REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 05 de Octubre del 2.009.
199° Y 150°
Exp. N° 16.392.
DEMANDANTE: SIMON ANTONIO ALCALA, Titular de
La Cedula de Identidad Nro: 5.184509.
ENDOSATARIO: FREDDY BOGADY, inscrita en el Inpreabogado
bajo el N° 19.751.
DEMANDADO: HILDEBRANDO NUÑEZ ACOSTA, Titular de
La Cédula de Identidad N° 1.503.938.
APODERADO (S): No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: INTIMACION AL PAGO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Visto el desistimiento suscrito por la Abogada en ejercicio FREDDY BOGADY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.951 en su carácter de endosataria del ciudadano: SIMON ANTONIO ALCALA, titular de la Cedula de Identidad N° 13.808.300, parte demandante, en el cual desiste del presente juicio, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Exp. 16.392. am Abg. Francis Vargas Campos.
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