REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Río Caribe, 09 de Abril del 2010
199º y 151º
Parte Actora: LUIS ANTONIO GONZALEZ.
Motivo: Solicitud del Titulo Supletorio.
Tipo de Sentencia: Definitiva.
Exp. Nº.71-2010.
Visto el contenido del anterior escrito, presentado ante este despacho por el Ciudadano: LUIS ANTONIO GONZALEZ, ciudadano de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad N°.V.-5.871.089, mediante el cual solicita un título supletorio para asegurarse la posesión y propiedad sobre un bien inmueble constante de una (01) Casa, ubicada en La calle Carúpano N° 206. en la ciudad de Carúpano jurisdicción de la Parroquia Santa catalina del Municipio Bermúdez del estado Sucre, sobre una porción de terreno que se dice pertenecerle Al Municipio, la casa tiene un área de construcción de doscientos setenta metros cuadrados(270 mts2), y un área total de de cuatrocientos ocho metros cuadrados (408 mts2). Y comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte: con calle Carúpano en diez metros con cuarenta centímetros (10,40 mts); Sur: con casa que es o fue de María Ventura en diez metros (10,00 mts); Este: con casa que es o fue de Venidle González en cuarenta metros (40,00 mts) y Oeste: con casa que es o fue de Eugenio Mendoza en cuarenta metros (40,00 mts).
Ahora bien, en el caso de estudio, se encuentran llenos los extremos exigidos por los artículos: 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la declaratoria de Titulo Supletorio Solicitado solicitada por el Accionante a su favor, de allí que resulta forzoso declarar procedente la presente solicitud y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de: LUIS ANTONIO GONZALEZ, previamente identificado en autos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los nueve (09) días del mes de Abril del año dos mil diez (2010). 199° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Nota; En la misma fecha de hoy (09-04-2010), a las 11:00 a.m. Se cumplió lo anteriormente ordenado.
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Exp: Nº.71-2010
RTC/jc.-
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