REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Río Caribe, 28 de Abril de 2.010
199° y 151°
Parte Actora: MARIA TERESA GONZALEZ DE LOPEZ y otros
Motivo: Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos
Tipo Sentencia definitiva
Exp.N°. 93-2010
Visto el contenido del anterior escrito, presentado por la ciudadana: MARIA TERESA GONZALEZ DE LOPEZ ciudadana de nacionalidad venezolana, mayor de edad, viuda y titular de la cédula de identidad N°.V.-5.862.609, mediante el cual solicita la declaración de Unicos y Universales Herederos de su difunto cónyuge: LUIS BELTRAN LOPEZ , quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado y titular de la Cédula de Identidad N°.V.-1.463.627, a favor de sus hijos: JESUS EPIFANIO LOPEZ, LUIS BELTRAN LOPEZ GONZALEZ, ALICIA TERESA LOPEZ DE GUERRA, DILIA MARGARITA LOPEZ GONZALEZ y de su persona: MARIA TERESA GONZALEZ DE LOPEZ venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V.-6.955.646, V.-5.882.385,V.-4.949.232, V.4.949.234; V.-4.296.166 y V.- 5.862.609, respectivamente -
El Tribunal aprecia que en el caso de estudio, se encuentran llenos los extremos exigidos por los artículos: 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la declaratoria de Unicos y Universales Herederos solicitada por la accionante, de allí que resulta forzoso declarar la procedencia de la presente solicitud y a si se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia declara




Unicos y Universales Herederos del finado: LUIS BELTRAN LOPEZ anteriormente identificado, a favor de sus hijos: JESUS EPIFANIO LOPEZ, LUIS BELTRAN LOPEZ GONZALEZ, ALICIA TERESA LOPEZ DE GUERRA, DILIA MARGARITA LOPEZ GONZALEZ y de su cónyuge sobreviviente: MARIA TERESA GONZALEZ DE LOPEZ previamente identificados en autos, quedando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los veintiocho (28) días del mes de Abril del año dos mil Diez (2010). 199° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO
El Secretario,
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN.
Nota: En la misma fecha de hoy (28-04-10), a las 12:00 p.m. se cumplió lo anteriormente ordenado.-
El Secretario,
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN
EXP. N° .93-2010.-
RTC/jc.-