República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Cumaná – Estado Sucre
Vista la demanda recibida en fecha ocho (8) de octubre de dos mil nueve (2009), intentada por la ciudadana DILIA MARGARITA COA, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, con cédula de identidad N° V-5.698.396, con domicilio procesal en la Urbanización La Llanada, sector III, calle 3, casa N° 49, en jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, quien manifiesta no saber firmar y lo hará a su ruego el ciudadano LUIS ANTONIO ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad N° V-8.425.537, asistida por el profesional del derecho JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ CALDERON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.456, y de este domicilio, en contra del ciudadano RAFAEL GREGORIO CEDEÑO MIERES, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-10.949.001, domiciliado en la Urbanización Brasil, sector III, casa N° 40, en jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, se admite en cuanto a lugar en derecho, fórmese expediente, désele entrada y anótese en el Libro respectivo, bajo el N° 09-5127.
Sin embargo, por cuanto para conocer y tramitar una demanda por acción mero declarativa, el Tribunal no es competente por la materia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer y sustanciar la presente demanda y declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien corresponda de acuerdo a la distribución. Se ordena remitir el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para su distribución. Líbrese oficio.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Años 197 de la Independencia y 148 de la Federación.
Cumaná, trece (13) de octubre de dos mil nueve (2009).
EL JUEZ PROVISORIO
ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY
LA SECRETARIA
MARÍA RODRÍGUEZ
AJLI/MR/gc.-
Exp. N° 09-5127.-
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