REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 17 de Septiembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-002159
ASUNTO : RP01-P-2009-002159



Visto el pedimento del ciudadano Fiscal Superior, en al cual solicita el cese de la Medida de Protección, en virtud de que el motivo que la originó ya cesó; este Tribunal expresa: revisada como ha sido la causa y constatado que efectivamente consta solicitud del cese de la medida de Protección ya que cesaron los motivos que la motivaron, en consecuencia se declara procedente la solicitud fiscal y se ordena el cese de la Medida de Protección para los trabajadores de la Empresa Ideal C. A. JUAN CARLOS RAMIREZ MARIÑA, OSCAR SALOMÓN RAMÍREZ MARIÑA, ELIZABETH DEL CARMEN CASTILLO, HECTOR JOSÉ ARAGUACHE CORTESÍA, LIVIA CRISTINA NUÑEZ MERCHÁN y MARÍA LISETT LEZAMA CASTILLO; la cual les fue otorgada a fin de garantizarle su integridad física, consistente en RECORRIDOS POLICIALES PERMANENTES POR EL DOMICILIO DE LA EMPRESA, a cargo de Funcionarios Adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 42 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal.