REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI
SEGUNDO CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Río Caribe, 13 de Abril del 2010
199º y 151º
Parte Actora: JESUS ADOLFO FIGUEROA RODRIGUEZ.
Motivo: Solicitud del Titulo Supletorio.
Tipo de Sentencia: Definitiva.
Exp. Nº.54-2009.
Visto el contenido del anterior escrito, presentado ante este despacho por el ciudadano: JESUS ADOLFO FIGUEROA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en el sector Guayaberos de esta ciudad de Río Caribe Municipio Arismendi del estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad N°.V-4.297.126, mediante el cual solicita la evacuación de testigos para asegurarse la posesión y demás derechos que le corresponden sobre un vehículo automotor cuyas características son: Marca CHEVROLET, Modelo del año 1966, Clase Camioneta; Tipo Picku-up, Color Verde Turquesa, Uso Carga, Serial del motor 706275696, Serial de carrocería 14046V3101, Placas 954-RAN y Año 1966.
Ahora bien, en el caso de estudio, se encuentran llenos los extremos exigidos por los artículos: 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la declaratoria de Titulo Supletorio Solicitado por el Accionante a su favor, de allí que resulta forzoso declarar procedente la presente solicitud y así se decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de JESUS ADOLFO FIGUEROA RODRIGUEZ, previamente identificado en autos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada.
Dado firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe a los trece (13) días del mes de Abril del año dos mil diez (2010). 199° años de la Independencia y 151° años de la Federación.-
…El…
Juez Provisorio,
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Abg. RAFAEL TEODORO CASTILLO
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Nota; En la misma fecha de hoy (13-04-2010), a las 11:00 a.m. Se cumplió lo anteriormente ordenado.
El Secretario
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Abg. JESUS HENRY CAGUAMO MARIN:
Exp: Nº.54-2009
RTC/jc.-
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