REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano
Tribunal Único de Ejecución – Sección Adolescentes

Carúpano, 30 de Abril de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2010-000010
ASUNTO: RP11-D-2010-000010

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 07 de Abril de 2010, mediante la cual se sancionó al adolescente: "OMISIS", por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, al cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, contemplada en el artículo 620 literal a), de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 623 ejusdem, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647 ibídem, en los términos siguientes: Para el cumplimiento de la medida de AMONESTACIÓN, el adolescente deberá ser severamente recriminado verbalmente, el día de la Audiencia de Imposición que tendrá lugar el 14 de mayo de 2010, a las 9:30 de la mañana, en la sede de esta Extensión y Circuito Judicial, de manera que comprenda la ilicitud de los hechos cometidos. En consecuencia cítese a las partes para que comparezcan el día y hora señalados, para imponer al sancionado, del presente auto de Ejecución de Sentencia. Líbrese Boletas de citación.
La Jueza de Ejecución


Abg. MARITZA ESPINOZA BAPTISTA

La Secretaria Administrativa




Abg. KAREN VILLAMIZAR