REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 20 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002470
ASUNTO : RP01-P-2006-002470
COMPUTO ACTUALIZADO.
PENADO: WILMER JOSE PATIÑO VASQUEZ.
Vista la solicitud que antecede hecha por la Defensora Pública Penal ABG. CAROLINA MARTINEZ, mediante la cual solicita de este Juzgado ordene el tramite para la practica de redención a la que hubiere lugar así como computo actualizado de la pena en esta causa seguida al penado WILMER JOSE PATIÑO VASQUEZ, este Tribunal conforme a las precisiones anteriores, y tomando en consideración el pedimento que se formula ante este Despacho en nombre del penado WILMER JOSE PATIÑO VASQUEZ, se estima pertinente hacer las siguientes consideraciones:
El penado WILMER JOSE PATIÑO VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V. 19.979.767, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, fue condenado en fecha 11-06-2007, por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, a cumplir la pena de: SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión de el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con los artículos 80 y 82 todos del código penal, en perjuicio de los ciudadanos FELICITA BALDAN, LELIS ROMERO, FRANKLIN MEJIAS Y RENE GALAN.
A los efectos del estudio de su pedimento, se precisa hacer el cómputo actualizado de su pena:
PENA IMPUESTA: SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN.
FECHA DE DETENCIÓN: 20-09-2006 (según acta policial cursante al folio 102 de la primera pieza),
PENA FISICA CUMPLIDA AL DÍA DE HOY 20 de ABRIL de 2010: TRES (3) AÑOS Y SIETE (7) MESES DE PRISION.
1° REDENCIÓN (16-09-08): SEIS (06) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS, DOCE (12) HORAS.
2° REDENCIÓN (08-07-09): TRES (03) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS, DOCE (12) HORAS.
3° REDENCIÓN (08-02-10): TRES (3) MESES, CATORCE (14) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
TOTAL PENA FISICA MÁS REDENCIONES: CUATRO (4) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y DOCE (12) HORAS.
TOTAL DE PENA POR CUMPLIR: UN (1) AÑO, DIEZ (10) MESES, VEINTINUEVE (29) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
DISPOSITIVA.
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio: PRIMERO: se realiza COMPUTO ACTUALIZADO de LA PENA IMPUESTA al penado: WILMER JOSE PATIÑO VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V. 19.979.767, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre.- SEGUNDO: Acuerda señalar la pena física cumplida al día de hoy (20-04-2010), que resulta ser: CUATRO (4) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y DOCE (12) HORAS. TERCERO: Por efecto de lo antes señalado, a la presente fecha el penado tiene Una PENA POR CUMPLIR: UN (1) AÑO, DIEZ (10) MESES, VEINTINUEVE (29) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, pena esta que finalizará en fecha: 19 de Marzo del 2.012 a las 12 del medio día. CUARTO: visto que la defensora Pública en su solicitud pide la inclusión del penado de autos en la próxima junta de redención que se lleve a cabo en el Internado Judicial, este Tribunal acuerda librar oficio al Director del Internado Judicial de esta Ciudad a quien deberá remitírsele copia del presente auto así como se le indicara que incluya al penado en la próxima junta de redención que se lleve a cabo en ese internado.”Así se decide. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a la Defensa a quien deberá enviársele copia del presente auto en virtud de haberlo solicitado, así como Boleta Informativa al penado de autos. CÚMPLASE.-
El Juez Primero de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
La Secretaria,
ABG. MILEINE GUACUTO.
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