REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 28 de Septiembre de 2.009.-
199° y 150°
SOL. Nº 5.387-09
SOLICITANTE: LUÍS CESAR MARTÍNEZ PÉREZ, titular de las Cédula de Identidad N° 4.947.662.-
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: Titulo Supletorio (Vehículo).
SENTENCIA: Interlocutoria.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LUÍS CESAR MARTÍNEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 4.947.662, y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio GUILLERMO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.314; y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo Marca: Chevrolet; Clase: Auto Sedan, Modelo: Caprice; Año: 1.980; color: Beige; Serial de Carrocería: 1N69HAV113161, Serial del Motor: HAV113161, Placa: 188-066, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: DOMINGO RAMÓN PÉREZ TORRES y RAY JOSÉ HERNÁNDEZ PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero en Carúpano Arriba hacia el río, casa N° 03, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez Estado Sucre y el Segundo, en San Martín, Calle la Encrucijada, casa N° 02, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.760.322 y 13.374.195, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados y los resultados de las experticias realizadas al descrito Vehículo por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistas (C.I.C.P.C); y el Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre, se demuestra el derecho o pretensión de los solicitantes.-
En consecuencia, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que correspondan a terceros; de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano LUÍS CESAR MARTÍNEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 4.947.662, y de este domicilio, sobre el referido Marca: Chevrolet; Clase: Auto Sedan, Modelo: Caprice; Año: 1.980; color: Beige; Serial de Carrocería: 1N69HAV113161, Serial del Motor: HAV113161, Placa: 188-066.- Así se decide.
Diarícese, déjese copia en el archivo de este Juzgado, publíquese en la página Web y Devuélvase original con sus resultados a los solicitantes.-
EL JUEZ,
DR. MIGUEL ANGEL CORDERO.-
EL SECRETARIO
ABG. OSMAN R MONASTERIOS B.-
Nota: Constante en Cuarenta y Nueve (49) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
EL SECRETARIO,
ABG. OSMAN MONASTERIOS B.
Exp.. Nº 5.387-09.-
MAC/OM.-
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