REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
199° y 151º
Vista la conciliación celebrada por ante La Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Sucre, en fecha veintidós (22) de febrero de 2010, entre los ciudadanos: MILANGELA DEL VALLE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.469.757, domiciliada en Urb. La Llanada Vieja casa S/Nº, Cumana Municipio Sucre del Estado Sucre y LEONARODO RAFAEL CHACON , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.249.689, domiciliado en La Urb. Bermúdez, Bloque 6-C, Apto. 01, planta baja, Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre, quienes comparecieron ante esa Fiscalía y en presencia del Fiscal Auxiliar celebraron la presente conciliación por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, a favor de los niños Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de nueve (09) y cuatro (04) años de edad respectivamente.
Ahora bien este Tribunal para decidir Observa:
Cursa inserto a los folios siete (07), ocho (08) y nueve (09) del presente expediente, acta de fecha veintidós (22) de febrero de 2010, debidamente firmada por los ciudadanos: MILANGELA DEL VALLE ROJAS, LEONARODO RAFAEL CHACON y La Fiscal 4to. Auxiliar acordaron lo siguiente:
“ El padre buscará y compartirá con sus hijos cada quince (15) días un fin de semana, los buscará el día sábado a las 9:00 a.m. y los entregará el día domingo a las 3:00 p.m., la mitad de las vacaciones escolares la compartirán la mitad cada uno. Una semana santa con el padre y un carnaval con la madre, alternándose cada uno. El 24 de diciembre con el padre y el 31 de diciembre con la madre, alternándose cada año. El día del padre lo pasará con el padre y el día de la madre lo pasará con la madre. Ambos padres solicitan se homologue la conciliación. Se cierre la causa y se archive el expediente.”
Tales supuestos de hecho y derecho, observándose que las partes reconociendo sus realidades familiares, establecieron tal forma de dar cumplimiento al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, no siendo ello contrario al interés superior los niños Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de nueve (09) y cuatro (04) años de edad respectivamente, es inherente y totalmente beneficioso para su interés superior y garantiza su derecho a mantener relaciones personales y directa con su padre, aún cuando estén separados, como lo prevén los artículos 8 y 27 ejusdem, por lo que con fundamento y aplicación analógica del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, bajo Decisión de la Jueza Nº 2, en su Sala de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN POR REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR suscrita y celebrada por los ciudadanos: MILANGELA DEL VALLE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.469.757, domiciliada en Urb. La Llanada Vieja casa S/Nº, Cumana Municipio Sucre del Estado Sucre y LEONARODO RAFAEL CHACON , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.249.689, domiciliado en La Urb. Bermúdez, Bloque 6-C, Apto. 01, planta baja, Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre. Así se decide.-
Se ordena el cierre de la causa y el archivo del presente expediente.
Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede. En Cumaná a los veinte (20) días del mes de abril del Año Dos Mil Diez (2010).-
La Jueza Nº 02.-
Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI.-
LaSecretaria,
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
EXP. Nº TP2-1896-10
MEGL/icr
SENTENCIA INTERLOCUTORIA (Auto Comp. Procesal)
RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
PARTES: MILANGELA DEL VALLE ROJAS y LEONARODO RAFAEL CHACON
|