a este Tribunal a decretar tal medida difiriendo en ese sentido del criterio de la solicitante mal podrían sustituirse por otra menos gravosa por lo que se considera improcedente la solicitud de la defensa. Así se decide.-
Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida presentada en este Tribunal de Control, por la ciudadana abogado SUSANA BOADA DE MARTINEZ en su carácter de defensora publica del ciudadano imputado MOISES SIMÓN MARVAL SALAZAR, Venezolano, natural de Cumana , de 27 años de edad, casado, de oficio músico, nacido en fecha 25 Julio de 1983, titular de la cédula de identidad Nº V-17213753, residenciado en Bebedero, calle 1, casa 35, Cumana Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez Quinto de Control,
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTES
El Secretario,
ABG. LUIS PRIETO.-
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