REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 9 de Abril de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-000732
ASUNTO : RP01-P-2010-000732
Visto el oficio emanado del Tribunal Trigésimo Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, por medio del cual la Jueza de dicho Despacho Abog. SONIA ANGARITA solicita que este Tribunal Tercero de Control de esta Circuito Judicial Penal de Cumaná autorice el traslado del imputado JEAN CARLOS CABRERA VELASQUEZ hasta la sede ese Tribunal, por estar requerido por ese Despacho. Al respecto este Tribunal señala: que en fecha 26-02-10, este Tribunal declinó la competencia a el Tribunal Treinta y Dos de Control del Area Metropolitana, y en ese mismo auto ordenó oficiaR al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para que realizara el traslado correspondiente hasta la ciudad de Caracas,. En fecha 22-03-10 se recibió oficio del C.I.C.P.C –Cumaná, por medio del cual señala A este Despacho que el imputado en referencia fue trasladado hasta la ciudad de Barcelona, a fin de luego ser trasladado hasta la ciudad de Caracas. Asimismo se observa que en fecha 26-03-10, este Tribunal Tercero de Control ofició al Tribunal Treinta y Dos de Control de la ciudad de Caracas remitiendo adjunto recaudos relacionados con la presente causa. Por tanto cabe entonces destacar y asi lo considera oportuno este Juzgado, informar con carácter de urgencia al Tribunal requirente de lo aquí señalado en el presente auto. Ofíciese al Tribunal Treinta y Dos del Area Metropolitana del contenido del presente auto. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
Abog. Nayip Beirutti
La Secretaria
Abog. Karen Martinez
|