REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA
En el día de hoy miércoles veintiocho (28) de abril de dos mil diez (2010), siendo las 10:30 a. m., oportunidad fijada por el tribunal para que tenga lugar la práctica de medida preventiva de embargo, previa la habilitación del tiempo necesario se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, presidido por el abogado JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ y fungiendo como secretaria la abogada MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ, en un inmueble situado en la Avenida Perimetral, Centro Comercial Marina Plaza, Edificio Arrecife, planta baja, Cumaná, Estado Sucre, en compañía de los abogados RAUL PEREZ MEDINA y LUISA HERMINIA BASTARDO RUIZ, inscritos en el IPSA bajo los números 138.497 y 56.177, respectivamente, apoderados judiciales de la empresa CUMORA MODAS, C. A., parte actora en el juicio que por Cobro de Bolívares por Intimación se ventila ante el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en contra de la empresa INVERSIONES JEANS, C. A., representada por la ciudadana AMEL YAZZAN FARHAT, titular de la cédula de identidad N° V- 8.435.358, el cual decretó medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de la intimada, a fin de darle cumplimiento a la misma. Acto seguido toman la palabra los apoderados actores y exponen: “Hacemos del conocimiento del tribunal que la denominación actual de la empresa demandada no corresponde a la misma sino se encuentra otra empresa denominada VALENTINAS SHOES, razón por la que solicitamos que se difiera el acto hasta tanto se verifique el domicilio de la demandada. Es todo”. Seguidamente el tribunal oída la exposición de los apoderados actores, difiere la práctica de la presente medida hasta una nueva oportunidad en que sea fijada, previa solicitud de los representantes de la parte actora y no habiendo más diligencias que practicar ordena el regreso a su sede siendo las 12:30 p.m. Es todo. Terminó, se leyó y firman.
EL JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS
ABG. JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ (FDO.)
LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA
ABG. RAUL PEREZ MEDINA (FDO.)
ABG. LUISA HERMINIA BASTARDO RUIZ (FDO.)
LA SECRETARIA
ABG. MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ (FDO.)
|