REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Cumaná 06 de Abril de 2010
199º y 151º

Por cuanto el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República estatuye que dicho organismo del Estado, “puede intervenir en todos los procesos judiciales en los que sean parte los Institutos Autónomos, establecimientos públicos nacionales y los órganos estadales y municipales, cuando, a su juicio, los mismos afectan derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República”; este Tribunal considerando que, la parte demandada de autos la constituye un ente público municipal, esto es, la Fundación Municipal de la Vivienda (ALCAVI), y como quiera que, conforme al dispositivo legal referido con anterioridad, la Procuraduría General de la República tiene la facultad de intervenir- si así lo considera necesario- en esta causa, es motivo por el cual, este Órgano Jurisdiccional acuerda notificar mediante oficio a dicho ente del Estado, con el objeto de hacer de su conocimiento de la existencia de la pretensión de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoada por los profesionales del derecho JORGE CAMINO y DEYSI GALANTON, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 19.276 y 99.048, en ese orden, cuya notificación debe acompañarse de copias certificadas de los folios 01 al 09, 56, 136 y 137, las cuales se ordena expedir por secretaría. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ PROV.,

Abg. GLORIANA MORENO MORENO.
LA SECRETARIA

Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA
NOTA: El oficio a que se ha hecho referencia en el auto que precede será librado una vez que la parte accionante presente ante la Secretaría de este Tribunal, las copias han de ser certificadas.-
LA SECRETARIA.,

Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA
Auto
Exp. N° 19.230
Materia: Civil
Motivo: Estimación e Intimación de Honorarios
Partes: Jorge Camino y Deysi Galantón/ Alcavi