REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. SEDE. CUMANA
CUMANÁ 22 DE Septiembre 2009
199° Y 150°
Vista la diligencia de la ciudadana VISNELLYS JOSEFINA MARQUEZ VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.074.392, asistida por el Abogado JOSE RAMÓN YEGUEZ PEREDA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 60.454, en la cual solicita la Acumulación de los expedientes signados con los Nº EXP-TP1- 4510-09 y EXP-TP1- 4522-09 de la nomenclatura interna de la Sala Nº 1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y dada cuenta a la Jueza, este Tribunal al respecto observa, revisadas como han sido las presentes actuaciones, y por cuanto se evidencia que consta en el presente expediente oficio Nº 09-782 de fecha quince (15) de julio del año dos mil nueve (2009) emanado de la Sala Nº 1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el cual se informa que existe en dicha Sala los EXP-TP1- 4510-09 y EXP-TP1- 4522-09 y que los mismos se encuentran en la fase de la citación. Ahora bien como se trata de las mismas partes, y que dichos expediente se refieren a las Instituciones Familiares que se están tramitando en la causa principal Divorcio expediente TP2- 5475-09 de la nomenclatura interna de este Tribunal, y verificada como ha sido tal información, observándose que los expedientes EXP-TP1- 4510-09 y EXP-TP1- 4522-09, se encuentran en la fase de la citación, a diferencia que en esta Sala la EXP-TP2- 5475-09 se encuentran en los actos conciliatorios, es por lo que este Tribunal en observancia al fuero atrayente que tienen los procesos y con fundamento en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, considerando que existe conexión entre ellas, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 79 eiusdem, este Tribunal en decisión de la Jueza Nº: 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda LA ACUMULACIÓN POR CONEXIÓN de las causas EXP-TP1- 4510-09 y EXP-TP1- 4522-09, en el expediente signado con el TP2- 5475-09, de la nomenclatura interna de este Tribunal, en consecuencia agréguese todas las actuaciones de los expediente EXP-TP1- 4510-09 y EXP-TP1- 4522-09, en el cuaderno de medidas, debiéndose tramitar en lo adelante todo en el mencionado expediente. De igual manera se ordena la continuación de la foliatura. Se ordena oficiar al Juez del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de remitir en original la totalidad de los expediente EXP-TP1- 4510-09 y EXP-TP1- 4522-09. Líbrese oficio. Así se decide. CÚMPLASE.
La presente decisión se publica dentro de su lapso legal para ello.
Déjese copia certificada de la presente decisión y publíquese en la página Web del Tribunal.
Se ordena el cierre de la causa y el archivo del Expediente.
Dada, firmada, sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede- Cumaná. CÚMPLASE. La Jueza (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) Dra. HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA SECRETARIA
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
DEMANDANTE: RAFAEL SIMÍON GOITIA MARIN
DEMANDADO: VISNELLYS JOSEFINA MARQUEZ VERA
MOTIVO: Divorcio 185 causal 2 del Código Civil
SENTENCIA: Interlocutoria
EXP-TP2-5475-09
MEGL.-/ HRR.-/mjc
|