REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

CUMANÁ, 23 DE ABRIL DE 2010
200º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001938
ASUNTO : RP01-P-2006-001938

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: Wilmer José Jiménez Jiménez.

Por cuanto es recibido en este Tribunal Oficio N° DP6-63-2010, suscrito por el Defensor Público Sexto Abg. JESÚS AMARO, mediante el cual solicita de este Juzgado la practica de Cómputo de la pena impuesta al penado WILMER JOSÉ JIMÉNEZ JIMÉNEZ, titular de la Cédula de Identidad No-16.701.453; Este Tribunal para decidir observa:

Se evidencia de autos que al ciudadano WILMER JOSÉ JIMÉNEZ JIMÉNEZ, venezolano, nacido en fecha 27/03/1.982, residenciado en El Tacal II, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, casa sin número, soltero y titular de la Cédula de Identidad No-16.701.453, que en fecha 16 de Octubre del año 2008, este Tribunal acordó acumular las causas y penas signadas con los números RP01-P-2007-001629 y RP01-P-2006-001938, y actualiza el cómputo de pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482, 479 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal 97 y 88 del Código Penal, quedando en definitiva una pena a cumplir de definitiva una pena de TRES (03) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, así como POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.-

Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
Penado: WILMER JOSÉ JIMÉNEZ JIMÉNEZ.
Pena Impuesta: TRES (03) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN.
Lapso de Privación: Desde el día 04 de Agosto del año 2006 hasta el día 06 de Agosto del año 2006; y desde el día 02 de Agosto del año 2008 hasta el día de hoy 23 de Abril del año 2010.
Pena Cumplida: de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y CUATRO (04) DÍAS.
Una Pena Por Cumplir De La Pena Impuesta de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y VEINTISÉIS (26) DÍAS.-
Pena Que Culminara en Fecha: 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011.-

DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Cómputo Actualizado de Pena al ciudadano WILMER JOSÉ JIMÉNEZ JIMÉNEZ, venezolano, nacido en fecha 27/03/1.982, residenciado en El Tacal II, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, casa sin número, soltero y Titular de la Cédula de Identidad No-16.701.453, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 23 de Abril del año 2010: Pena Cumplida: de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y CUATRO (04) DÍAS. Una Pena Por Cumplir De La Pena Impuesta de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y VEINTISÉIS (26) DÍAS. Pena Que Culminara en Fecha: 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011.- En consecuencia acuerda oficiar al Director del referido Centro Penitenciario, acordando remitir copias certificadas de la presente decisión, en la persona del Director del Internado Judicial.- Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- Líbrense las Boletas de notificaciones, informativa y oficios respectivos. CÚMPLASE.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
EL SECRETARIO,
ABG. LUIS ALFREDO PRIETO.-.